Nuevo proyecto en Perú busca eliminar la inimputabilidad de adolescentes desde los 14 años por delitos graves

La iniciativa legislativa presentada en octubre modifica tres códigos y establece una excepción al régimen juvenil para menores infractores de entre catorce y diecisiete años, en supuestos tipificados por la norma vigente

Solo seis adolescente fueron trasladados al juzgado de familia, mientras que cuatro de sus compañeros fueron liberados en la comisaría.
La propuesta legislativa fija un límite máximo de 20 años de prisión para menores juzgados por el Código Penal y prohíbe la cadena perpetua. (Poder Judicial)
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Un proyecto legislativo presentado por el diputado de Renovación Popular, Gustavo Segura Figueroa, propone que adolescentes de 14 a 17 años reciban responsabilidad penal ordinaria cuando cometan determinados delitos graves. La iniciativa plantea que estos casos sean juzgados bajo el Código Penal, con penas que podrían llegar hasta los 20 años de prisión.

La propuesta, fechada el 6 de octubre de 2026, modifica normas del Código Penal, del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes y del Código de Ejecución Penal. El texto busca incorporar a adolescentes de 14 y 15 años dentro del régimen que se aplicaría a los menores de edad involucrados en delitos de extrema gravedad.

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El documento sostiene que las organizaciones criminales reclutan a menores de edad para actividades como sicariato, extorsión y homicidio, debido a las sanciones diferenciadas previstas en el sistema penal juvenil.

Abuso sexual
El diputado Gustavo Alexander Segura Figueroa presentó un proyecto para aplicar la responsabilidad penal ordinaria a adolescentes de entre 14 y 17 años. (Andina)

Incluye delitos graves

La iniciativa propone modificar el numeral 2 del artículo 20 del Código Penal, que regula la exención de responsabilidad penal. Según el texto, dejarían de estar exentos de responsabilidad los adolescentes mayores de 14 y menores de 18 años que cometan delitos incluidos en un listado específico.

Entre las figuras penales señaladas aparecen homicidio calificado, sicariato, feminicidio, parricidio, lesiones graves, secuestro, violación sexual, robo agravado, extorsión, tráfico ilícito de drogas y terrorismo. También se incluye el delito de trata de personas cuando la víctima sea menor de edad y la diferencia de edad con el agente sea mayor de tres años.

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El proyecto también modifica el artículo 22 del Código Penal sobre responsabilidad restringida por edad. La propuesta establece que, en los casos contemplados en la excepción del artículo 20, el juez reducirá prudencialmente la pena. El texto precisa que no se podrá imponer cadena perpetua y que la pena privativa de libertad no podrá superar los 20 años.

La fórmula legislativa señala que los adolescentes alcanzados por la norma serían procesados y sancionados como adultos, aunque bajo un régimen de reducción de pena vinculado a su edad.

crimen organizado
El documento fundamenta el cambio normativo en el reclutamiento de menores por parte de organizaciones criminales. (Andina)

Régimen especial

El proyecto plantea cambios al Decreto Legislativo 1348, que aprueba el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes. El artículo 1 de esa norma establece un régimen especial para adolescentes de 14 y menores de 18 años que infrinjan la ley penal.

La modificación propuesta mantiene esa regulación general, pero añade una excepción para quienes cometan los delitos señalados en el numeral 2 del artículo 20 del Código Penal. En esos casos, el adolescente de entre 14 y 17 años quedaría sujeto a la responsabilidad penal ordinaria.

Además, la propuesta modifica el artículo 163 del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, referido a la duración de la internación. El texto vigente permite que la medida socioeducativa de internación tenga una duración no menor de cuatro ni mayor de seis años cuando el adolescente tenga entre 14 y menos de 18 años y se trate de delitos graves.

El proyecto excluye de esa regulación a los adolescentes comprendidos en la excepción del artículo 20 del Código Penal. De aprobarse, esos casos pasarían a ser regulados por las penas previstas en el Código Penal, con el límite de 20 años establecido en la propia iniciativa.

Fila de personas esposadas vistiendo chalecos negros con la palabra Detenido en la espalda junto a un agente policial
Varios hombres esposados y con chalecos con la palabra detenido permanecen alineados frente a una pared bajo la custodia de agentes de policía. (PNP)

Tratamiento penitenciario

La iniciativa también propone cambios al Código de Ejecución Penal para incluir a personas privadas de libertad de entre 14 y 21 años dentro de un régimen penitenciario diferenciado.

En la actualidad, las disposiciones revisadas en el proyecto contemplan a internos de 16 a 21 años. La propuesta modifica ese rango y lo extiende a adolescentes de 14 años. El texto plantea que estos internos sean separados de las personas mayores de 21 años, de acuerdo con los criterios de clasificación penitenciaria.

La propuesta incorpora un sistema de tratamiento penitenciario bajo individualización científica para los internos de 14 a 21 años. Según el documento, este régimen comprende acciones terapéutico-asistenciales destinadas a abordar factores históricos, socioeconómicos, culturales, biológicos y psicológicos que influyan en la personalidad o conducta del interno.

También se contemplan programas especializados, adaptados a las particularidades de la conducta de cada persona privada de libertad. La Administración Penitenciaria, a través del órgano técnico correspondiente, tendría a su cargo el tratamiento integral. El proyecto agrega que la participación del interno en el diseño, planificación y ejecución de ese tratamiento requerirá su consentimiento.

Gamarra, el emporio comercial más importante del país, viene siendo tomado por mafias y casos de extorsión, por lo que la fuerza policial se viene desplegando hacia este lugar.
El plan prevé un tratamiento penitenciario integral basado en la individualización científica para jóvenes privados de libertad. (Mininter)

Fallo contra la Ley 32330

El proyecto cita como antecedente la Ley 32330, aprobada en 2025, que incorporó la imputabilidad de adolescentes de 16 y 17 años para un catálogo limitado de delitos graves. De acuerdo con la exposición de motivos, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional esa norma mediante la Sentencia 2/2026, publicada el 16 de enero de 2026.

El texto menciona los expedientes acumulados 00008-2025-PI/TC, 00012-2025-PI/TC, 00014-2025-PI/TC y 00023-2025-PI/TC. La iniciativa sostiene que, tras esa decisión, los adolescentes de 14 y 15 años quedaron fuera de las medidas que buscaban responder a la participación de menores en hechos delictivos graves.

La exposición de motivos indica que en 2023 la participación de adolescentes en la criminalidad total representó apenas el 1,5%, aunque señala una mayor presencia de menores en delitos violentos. El documento también recoge cifras atribuidas al Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público.

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