Venció el plazo para que el Ejecutivo observe o promulgue la ley de lesa humanidad

La ley 6951/2023-CR representa una amenaza para la justicia en casos de graves violaciones de derechos humanos cometidos durante el conflicto armado interno

Durante el conflicto armado interno, el 61% de las personas que murieron a manos de agentes del Estado fueron víctima de desaparición forzada. Foto: IDEHPUCP

La presidenta Dina Boluarte no tomó postura sobre dos polémicas autógrafas de ley aprobadas recientemente por el Congreso de la República.

Entre ellas, la ley sobre delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra, que llegó al Despacho Presidencial el 8 de julio, estableciendo que ningún hecho ocurrido antes del 1 de julio de 2002 podrá ser procesado como tal. Pues, según esta norma, cualquier procesamiento basado en hechos previos a esta fecha se consideraría nulo y sin validez.

Como se sabe, ante ello, diversas organizaciones de derechos humanos han expresado su preocupación, argumentando que la ley podría fomentar la impunidad y obstaculizar investigaciones sobre graves violaciones de derechos humanos cometidas durante el conflicto armado interno (1980-2000), periodo que dejó miles de víctimas, la gran mayoría de sectores quechuahablantes, campesinos y pobres, cuyos derechos han sido históricamente ignorados.

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La jefa de Estado deberá decidir sobre esta ley antes del final del día de hoy. Foto: Reuters

¿Qué consecuencias traería la promulgación de esta ley?

La Fiscalía ha señalado que la normativa tendría un impacto directo en 550 víctimas y 600 casos, incluyendo investigaciones y procesos judiciales que podrían ser archivados o culminados penalmente debido a la prescripción.

En ese contexto, el exdictador Alberto Fujimori, cuyo régimen se desarrolló en el país de 1990 a 2000 y fue condenado en 2009 por violaciones a los derechos humanos, sería uno de los principales beneficiarios de esta ley, impulsada por el partido Fuerza Popular (FP), liderado por Keiko Fujimori, hija del expresidiario.

Además, serían favorecidos militares acusados o condenados por crímenes en dicha época, tales como Daniel Urresti Elera, acusado de violación sexual en agravio de la ciudadana ayacuchana Ysabel Rodríguez Chipana y del asesinato del periodista Hugo Bustíos.

Lo mismo sucedería con el operador político Vladimiro Montesinos, condenado por el asesinato de la suboficial y agente de inteligencia Mariela Barreto Riofano, entre otros cargos, así como exmiembros de Sendero Luminoso (PCP-SL) y el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA), organizaciones terroristas.

El Congreso de la República, actualmente presidido por el parlamentario Eduardo Salhuana, vinculado a la minería informal e ilegal, aprobó el 5 de julio ley que prescribe crímenes de lesa humanidad, a pesar del rechazo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Foto: Andina

¿Qué casos emblemáticos podrían prescribir?

A pesar de las advertencias de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Organización de las Naciones Unidas (ONU) —organismos internacionales que han condenado la aprobación de la ley, resaltando que está en abierto desacato a lo dispuesto por la Corte IDH—, la jefa de Estado no decidió sobre esta.

Su falta de posición ha sido crucial para determinar el futuro de la justicia en relación con graves crímenes. Entre estos se incluyen: Chuschi, la matanza de El Frontón, Huanta 84, Barrios Altos, La Cantuta, El Santa-Aldo Velásquez, Huancapi, Cedruyo, Madre Mía, Universidad del Centro, Putis, Sobres Bomba, Esterilizaciones Forzadas, Castro Castro, Accomarca y Galván Borja.

La ley podría impactar el proceso de búsqueda de justicia en el caso de La Cantuta, que ocurrió la noche del 18 de julio de 1992, cuando se produjo el secuestro y asesinato de 9 estudiantes y un profesor que residían en las viviendas de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle. Foto: El Peruano

¿Qué otras leyes polémicas están en espera de ser aprobadas?

Asimismo, en agenda, se encuentra la promulgación de la autógrafa de ley de crimen organizado, cuyo plazo venció el 2 de agosto. Esta norma modifica la definición de organización criminal y establece nuevas reglas para los allanamientos, aunque, de acuerdo a especialistas en la materia, debilita la lucha contra el crimen organizado.

Pues, sostienen que la propuesta, impulsada por el congresista Américo Gonza y respaldada por Perú Libre, limita las facultades del Ministerio Público y dificulta la obtención de pruebas y persecución de delitos con penas superiores a seis años de cárcel. Además, excluye ilícitos como tráfico de órganos, estafa agravada y tortura simple.

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