Serums cambia proceso: Minsa elimina bonificaciones para personas con discapacidad y licenciados militares

El Ministerio de Salud aprobó una actualización normativa que redefine las condiciones de acceso y asignación en el Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud

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La reciente resolución ministerial introduce requisitos y criterios actualizados para los profesionales que participen en el proceso del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud, aplicándose desde el próximo proceso| Foto: ANDINA/ Verónica Calderón (Composición Infobae)

El Ministerio de Salud aprobó modificaciones al reglamento del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud (Serums), que impactan en los procesos de inscripción y adjudicación de plazas para profesionales de la salud. La Resolución Ministerial N° 617-2026/MINSA, publicada hoy 14 de julio, introduce ajustes específicos en los artículos 25 y 26 del reglamento, alineando el proceso con directrices legales y técnicas recientes.

El Ministerio de Salud actualiza el proceso de inscripción y adjudicación para el Serums| El Peruano

Ajustes en la inscripción de postulantes

La nueva normativa establece que los postulantes al Serums deben cumplir requisitos documentales claros al momento de inscribirse.

Según el texto oficial, los aspirantes deben presentar los siguientes documentos:

  • Título profesional registrado en la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu)
  • Colegiatura emitida por el colegio profesional correspondiente.
  • Constancia de haber rendido la Evaluación para el Serums
  • Copia del promedio ponderado promocional otorgado por la universidad de origen. Este promedio debe reflejar todas las calificaciones obtenidas durante la carrera, incluyendo la nota del internado, si corresponde.

Para quienes obtuvieron su título en el extranjero, la norma exige la presentación de un documento con la apostilla de la Haya que acredite el promedio promocional.

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El reglamento advierte que la omisión de alguno de estos requisitos implicará la exclusión del proceso, ya que el postulante será declarado “No apto”. Las situaciones no contempladas en el artículo deberán resolverse según el instructivo específico de cada convocatoria.

De acuerdo con el documento, señala que estos cambios responden “a la necesidad de uniformizar criterios y asegurar un proceso transparente”.

Modificaciones en la adjudicación de plazas

La adjudicación de plazas del Serums se mantiene en dos convocatorias anuales, aunque la autoridad sanitaria podrá aprobar procesos adicionales en caso de necesidad justificada. El mecanismo de adjudicación se basa en el orden de mérito, determinado por una fórmula que otorga 70% del puntaje a la nota de la Evaluación para el Serums y 30% al promedio ponderado promocional.

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El reglamento determina que, en caso de empate, se aplicarán los criterios establecidos en el instructivo correspondiente. Para acceder a plazas ofertadas por las Sanidades de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional del Perú, se requiere que el postulante sea peruano de nacimiento o cuente con nacionalidad peruana.

Entre los instrumentos que rigen la adjudicación figuran la oferta oficial de plazas, el instructivo del proceso, el cronograma, la lista de profesionales aptos, los equipos de conducción y los soportes tecnológicos implementados para la gestión.

La Dirección General de Personal de la Salud justificó estos cambios en informes técnicos que recogieron, entre otros puntos, la opinión de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir). De esta manera, este organismo sostuvo que las bonificaciones normadas para personas con discapacidad y licenciados de las fuerzas armadas no aplican al Serums, al no tratarse de un concurso público para acceder a un puesto estatal, sino de un programa de servicio a la comunidad.

Las disposiciones ya están vigentes y regirán en los próximos procesos de selección, modificando el marco de acceso y adjudicación para los profesionales de la salud que deban cumplir con el Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud.

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