
El debate en torno al Terminal Portuario de Chancay escaló a un nuevo nivel luego de que la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) emitiera un comunicado oficial pronunciándose sobre el proceso judicial iniciado por el consorcio privado Cosco Shipping Ports Chancay Perú S.A. (CSPCP).
La controversia surge tras una resolución de la Corte Superior de Justicia de Lima, que responde a una acción de amparo interpuesta contra el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN).
El pronunciamiento del Ejecutivo, difundido a través de la cuenta oficial de la PCM en X, inicia señalando: “Siendo de conocimiento público el proceso judicial iniciado por el consorcio privado Cosco Shipping Ports Chancay Perú S.A., la Presidencia del Consejo de Ministros informa lo siguiente:”. A partir de esa introducción, el Gobierno desarrolla una posición institucional que combina la defensa de la inversión privada con la reafirmación del marco regulatorio peruano.

La empresa administradora del puerto también había emitido su propio pronunciamiento. A través de su abogado, Ramiro Portocarrero, sostuvo que la resolución judicial reconoce expresamente la naturaleza privada del proyecto. Según explicó, el Puerto de Chancay es una infraestructura financiada íntegramente con capital propio, sin contrato de concesión estatal, y que opera bajo una habilitación administrativa otorgada por la Autoridad Portuaria Nacional (APN).
De acuerdo con la interpretación de la compañía, el fallo establece que las competencias de OSITRAN para ejercer labores regulatorias sobre esta infraestructura serían limitadas. La sentencia, según la posición empresarial, señala que el hecho de que el puerto brinde servicios de uso público no modifica su esencia privada ni habilita automáticamente la aplicación de un régimen regulatorio integral. El juzgado habría determinado que la intervención del Estado en este tipo de infraestructuras debe ser excepcional, expresa y limitada conforme a la normativa vigente.
Frente a este escenario, la PCM recordó los principios constitucionales que rigen la economía peruana. El comunicado enfatiza: “En el Perú, la iniciativa libre se ejerce en una economía social de mercado que promueve y vigila la libre competencia, protege la propiedad privada, y establece que la inversión nacional y extranjera están sujetas a las mismas condiciones, tal como lo establece el artículo 63° de la Constitución Política del Perú.”

La referencia no es menor. Con ella, el Ejecutivo busca dejar claro que el país garantiza igualdad de trato para capitales nacionales y extranjeros, pero dentro de un marco normativo que también contempla mecanismos de supervisión y fiscalización.
El documento añade además que “La promoción de la inversión extranjera, sin distinción de su procedencia, es una Política de Estado diseñada para impulsar el desarrollo económico nacional, mejorar nuestra infraestructura crítica, promover la competitividad de nuestro país, y luchar contra la pobreza.” Con esta declaración, el Gobierno reafirma su respaldo a proyectos de gran envergadura como Chancay, considerado estratégico para la integración comercial del Perú con Asia y otros mercados.
Sin embargo, la PCM también fue enfática en subrayar que la promoción de la inversión no excluye el cumplimiento del ordenamiento jurídico nacional. En ese sentido, el comunicado precisa:
“El Terminal Portuario de Chancay, de propiedad del consorcio privado Cosco Shipping Ports Chancay Perú S.A., debe cumplir con lo establecido por el ordenamiento normativo peruano, incluyendo aquella regulación en materia de seguridad portuaria a cargo de una serie de entidades públicas como la Autoridad Portuaria Nacional (APN), la Dirección General de Capitanías y Guardacostas (DICAPI) de la Marina de Guerra del Perú, la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT), la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú (PNP-DIRANDRO), el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) y la Municipalidad Distrital de Chancay, en el ámbito de sus competencias.”

Además, recalca que “Dichas entidades cuentan con presencia en el terminal portuario y ejercen de manera efectiva las funciones de control y fiscalización que la ley les asigna.” Esta afirmación apunta a reforzar la idea de que existe supervisión activa en materia de seguridad, aduanas, control ambiental y prevención del delito.
El punto más delicado del comunicado aparece cuando la PCM advierte sobre los alcances de la resolución judicial. Según el documento, “El Poder Judicial habría ordenado al Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN) a abstenerse de ejercer sus funciones regulatorias, supervisoras, fiscalizadoras y sancionadoras respecto del Terminal Portuario Multipropósito de Chancay, declarando, además, inaplicables las operaciones del referido terminal y diversas normas legales que sustentan las competencias de OSITRAN.”
Ante esa posibilidad, el Ejecutivo dejó abierta la puerta a nuevas acciones legales. El comunicado concluye señalando que “De configurarse tales supuestos, la Presidencia del Consejo de Ministros, en cumplimiento de la normativa legal vigente, hará uso de los recursos procesales que la ley le faculta”, concluye el comunicado.

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