El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) estableció el marco normativo para la implementación del voto digital en Perú. Mediante la Resolución 168-2025-JNE, el Reglamento General, se establecen las competencias del JNE en el nuevo sistema de votación.
Esta norma regula el rol del organismo electoral en la fiscalización, supervisión y acciones educativas relacionadas con el nuevo sistema de sufragio por medios electrónicos, que será implementado de manera progresiva a partir de las Elecciones Generales 2026.
La nueva modalidad tiene por objetivo facilitar el acceso al sufragio a ciudadanos con mayores dificultades logísticas para ejercer su derecho, como a peruanos desplazados, y personas que presenten alguna complicación para movilizarse.
Se espera que en un futuro cualquier ciudadano con un DNI electrónico y certificado digital vigente pueda optar por este método de sufragio.
¿Quiénes serán los primeros en votar digitalmente?
El sistema de voto digital será implementado progresivamente a distintos sectores de la población. Inicialmente, se priorizará a peruanos en el extranjero, policías y militares, comunidades campesinas e indígenas, así como otros grupos. La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) tiene la facultad de determinar el alcance del programa piloto, así lo determina la Ley 32270.
En esta etapa inicial, el voto será obligatorio para las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú que hayan sido desplazados a otras regiones, lejos de sus domicilios que figuran en el padrón electoral, según los registros de Reniec.
Esta medida busca superar las limitaciones actuales que enfrentan estos sectores para participar en procesos electorales debido a su labor en zonas distintas a su lugar de residencia. En paralelo, la aplicación gradual del voto digital permitirá una adaptación ordenada, con espacio para evaluar aspectos técnicos y operativos, y preparar a los actores del sistema electoral ante este nuevo escenario.
Nuevo rol fiscalizador para el JNE en la era digital
Con la aprobación de este reglamento, se refuerza el rol fiscalizador del Jurado Nacional de Elecciones, que será responsable de:
- Supervisar la infraestructura, seguridad digital y funcionamiento del sistema de voto digital.
- Auditar el proceso antes, durante y después de las elecciones.
- Emitir informes de fiscalización públicos, excepto en los aspectos reservados por razones de ciberseguridad.
- Diseñar e implementar campañas educativas sobre el uso del voto electrónico.
Además, el JNE podrá solicitar apoyo técnico de otras instituciones, públicas o privadas, especializadas en tecnologías de la información y seguridad digital, a fin de cumplir con sus responsabilidades de fiscalización.
Preparación digital para la campaña electoral
Para la implementación del sufragio digital, el JNE deberá desplegar campañas educativas dirigidas a toda la ciudadanía.
Estas acciones formativas buscan explicar en qué consiste esta nueva modalidad de sufragio, sus beneficios y retos, los mecanismos de seguridad que lo respaldan, y los pasos que deberán seguir los votantes para ejercer su derecho de forma digital. Además, incluirán información clave sobre los deberes del elector en este nuevo entorno digital.
El objetivo es que la población pueda familiarizarse con esta forma de votación, entender sus implicancias y, sobre todo, participar de manera informada y segura. Para ello, el JNE utilizará diversos canales y estrategias de difusión: talleres presenciales o virtuales, seminarios, materiales audiovisuales, folletos impresos, publicaciones en redes sociales y espacios en medios de comunicación tradicionales.
Estas campañas educativas no solo servirán para informar a los votantes, sino también para reducir posibles resistencias o temores frente al uso de tecnología en procesos electorales, promoviendo confianza en el sistema. Asimismo, el reglamento promueve un enfoque inclusivo y descentralizado, de modo que las acciones lleguen a diversos sectores de la población, en particular a los que serían priorizados en esta etapa inicial del voto digital.