A partir de este 2 de agosto, la Policía Nacional del Perú (PNP) aplicará multas de S/ 550 a los conductores de motocicletas eléctricas que circulen por ciclovías.
La sanción, codificada como G32 en el Reglamento Nacional de Tránsito (RNT), responde a la normativa que reserva estas vías exclusivas para bicicletas y vehículos de movilidad personal autorizados. El objetivo, según la autoridad, es reforzar el uso seguro de las ciclovías y reducir el riesgo para usuarios no motorizados.
La aplicación de las multas llega tras un periodo de orientación de 45 días a cargo de la Dirección de Tránsito de la PNP en Lima norte, centro y sur. Durante este tiempo, se informó a los conductores sobre la nueva disposición legal.
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“La primera sanción que les corresponde es el circular por la ciclovía. La infracción es la G32 y equivale al 10% de la UIT, cuyo valor es S/ 550”, explicó Elliot Tarazona, presidente de la Asociación Automotriz del Perú.
Las motocicletas eléctricas, clasificadas como categoría L, deben circular por la pista igual que las motos convencionales y cumplir todos los requisitos legales para unidades motorizadas.
Entre ellos se incluye portar placa de rodaje, SOAT vigente, tarjeta de identificación vehicular y licencia de conducir categoría B-IIa si la velocidad de fabricación supera los 25 km/h.
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Costo de infringir la norma puede superar los S/ 2.500
La multa de S/ 550 por invadir una ciclovía puede ser solo el comienzo de los problemas legales para los conductores de motos eléctricas. Si el conductor no cumple con otras obligaciones, como portar licencia o tener el SOAT vigente, las sanciones pueden acumularse. “El monto más alto es conducir un vehículo sin licencia de conducir, que equivale al 50% de la UIT, es decir, S/ 2,750”, detalló Tarazona.
Otras infracciones, como circular sin placa de rodaje o sin seguro obligatorio, generan multas equivalentes al 12% de la UIT (S/ 660) cada una. Además, el Reglamento Nacional de Tránsito autoriza a las autoridades a disponer el internamiento del vehículo cuando se detecte la falta de documentos obligatorios.
“Las sanciones no solo comprenden multas económicas, sino también el internamiento del vehículo en un depósito cuando corresponda”, señaló el presidente del gremio automotor.
El representante de la Asociación Automotriz del Perú reconoció que muchos propietarios no regularizaron su situación porque recibieron información errónea al momento de adquirir sus vehículos.
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“Se les decía que eran vehículos de movilidad personal y que no requerían ninguno de esos documentos para circular. Ahí se originó todo este problema”, expresó.
Ante este contexto, la Asociación propuso al Ministerio de Transportes y Comunicaciones implementar un proceso extraordinario que facilite la regularización de los propietarios, permitiendo tramitar matrícula, placa, SOAT y la licencia correspondiente.
Las ciclovías están destinadas únicamente a bicicletas y vehículos de movilidad personal, como patinetas y vehículos autoequilibrados que no superen los 25 km/h y estén diseñados para una sola persona. Una licencia para conducir automóviles no habilita a manejar motocicletas eléctricas, advirtió el gremio.
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