Universidad Inca Garcilaso vuelve al proceso de licenciamiento, pero deberá cumplir requisitos de SUNEDU

El Consejo Directivo aprobó reactivar el procedimiento de licenciamiento de la Universidad Inca Garcilaso con respaldo mayoritario, aunque dos integrantes optaron por abstenerse

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SUNEDU levantó la suspensión del procedimiento de licenciamiento institucional de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega. (Composición: Infobae)

La decisión de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) abrió una nueva etapa para la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, institución que permaneció fuera del sistema universitario licenciado desde 2019. El levantamiento de la suspensión del procedimiento administrativo coloca nuevamente a la casa de estudios frente a una evaluación clave para definir su situación académica e institucional.

La medida apareció formalizada en la Resolución del Consejo Directivo N.° 0017-2026-SUNEDU-CD, emitida el 30 de abril de 2026. El trámite permanecía detenido desde febrero de 2025 debido a controversias judiciales relacionadas con la representación legal de la universidad y la situación del exrector Luis Claudio Cervantes Liñán.

El Consejo Directivo de SUNEDU consideró superados los factores legales que impedían continuar con la evaluación del expediente iniciado por la universidad en noviembre de 2023. La reactivación del proceso, sin embargo, no representa el retorno automático del licenciamiento institucional.

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SUNEDU reactiva expediente paralizado desde 2025

Resolución de Sunedu

La Universidad Inca Garcilaso de la Vega perdió la licencia institucional en 2019 dentro del proceso nacional de supervisión universitaria. Cuatro años después, el 2 de noviembre de 2023, la institución presentó una nueva solicitud de licenciamiento ante SUNEDU con el propósito de regresar al sistema universitario autorizado.

El procedimiento quedó suspendido en febrero de 2025 debido a litigios vinculados con la representación institucional. Según la resolución, uno de los procesos correspondía a una demanda de amparo presentada por Luis Claudio Cervantes Liñán contra la universidad y SUNEDU. El segundo expediente involucraba una demanda contencioso-administrativa contra la universidad e Indecopi.

Dentro de ese segundo caso, el Poder Judicial otorgó una medida cautelar que permitía a Cervantes asumir provisionalmente la representación legal de la universidad. Esa situación generó incertidumbre sobre la administración institucional y frenó la evaluación del expediente de licenciamiento.

La resolución publicada por SUNEDU indica: “LEVANTAR LA SUSPENSIÓN del procedimiento de licenciamiento institucional de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega Asociación Civil”. El documento también dispone la notificación formal a la universidad y ordena la publicación de la medida en el portal institucional de la entidad supervisora.

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Si el proyecto de ley se aprueba, varias universidades privadas, entre las que se encuentra la Inca Garcilaso de la Vega, tendrían otra oportunidad. Foto: Andina

El avance del procedimiento administrativo quedó condicionado a las resoluciones emitidas por distintas instancias judiciales. La controversia principal giró alrededor de la situación de Luis Claudio Cervantes Liñán y su capacidad para ejercer funciones como rector de la universidad.

El Tribunal Constitucional emitió la Sentencia 207/2025 el 1 de diciembre de 2025. Según la resolución recogida por SUNEDU, el máximo intérprete de la Constitución declaró improcedente la demanda de amparo interpuesta por Cervantes Liñán.

El fallo sostuvo que existía “sustracción de la materia” porque ya no resultaba posible retrotraer la situación anterior. El Tribunal Constitucional determinó que Cervantes dejó de cumplir las condiciones necesarias para ocupar el cargo de rector luego del vencimiento de su mandato y la pérdida de la condición de asociado dentro del proceso concursal de la universidad.

La resolución de SUNEDU precisa además que el mandato del exrector concluyó el 15 de octubre de 2024. El documento agrega que “ningún proceso judicial pendiente tiene la capacidad de retrotraer su nombramiento o alterar la situación jurídica de la representación institucional”.

En paralelo, la medida cautelar que favorecía a Cervantes quedó sin efecto el 19 de noviembre de 2024, luego de una decisión de la Quinta Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo con Subespecialidad en Temas de Mercado de la Corte Superior de Justicia de Lima. Posteriormente, el recurso de casación presentado por el exrector fue declarado improcedente y una solicitud de nulidad recibió rechazo en abril de 2025.

Indecopi confirmó administración vigente de la universidad

Otro elemento considerado por SUNEDU para levantar la suspensión correspondió a la definición de la representación legal vigente de la institución universitaria.

La administradora concursal de la universidad presentó en diciembre de 2025 una solicitud formal para reactivar el trámite de licenciamiento. En ese documento expuso las decisiones judiciales emitidas durante el proceso y sostuvo que la incertidumbre legal quedó despejada.

SUNEDU solicitó además información actualizada a su Procuraduría Pública respecto de los expedientes judiciales relacionados con el caso. Después de revisar los procesos y las resoluciones emitidas, la entidad concluyó que ya no existía una cuestión judicial pendiente capaz de impedir la continuidad del procedimiento administrativo.

Indecopi confirmó en enero de 2026 que Yuly Yanny Herra Llamocca figura como administradora legal vigente de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega. Esa definición resultó determinante para la reanudación del expediente.

La resolución del Consejo Directivo sostiene que “ha dejado de existir una ‘cuestión contenciosa’ en sede judicial cuya resolución previa sea indispensable para la continuación del procedimiento administrativo de la Universidad”.

Universidad todavía deberá cumplir condiciones de calidad

A través de una revisión exhaustiva, Sunedu ha marcado un antes y un después en la educación universitaria del país, impactando en la trayectoria de instituciones como la UIGV. Composición: Infobae Perú

La decisión de SUNEDU no representa la aprobación automática del licenciamiento institucional. La universidad aún necesita acreditar el cumplimiento de las ocho Condiciones Básicas de Calidad exigidas por el sistema universitario peruano.

Entre los requisitos establecidos figuran la existencia de objetivos académicos definidos, planes de estudio consistentes, infraestructura adecuada, líneas activas de investigación y personal docente calificado.

La evaluación también incluye servicios complementarios para estudiantes, mecanismos de inserción laboral para egresados, transparencia institucional y sostenibilidad financiera.

La resolución detalla que la medida recibió el respaldo de los doctores Paredes Díaz, Pereyra López, Velázquez Fernández, Cárdenas Díaz y Reyes Pareja durante la Sesión N.° 013-2026 del Consejo Directivo de SUNEDU. El superintendente Espinoza Santillán y el doctor Asencios Trujillo optaron por abstenerse.

El documento precisa que Espinoza Santillán firmó la resolución únicamente en calidad de presidente protocolar del Consejo Directivo y no como votante dentro de la decisión administrativa.

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