La convocatoria para integrar las mesas de votación en las Elecciones Generales 2026 establece condiciones estrictas para asegurar la transparencia y legitimidad del proceso electoral en el Perú. En ese marco, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) llevó a cabo el sorteo el jueves 29 de enero, designando a más de 834 mil ciudadanos como miembros de mesa y suplentes.
La legislación electoral, a través del artículo 57 de la Ley Orgánica de Elecciones, define limitaciones precisas para quienes pueden ejercer esta función. El objetivo es fortalecer el control democrático y evitar conflictos de interés o interferencias en el proceso. Por ello, la normativa excluye expresamente a ciertos grupos y establece un protocolo para comunicar estas restricciones a la ONPE.
¿Quiénes NO pueden ser miembros de mesa?
La ley prohíbe ser miembro de mesa a las siguientes personas:
- Candidatos y personeros de partidos políticos.
- Funcionarios o empleados de la ONPE, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
- Miembros del Ministerio Público que intervengan en la prevención o investigación de delitos electorales durante la jornada.
- Trabajadores de la Defensoría del Pueblo que participen en tareas de supervisión electoral.
- Integrantes de autoridades políticas y representantes electos mediante voto popular.
- Miembros de comités directivos de partidos inscritos en el JNE.
- Cónyuges o familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad entre sí en una misma mesa.
- Personas con parentesco hasta segundo grado con candidatos en el ámbito de la elección.
- Ciudadanos ausentes temporalmente del país, según el registro del Reniec.
- Efectivos activos de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú y el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios asignados a operaciones electorales.
¿Quiénes fueron elegidos miembros de mesa?
Para consultar la designación, los ciudadanos deben ingresar al enlace oficial de la ONPE:ConsultaElectoral. La plataforma permite verificar la información personal y conocer los pasos a seguir en caso de ser elegido miembro de mesa, incluyendo las obligaciones y medidas a cumplir el día de las elecciones, garantizando así la transparencia y la correcta organización del proceso electoral.
La participación como miembro de mesa es obligatoria para quienes resulten sorteados, quienes recibirán una compensación de S/ 165, equivalente al 3% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT). Todos los seleccionados deberán asistir a una instrucción obligatoria de entre 90 minutos y dos horas, en la que se explicarán los procedimientos para la instalación, el escrutinio y el llenado de actas en la jornada electoral, conforme a la información oficial de la ONPE.
Procedimiento y exclusiones
La normativa exige a los organismos estatales informar a la ONPE sobre las personas incluidas en estos impedimentos, con el fin de evitar su participación en el sorteo para la conformación de mesas. El texto legal dispone: “Los organismos del Estado que tienen competencia sobre los ciudadanos mencionados quedan obligados a entregar la relación de aquellos a la Oficina Nacional de Procesos Electorales”.
Cada local de votación en 2026 contará con tres miembros titulares y seis suplentes. Todos deberán asistir a la capacitación respectiva para instalar la mesa, realizar el conteo de votos y completar las actas, funciones consideradas por la ONPE como esenciales para la agilidad y legitimidad del proceso.