Ahora el personal policial y militar, aportantes a los fondos de vivienda militar y policial, también serán beneficiarios del bono del buen pagador (BBP). La nueva norma legal fue publicada este 31 de mayo y modifica la ley 29033, ley de creación del bono del buen pagador (BBP), a fin de incluir a estos como beneficiarios.
De esta manera, se modifican los artículos 3; 4, literal a); y 5 de la Ley 29033, Ley de Creación del Bono del Buen Pagador, precisando que “serán beneficiarios exclusivos” del BBP aquellos que hayan cumplido con el pago puntual de sus obligaciones frente a las empresas del sistema financiero nacional, los fondos de Vivienda Militar y Policial y las cooperativas de ahorro y crédito que solo operan con sus socios y que no están autorizadas a captar recursos del público u operar con terceros, como consecuencia del crédito Mivivienda.
Así, para este nuevo grupo con familias peruanas, también se incluyen el requisito usual para el BBP, el que es con la calificación por ingreso familiar como sujeto de crédito emitido por (en este caso) los fondos de Vivienda Militar y Policial.
Montos del BBP
Como se sabe, el Bono del Buen Pagador o BBP es una ayuda del Estado que se otorga a las personas que adquieren un crédito hipotecario a través del programa Nuevo Crédito Mivivienda. Así, con el bono se puede financiar la compra de una vivienda (terminada, en construcción o en proyecto) y acceder a un subsidio que reduce las cuotas mensuales que deben pagar los que solicitaron el crédito.
Así, los rangos del valor del Bono de Buen Pagador, al que ahora también podrán acceder policías y militares con sus créditos, depende del monto de la vivienda.
Para viviendas desde S/68 mil 800 hasta S/98 mil 100 se puede recibir S/27 mil 400 de bono, comúnmente. Pero que puede subir en caso sea vivienda sostenible, el bono integrador inicial, o el bono integrador sostenible, este último de S/37 mil 300 (que es el valor más alto al que se puede acceder, según el precio original). Mientras sube el precio de la vivienda, disminuyen los montos del BBP al que se puede acceder.
- Una vivienda sostenible es una “vivienda tradicional financiada con programas y/o productos financiera administrador por el FM y que ha tomado en cuenta su concepción y ejecución, entre otros, criterios de eficiencia hídrica y energética, de diseño bioclimático, manejo de residuos, utilización de eco materiales y que contribuya a la sostenibilida urbana en su entorno.”
- Una vivienda tradicional es una vivienda unifamiliar o vivienda que forma parte de una Edificación multifamiliar o conjunto residencial o quinta, financiada con programa y/o productos financieros administrados por el FMV, capas de satisfacer necesidades básica de las que habitan. En caso la vivienda cuente con estacionamiento y/o depósito independizados, el valor de la vivienda es la suma de los valores de la vivienda y las respectivas unidades inmobiliarias
Así, el Fondo Mivivienda administrará y otorgará el BBP por medio de las empresas del sistema financiero, de los fondos de Vivienda Militar y Policial o de las cooperativas de ahorro y crédito.
Plazo para vigencia
Pero falta aún un paso. En la norma se dispone que el Poder Ejecutivo, a través de los ministerios de Defensa y del Interior, en un plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley, adecúe el Reglamento de la Ley 29033, Ley de Creación del Bono del Buen Pagador, aprobado por el Decreto Supremo 003-2015-Vivenda
Asimismo, se dispone que el Poder Ejecutivo adecúe la normativa que corresponda a las modificaciones dispuestas en la presente ley, en un plazo de 30 días hábiles, contados a partir de su entrada en vigor.