Un grupo de personas logró ingresar a una parte del predio donde opera el Aeródromo Privado Lib Mandi Metropolitano, en San Bartolo, con apoyo de efectivos de la Policía Nacional, pese a que la propiedad se encuentra inscrita a nombre de la empresa DON PANCHO REAL STATE S.A.C. en la SUNARP bajo la Partida Registral N.º 21351886.
La intervención, ejecutada este viernes, ocurrió sin que exista una resolución judicial que autorice la entrega del terreno a quienes promovieron la acción, según afirmaron representantes de la compañía.
Toman el aeródromo Lib Mandi de San Bartolo
Las circunstancias del operativo han colocado en el centro del debate la aplicación de la figura de “defensa posesoria”. De acuerdo con información proporcionada por DON PANCHO REAL STATE S.A.C., las personas que impulsaron el ingreso no habían ejercido previamente la posesión material de la zona intervenida.
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Por el contrario, la compañía sostiene que ha mantenido durante unos 25 años una posesión pública, continua y material sobre el predio, donde se encuentran la pista de aterrizaje, hangares, sistemas de vigilancia e infraestructura aeronáutica autorizada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
Para los representantes de la empresa, el operativo resulta particularmente grave porque, bajo el pretexto de proteger una supuesta situación posesoria, se permitió el acceso de terceros que no tenían antecedentes de ocupación y se desplazó a quien venía ejerciendo la posesión de manera efectiva. Todo esto se produjo en un inmueble con derecho inscrito y en ausencia de una orden judicial que dispusiera la entrega del predio.
Antecedentes judiciales y controversia legal
Uno de los antecedentes invocados por los terceros se vincula al Expediente N.° 00911-2018-PA/TC, gestionado por Imán de los Ángeles Isabel Olguín Lira respecto a terrenos de la antigua lotización rústica de la Pampa de San Bartolo.
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Sin embargo, la documentación presentada por la empresa indica que el Tribunal Constitucional no otorgó la propiedad ni la posesión de esos terrenos a Olguín Lira ni ordenó su entrega material. El tribunal dispuso que el proceso continuara para que la controversia fuera analizada a fondo.
A raíz de este antecedente, la empresa considera que no existía fundamento legal para ejecutar, mediante una intervención policial, una recuperación posesoria o entrega de facto del terreno. “No existe sentencia que ordene entregar los terrenos”, reiteraron voceros de DON PANCHO REAL STATE S.A.C..
Notificación previa y actuación de las autoridades
Antes de la intervención, DON PANCHO REAL STATE S.A.C. informó que había presentado escritos ante la Comisaría PNP de San Bartolo, dependencias superiores de la Policía Nacional, el Ministerio del Interior, la Defensoría del Pueblo y el alto mando policial, detallando su posesión histórica, el funcionamiento del aeródromo, los antecedentes judiciales y la existencia de su derecho de propiedad inscrito.
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A pesar de estas notificaciones, el operativo se realizó y los terceros accedieron a una parte del predio con apoyo policial. Según la empresa, estas personas nunca habían ejercido la posesión material de la zona y era DON PANCHO REAL STATE S.A.C. quien mantenía la ocupación efectiva.
Frente a esta situación, la compañía solicitó que se establezca con urgencia quién autorizó la intervención policial, cuál fue el fundamento jurídico, qué resolución o sentencia fue invocada, qué autoridad dispuso la movilización de recursos policiales y bajo qué criterio se permitió el ingreso de terceros a una propiedad registrada.
Solicitan esclarecer posibles presiones externas y garantías jurídicas
La empresa también pidió que se investigue si existió algún tipo de gestión o presión externa que haya incidido en la decisión de ejecutar el operativo. Consideran necesario que las autoridades competentes determinen si hubo injerencias y acrediten el marco en que se adoptó la medida.
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Los representantes de DON PANCHO REAL STATE S.A.C. subrayaron que la situación trasciende una simple controversia entre privados. Permitir que, mediante una actuación policial, se produzca el ingreso de terceros a un inmueble con propiedad inscrita y sin una orden judicial expresa plantea interrogantes sobre el respeto al debido proceso, la actuación de la autoridad y las garantías que el Estado debe brindar a la propiedad privada y a la inversión.
La empresa anunció que solicitará a las autoridades la investigación integral de las circunstancias del operativo y la determinación de las responsabilidades correspondientes, así como la adopción de medidas que permitan restablecer la legalidad. También demandaron que se evite que una controversia de esta naturaleza se dirima por la vía de los hechos consumados y con el uso de la fuerza pública.
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