El Gobierno peruano aprobó un régimen que permitirá que las municipalidades y otras entidades públicas inicien inversiones de emergencia antes de que estas sean registradas en la cartera del Programa Multianual de Inversiones (PMI) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
La medida busca reducir los plazos de respuesta en distritos declarados en Estado de Emergencia por lluvias intensas, desastres naturales u otros riesgos, como El Niño.
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El Decreto Supremo N° 199-2026-EF modifica el reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, que regula el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
La modificación se aplica a las intervenciones que se desarrollen en zonas alcanzadas por una declaratoria de emergencia conforme al artículo 137 de la Constitución.
La norma establece que las inversiones destinadas a esos ámbitos podrán atenderse mediante Inversiones de Optimización, Ampliación Marginal, Reposición y Rehabilitación (IOARR), cuando corresponda.
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A diferencia de los proyectos de inversión tradicionales, estas intervenciones permiten reparar, reponer, ampliar parcialmente u optimizar infraestructura y equipamiento público existente.
Las inversiones se registrarán durante la fase de ejecución
El principal cambio está en el momento del registro. Hasta ahora, una inversión debía incorporarse a la cartera del PMI antes de avanzar en su ejecución. Con el nuevo decreto, las IOARR vinculadas a una emergencia podrán registrarse durante la fase de Ejecución.
Esto permitirá que las entidades públicas actúen antes de que se complete ese trámite administrativo. La disposición no implica que las inversiones queden exoneradas de registro ni habilita la ejecución de cualquier tipo de obra sin requisitos previos.
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La medida está limitada a intervenciones desarrolladas en zonas bajo Estado de Emergencia y a las IOARR que correspondan según las características de cada caso.
Además, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones (DGPMI) del Ministerio de Economía y Finanzas deberá emitir las reglas para implementar el nuevo mecanismo.
¿Qué es una IOARR?
Las IOARR se utilizan para atender necesidades específicas en activos públicos. Una municipalidad, por ejemplo, podría emplear este instrumento para rehabilitar una vía dañada por lluvias, reponer maquinaria destinada a limpieza y descolmatación, recuperar un puente afectado o ampliar de manera puntual la capacidad de un sistema de drenaje.
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No se trata de una vía para construir grandes proyectos desde cero. Las IOARR se orientan a intervenciones sobre infraestructura, equipamiento o activos existentes, con el objetivo de asegurar la continuidad de los servicios públicos.
La norma responde a la alerta por El Niño 2026-2027
El decreto se sustenta en el escenario de riesgo por el fenómeno de El Niño y las precipitaciones previstas para los próximos meses. El texto menciona el Comunicado Oficial ENFEN N° 16-2026, emitido el 14 de setiembre, que mantuvo la alerta de El Niño Costero.
Según ese pronunciamiento, el evento podría mantenerse hasta mediados del otoño de 2027. El organismo estimó que el fenómeno tendría mayor probabilidad de alcanzar una magnitud extraordinaria entre setiembre de 2026 y enero de 2027.
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El decreto también toma en cuenta la declaración de Estado de Emergencia en 893 distritos del país, aprobada mediante el Decreto Supremo N° 124-2026-PCM. Esa medida se dictó por el peligro inminente asociado a lluvias intensas vinculadas al fenómeno de El Niño 2026-2027.
La flexibilización busca que las entidades puedan responder ante posibles daños en carreteras, puentes, sistemas de agua, centros de salud, colegios y otras instalaciones públicas. El objetivo es atender riesgos que puedan afectar a la población, la infraestructura y las actividades productivas.
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