Causa Vialidad: la Cámara de Casación rechazó el pedido de suspensión del juicio

El máximo tribunal penal no hizo lugar al pedido de la defensa de Lázaro Báez

Lázaro Báez (Gustavo Gavotti)

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el pedido de la defensa de Lázaro Báez para que se suspenda el juicio oral y público de la causa “Vialidad”.

Los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo no hicieron lugar a la queja por recurso de casación denegado interpuesto por los abogados del empresario patagónico contra la decisión del Tribunal Oral Federal Nro. 2 que rechazó la suspensión del juicio solicitado por Báez.

En el pedido los defensores del titular de Austral Construcciones alegaron que la separación de las investigaciones y de los juicios entre las causas Vialidad, Hotesur, Los Sauces y Ruta del Dinero K no pueden seguir tramitando por separado “al existir la posibilidad de sentencias contrapuestas y atentar contra la investigación integral de los hechos.”

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Los magistrados sostuvieron que el fallo cuestionado no cumple con el requisito previsto en el Código Procesal Penal de la Nación ya que no se trata de una sentencia definitiva ni de una resolución que ponga fin a la acción, a la pena o haga imposible continuar con las actuaciones.

Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky

Asimismo, señalaron los jueces que la defensa no alcanzó a demostrar qué agravio le genera la decisión dictada por el TOF 2 que pueda ser equiparado a una sentencia definitiva que habilite la intervención de la Cámara de Casación.

Para solicitarlo, la defensa de Báez se basó en un fallo dictado por la Sala III de la Cámara Federal de Casación que resolvió anular la sentencia condenatoria de Leonardo Fariña por el delito de evasión, dictada por el Tribunal Oral en lo Penal Económico Nro. 1, ordenando remitir las actuaciones al Tribunal Oral Federal Nro. 4 para que se acumulen a la causa de la Ruta del dinero K.

Asimismo, señalaron que la defensa de Lázaro Báez no demostró cual es la vinculación estrecha y la identidad de los objetos procesales de las distintas causas por los cuales se podría dar la misma circunstancia que la del fallo mencionado.

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