El Poder Judicial declaró fundada en primera instancia la demanda de extinción de dominio por más de 1,6 millones de soles de las cuentas del prófugo líder de Perú Libre, Vladimir Cerrón. Por ello, se dispuso la incautación y transferencia del dinero a poder del Estado.
Se trata de dos montos: una cuenta de ahorro del BBVA con 376.969,13 soles y un cheque de gerencia por 1.236.543,30 soles.
La decisión fue adoptada por el Juzgado Especializado en Extinción de Dominio de Lima que acogió la demanda de la Fiscalía respecto a que no hay elementos que permitan concluir que dicho dinero fue obtenido de manera lícita.
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Como parte de su argumentación, el Ministerio Público sacó a colación las decenas de carpetas fiscales por delitos de corrupción en las que está incluido Vladimir Cerrón, como el caso Los Dinámicos del Centro, caso La Oroya, caso Antalsis, entre otros.
Tras conocerse la noticia y desde la clandestinidad, el líder de Perú Libre se pronunció: “En acto arbitrario el PJ embarga mis cuentas procedentes de remuneraciones de Minsa, EsSalud, UNCP, Gobierno Regional y actividad privada. Estos abusos hacen que no exista seguridad jurídica en el país. Apelaremos la medida. Como antecedente han invocado las sentencias que recientemente fueron revocadas y anuladas por la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional”.
Dinero regresaría a Cerrón
Sin embargo, este proceso de extinción de dominio contra los bienes de Cerrón se revertiría si entran en vigencia las modificaciones aprobadas por el Congreso al Decreto Legislativo 1373.
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Como se recuerda, la principal modificación que aprobó el Parlamento a la ley de extinción es que se exiga una sentencia penal firme previa para que proceda la demanda, salvo algunos delitos (de los cuales ninguno es por los que Cerrón es investigado).
Sin ese requisito, la demanda no será admitida y, en casos en trámite, el proceso archivará o –en el mejor de los escenarios– se suspenderá hasta que exista la sentencia penal firme.
En Perú, para que un caso llegue a una sentencia penal firme pueden pasar años. Esto debido a que un caso puede pasar por el control de acusación, un juicio oral en primera instancia, la apelación ante una Sala Superior y, extraordinariamente, una casación ante la Corte Suprema.
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Actualmente, contra Vladimir Cerrón no hay una condena firme. La Corte Suprema lo absolvió en el caso Aeródromo Wanka y el Tribunal Constitucional anuló la sentencia del caso La Oroya. Es decir, sobre el líder de Perú Libre solo hay investigaciones en trámite.
Si entra en vigencia la modificación a la ley de extinción de dominio, incluso la demanda de la Fiscalía sobre los bienes se archivaría, según advirtió el Ministerio Público.
Cambios en manos de Dina
El 10 de abril de este año, el Congreso aprobó en segunda votación las modificaciones a la ley de extinción de dominio, pese a las advertencias del Subsistema Especializado, el Ministerio de Justicia y la Fiscalía. La autógrafa de la norma fue remitida a Presidencia de la República el 29 de abril.
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El plazo que tiene la presidenta Dina Boluarte para observar la autógrafa vence el 22 de mayo. Si para dicha fecha no la observado o promulgado, el Congreso tendrá carta libre para promulgarla directamente.
En el escenario de que la norma sí sea objetada, el Congreso de todos modos podría promulgarla por insistencia.
En paralelo al proceso parlamentario, en el Tribunal Constitucional hay una demanda de inconstitucionalidad contra el Decreto Legislativo de extinción de dominio promovida por el defensor del Pueblo y exabogado de Cerrón, Josué Gutiérrez.
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La audiencia ya se llevó a cabo y se está a la espera de la sentencia en la que se podría declarra inconstitucional la extinción de dominio en Perú.