El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó que el vacado expresidente Martín Vizcarra ya no figura como afiliado de la agrupación política Perú Primero en el sistema del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), hecho que le impide ser candidato presidencial. En respuesta, el exfuncionario calificó la acción como parte de una “persecución política” y anunció que recurrirá a instancias internacionales para revertir lo que considera una decisión injusta.
De acuerdo con el comunicado del JNE, la exclusión se realizó en cumplimiento de la inhabilitación de diez años que le fue impuesta por el Congreso de la República el pasado 12 de marzo. Esta sanción, que le prohíbe ejercer funciones públicas, fue notificada al personero legal del partido político para su conocimiento. Sin embargo, el exjefe de Estado expresó su rechazo, asegurando que forma parte de una estrategia política más amplia para impedir su participación en las Elecciones Generales 2026.
“Ya estamos acostumbrados a este tipo de ataques y persecución política constante de los grupos políticos que están acostumbrados a manejar el poder en nuestro país. Este no es una decisión burocrática, esto es parte de una estrategia política mayor, donde los grupos económicos de poder y los grupos políticos que manejan nuestro país no quieren permitir que el pueblo defina el futuro del país”, afirmó.
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En ese sentido, aseguró que no se quedará de brazos cruzados y anunció que revertirá su separación ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual espera que desconozca la decisión adoptada por el Parlamento. “Tengan la seguridad de que el próximo año seremos candidato a la Presidencia del Perú y ustedes, el pueblo, son los que definirán quién será su próximo gobernante”, declaró.
¿Por qué Martín Vizcarra ya no está afiliado a Perú Primero?
El JNE dispuso su desafiliación basada en un fallo del Tribunal Constitucional (TC) que establece que los ciudadanos inhabilitados para ejercer funciones públicas no pueden formar parte de agrupaciones políticas. Previo a dictarse una decisión, el presidente del organismo, Roberto Burneo, se refirió a este argumento, donde destacó que el fallo del TC es vinculante y debe ser respetado por todas las instituciones del país.
Asimismo, se refirió al motivo por el que a través de la resolución N° 0094-2023-JNE se reconoció que Vizcarra Cornejo está impedido de inscribirse como fundador y presidente ejecutivo de Perú Primero, pero continuó afiliado. “El Jurado Nacional de Elecciones no impidió la inscripción de ese partido porque había otros afiliados y otros involucrados a los que no se les podía restringir el derecho a la participación.”, manifestó.
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Cabe mencionar que Martín Vizcarra cuenta con dos inhabilitaciones: una relacionada con el escándalo del “VacunaGate”, en el que se descubrió que el expresidente y otros altos funcionarios habían recibido dosis de la vacuna contra la COVID-19 de manera irregular, antes de que estuvieran disponibles para la población general, y otra por presuntas irregularidades en su gestión como gobernador de Moquegua, antes de asumir la presidencia.
Por estos hechos, Tal como se puede ver en la consulta detallada de afiliación, en la parte posterior se aclara que el ciudadano está inhabilitado “por lo dispuesto en las Resoluciones Legislativas N° 020-2020-2021-CR, de fecha 16 de abril de 2021, y N° 016-2021-2022-CR, de fecha 12 de mayo de 2022″. Es decir, por los impedimentos aprobados en el Congreso de la República a fin de que no pueda ejercer cargos públicos.
¿Por qué Martín Vizcarra asegura que puede ser candidato?
Si bien la decisión afecta sus aspiraciones políticas, el Tribunal Constitucional (TC) tiene en sus manos una demanda que lo habilitaría de ejercer en el Estado. Se trata del recurso de agravio presentado contra el Congreso de la República a fin de anular una de las inhabilitaciones impuestas, pero que, de darse, podría extenderse a las demás.
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Su principal argumento es que fue inhabilitado sin tener sentencia ante el Poder Judicial, vulnerando su derecho político de ser elegido y el de quienes lo eligieron. “Conforme lo ha manifestado la Corte IDH en el caso Petro vs. Colombia, no se puede inhabilitar a una autoridad electa democráticamente si es que no ha tenido un proceso judicial que esté firme”, expuso ante el TC. Simultáneamente, tal como indicó en entrevista a Infobae Perú, elevó su caso a la justicia supranacional. No obstante, para el abogado Luis Miguel Caya, la causal no se aplicaría, pues a diferencia del caso de Gustavo Petro, en el Perú el Congreso sí tiene la atribución de inhabilitar a altos funcionarios electos por voto popular. “Creo yo que lo que dice Martín Vizcarra es solamente una mentira para seguir eh en vigencia”, sentenció también en diálogo con este medio.