El Gobierno peruano oficializó la prórroga del estado de emergencia en los distritos fronterizos de Palca, Tacna, La Yarada - Los Palos y Tarata, ubicados en el departamento de Tacna, reforzando las restricciones y medidas de seguridad en la frontera con Chile. La decisión fue publicada mediante el Decreto Supremo Nº 086-2026-PCM, este 4 de junio, en el diario oficial El Peruano.
La prórroga se aplica por un lapso de sesenta días calendario, a partir del martes 9 de junio de 2026. De acuerdo con el decreto, la extensión del estado de emergencia responde a la necesidad de enfrentar situaciones de criminalidad y violencia que afectan la zona limítrofe con Chile.
El documento señala que la Policía Nacional del Perú (PNP) mantendrá el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas (FF. AA.), en los distritos fronterizos mencionados.
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Según lo dispuesto en la norma, la PNP determinará las zonas de intervención a partir de información basada en inteligencia, indicadores, estadísticas y mapas del delito, entre otros instrumentos.
Esta intervención, precisa el decreto, busca garantizar la preservación y restablecimiento del orden interno, así como la protección de los derechos constitucionales de la población frente a delitos graves como el hurto, robo, delitos contra la vida, el cuerpo y la salud, contrabando y otras situaciones de violencia.
Suspensión de derechos
Durante el plazo de la prórroga, en las circunscripciones incluidas en la medida, el Ejecutivo peruano restringe o suspende varios derechos constitucionales. Entre ellos se encuentran la inviolabilidad del domicilio, la libertad de tránsito, la libertad de reunión y la libertad y seguridad personales, todos contemplados en el artículo 2 de la Constitución Política del Perú.
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El decreto también regula las actividades públicas. Para la realización de actividades religiosas, culturales, deportivas y no deportivas de carácter masivo y público, será obligatorio solicitar permiso ante las autoridades competentes, quienes evaluarán cada caso según el Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones. Las actividades que no sean de carácter masivo pueden desarrollarse sin autorización previa.
Actuación conjunta
La intervención de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas se regirá por los marcos legales que regulan el uso de la fuerza en el país. El Decreto Legislativo Nº 1186 establece los niveles y límites para la acción policial, mientras que el Decreto Legislativo Nº 1095 define las reglas para el uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en situaciones de emergencia.
Según el decreto, los militares ejecutarán acciones en apoyo a la Policía Nacional, con la posibilidad de hacer uso de la fuerza frente a situaciones de violencia, en conformidad con la normativa vigente.
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El decreto también incorpora la aplicación del “Protocolo de actuación conjunta del Estado para la articulación de servicios en contextos de detención, retención e intervención policial a mujeres y personas en condición de vulnerabilidad”, aprobado en 2023, y las disposiciones del Decreto Legislativo de Migraciones, que regula el ingreso, salida y permanencia de personas en el territorio nacional, reforzando la seguridad en zonas limítrofes.
La norma establece que, una vez concluido el plazo de la prórroga, el Comando de Coordinación Operativa Unificada (CCO) deberá presentar un informe al titular del Ministerio del Interior sobre los resultados obtenidos durante la vigencia del estado de emergencia. Este informe final será elevado a la Presidencia de la República, al Congreso y al Poder Judicial, junto con las recomendaciones correspondientes.
Financiamiento y refrendo
El financiamiento de las acciones previstas en el decreto se realizará con el presupuesto institucional de los pliegos involucrados y recursos adicionales autorizados por el Ministerio de Economía y Finanzas, sujeto a la disponibilidad presupuestaria existente.
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El decreto cuenta con el refrendo del Presidente del Consejo de Ministros y los titulares de las carteras de Relaciones Exteriores, Defensa, Interior, Economía y Finanzas, Justicia y Derechos Humanos, Transportes y Comunicaciones, y Desarrollo Agrario y Riego.
Durante la prórroga, permanecen vigentes las demás disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 051-2026-PCM, que declaró el estado de emergencia inicial en los mismos distritos fronterizos de Tacna.