La Fiscalía pidió que Alberto Samid vuelva a la cárcel

Lo solicitó el fiscal Gabriel Pérez Barberá porque el empresario violó las salidas laborales cuando fue filmado e increpado mientras almorzaba en un restaurante de Ramos Mejía

Alberto Samid violó la prisión domiciliaria y fue a comer a un restaurante

El fiscal Gabriel Pérez Barberá pidió hoy que el empresario Alberto Samid vuelva a la cárcel al considerar que violó la prisión domiciliaria y las salidas laborales cuando la semana pasada fue filmado e increpado mientras almorzaba en un restaurante de la localidad bonaerense de Ramos Mejía.

“El condenado José Alberto Samid, a mi juicio, ha quebrantado injustificadamente su obligación de permanecer en su domicilio particular, dado que no cumplió las condiciones impuestas por el tribunal al concederle autorización para egresar de su domicilio por motivos de índole laboral”, sostuvo el fiscal en su dictamen al que accedió Infobae.

Samid tiene una condena a cuatro años de prisión por asociación ilícita que está bajo revisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Desde junio de 2019 está en prisión domiciliaria y en noviembre pasado fue autorizado por el Tribunal Oral en lo Penal Económico (TOPE) 1 para trabajar los lunes, miércoles y viernes de 9 a 13 horas en el Mercado Central.

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El 21 de junio pasado dos señoras filmaron e increparon a Samid mientras almorzaba en el restaurante “Paja Rota” de Ramos Mejía. “Vergüenza le tiene que dar”, le dijo una de las señoras que lo filmaba. “¿Dónde tiene la tobillera?”, le preguntó la misma persona. “Que se vaya”, “andate chorro”, le dijeron al empresario de la carne.

La Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal informó a la justicia que Samid había regresado a su casa a las 13:40 horas, fuera del horario de la autorización laboral. Ante esa dirección la defensa del empresario explicó que ese día “no pudo ejercer su actividad laboral debido a que los trabajadores del lugar habían realizado un paro” y que “por dicha razón dice haberse dirigido a una parrilla cercana a su domicilio a entregarle mercadería (carne), ya que había recibido un pedido del propietario de la misma, siendo esta una rutina de su desempeño laboral”.

En su dictamen, el fiscal Pérez Barberá señaló que el restaurante informó en sus redes sociales que no le había hecho ningún pedido a Samid. “Dicho anuncio es concordante, por lo demás, con lo que se observa en el video mencionado, en el que se ve a José Alberto Samid almorzando en términos claramente recreativos con otras personas, y no en actitud de espera laboral mientras entregaba mercadería”, agregó.

“Entiendo, por tanto, que corresponde revocar tanto el carácter domiciliario de la prisión de Samid cuanto la autorización que le fuera concedida para dichas salidas laborales. Todo ello en los términos del art. 34 de la ley 24.660 y, ciertamente, hasta tanto nuevos elementos de juicio aconsejen lo contrario, si es que se dan nuevamente y por un tiempo suficiente las condiciones que en su momento aconsejaron el otorgamiento de los beneficios en cuestión”, señaló la Fiscalía.

El fiscal Pérez Barberá (Adrian Escándar)

Para el fiscal su dictamen “ninguna manera puede resultarle sorpresivo” a Samid ya que cuando el tribunal oral le concedió la prisión domiciliaria le advirtió que “el quebrantamiento injustificado de la obligación de permanecer en el domicilio fijado para su residencia importará su inmediata revocación y posterior traslado a la unidad penitenciaria que por turno corresponda”.

“No es posible, a mi juicio, asumir un temperamento más benigno, pues es claro que el condenado Samid tiene serias dificultades para la asimilación de normas elementales de conducta que rigen para toda persona condenada o sujeta a proceso, como lo demuestra no sólo este episodio, sino también su recordada fuga del país mientras se sustanciaba el juicio en su contra”, concluyó.

La referencia fue a cuando estaba por concluir el juicio oral y el empresario viajó a Belice, lo que le valió una orden de captura nacional e internacional.

Por la situación de Samid también debe presentar su opinión la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que actúa como querellante en la causa, y luego los jueces del TOPE 1, Diego García Berro, Ignacio Fornari y Gustavo Losada, deberán resolver si ordenan que el empresario vuelva a la cárcel o si le mantienen la prisión domiciliaria.

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