
De convertirse en ley, el proyecto que ingresó ante la Cámara de Diputados de la Nación el pasado 28 de agosto bajo la denominación “Aporte Solidario y Extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia", conocido como el “impuesto a la riqueza”, generará un resultado indefectible: su judicialización.
Ello así, considerando que este “tributo” -inmerso en el proyecto- resultará muy cuestionado desde el punto de vista constitucional.
En primer lugar, se puede observar que el gravamen se aplica en forma retroactiva sobre los bienes que poseen los contribuyentes al 31/12/2019, vulnerando en consecuencia el “principio de reserva de ley” que prohíbe que una ley retrotraiga sus efectos a actos, hechos o circunstancias acaecidas con anterioridad a su dictado.
A su vez, el tributo en cuestión colisiona con el principio de capacidad contributiva cuando generaría situaciones en las cuales haya sujetos obligados que: (i) al momento del pago, posean menos bienes que al 31 de diciembre de 2019; o (ii) si bien posean la misma cantidad de bienes o hasta más bienes, tengan un exorbitante grado de endeudamiento o, inclusive, cuantiosas pérdidas.
Siguiendo el análisis de este “Aporte solidario”, observamos que generaría un menoscabo en el principio de seguridad jurídica y, también, en el derecho de propiedad de los contribuyentes que lo soportan ya que, al momento de generar el hecho imponible, sólo tenían los costos que les implicaba el Impuesto sobre los Bienes Personales al 31 de diciembre de 2019, pero nunca esta nueva imposición.
Adicionalmente, al gravarse el mismo hecho imponible que el Impuesto sobre los Bienes Personales es factible que -sumándose ambos tributos- se violente, en muchos casos, palmariamente el principio de no confiscatoriedad, el cual tiene raigambre constitucional.
Por último, la modalidad generada en la última modificación del Impuesto sobre los Bienes Personales de establecer alícuotas diferenciales para aquellos sujetos que poseen bienes en el exterior también se presenta en este nuevo tributo y, en consecuencia, generará un análisis pormenorizado del cumplimiento -o no- con el principio de igualdad.
Es de capital importancia referenciar que hace muchos años, la Corte Suprema de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de la Ley 22.604, sancionada en junio de 1982, que creaba un tributo de emergencia con fundamento en el conflicto bélico suscitado en las Islas Malvinas y mediante el cual alcanzaba, por única vez, los activos financieros al 31/12/1981.
En dichos antecedentes, el máximo órgano judicial de la Nación declaró la inconstitucionalidad del gravamen.
Bajo los argumentos expuestos, sumando también el principio de razonabilidad, somos de la opinión que el proyecto en cuestión, de convertirse en ley, en lugar de lograr la recaudación buscada generará la judicialización del mismo y que los contribuyentes eviten el pago esperando obtener pronunciamientos favorables.
El autor es director de Legales de BDO Argentina y profesor de la Especialización en Tributación de la Universidad del Salvador (USAL)
Seguí leyendo:
Últimas Noticias
Los silvers del futuro: cuando la ciencia consiga derrotar al envejecimiento
Nadie sabe si algún día alcanzaremos una verdadera inmortalidad biológica. Sin embargo, imaginemos por un momento que se logre regenerar indefinidamente nuestros órganos, reparar el ADN dañado y mantener el organismo con una edad biológica constante

El Gobierno, en racha de costos políticos: mala praxis y cerrazón ideológica
El oficialismo tuvo que podar el proyecto de propiedad privada para aprobarlo en el Senado. Dejó un regusto a fracaso y malestar interno. También debió dar marcha atrás con el decreto que paralizó durante días la actividad portuaria. Todo, efecto del microclima de poder

El espejo del éxito: agosto define cómo termina el año
El primer semestre ya dejó suficiente información para saber qué funciona, qué objetivo se aleja y qué hipótesis perdió vigencia. Agosto abre la última ventana real para corregir el rumbo antes de que diciembre se limite a explicar los resultados

El legado ambiental de Panamá que América Latina debería mirar
América Latina necesita funcionarios capaces no solo de administrar compromisos, sino de conectarlos y convertirlos en dirección política.

¿Elecciones manipuladas?
La narrativa del fraude se expande entre líderes de distinto signo ideológico y convierte cada elección cerrada en un nuevo foco de inestabilidad



