Las vísperas de las altas fiestas judías, una oportunidad para reflexionar sobre el arrepentimiento

Si bien el judaísmo -así como otros credos- enseña que nada se interpone al arrepentimiento, rompiendo incluso gravosos decretos, también se aprende que su posibilidad no es absoluta ni gratuita

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Este domingo la comunidad judía celebrará Rosh Hashaná (REUTERS/Konstantin Chernichkin/File Photo)
Este domingo la comunidad judía celebrará Rosh Hashaná (REUTERS/Konstantin Chernichkin/File Photo)

En las vísperas del año nuevo judío, Rosh Hashaná, y luego de diez días, el Día del Perdón o Iom Kipur, cabe destacar precisamente aquel lapso denominado Iamim Noraim o días sobrecogedores. Desde el comienzo y hasta el final de estas celebraciones toda ritualidad y conducta enfatiza en el arrepentimiento por las transgresiones y nada más oportuno para poner en valor su significado a toda la sociedad bajo las actuales circunstancias.

Cuando Dios le dice a Moisés que Él sacará al pueblo de Israel de la esclavitud de Egipto con maravillas y portentos, también le asegura que el faraón no los dejará salir antes que sea castigado con las conocidas diez plagas. La razón de ello, explicita el Éxodo 7:3-4, “Pero Yo endureceré el corazón del Faraón […] El Faraón no les escuchará”, es decir, Dios no lo deja arrepentirse. Y aun cuando los mismos nigromantes en quienes el faraón confiaba le afirmaron con verdad y demostraron con su impotencia que las plagas eran inexorables obras de Dios, aquél no los escuchó. Esto no sólo implica que hay situaciones donde se ignora la más evidente y certera verdad, sino que la imposibilidad de contrición, como explica Maimónides, es el castigo por la cantidad y magnitud de las transgresiones, imposibilitándole a la persona abandonar su deplorable accionar. Pero al no tener ya poder sobre sí mismo, suprimiéndole de alguna forma el libre albedrío, no por eso deja de ser responsable dado que las acciones iniciales que lo condujeron a dicho estado se realizaron por motu proprio. Y esto es revelador dado que si bien el judaísmo -así como otros credos- enseña que nada se interpone al arrepentimiento, rompiendo incluso gravosos decretos, también se aprende que su posibilidad no es absoluta ni gratuita.

Estas circunstancias en las que el hombre no puede arrepentirse, desoyendo aquello que se manifiesta claro y cierto, suprimiéndole la posibilidad de controlar la propia vida ante la imposibilidad de compunción, es similar a quien se inicia en el consumo de drogas como hombre libre y con pleno control de sus acciones, pero que al devenir adicto pierde dicha facultad, no pudiendo responder a su situación, incluso sabiéndola, sino consumiendo más y ciertamente en algún punto imposibilitando todo regreso al control. Así, la transgresión no conlleva un castigo sino que es la misma condena, tal como reza el apotegma “una trasgresión conduce a otra trasgresión”, y quien lo desoiga será un autoindulgente caracterizado, según Aristóteles, por ser un obseso convencido de tener respuestas contundentes y sobreabundacia de defensas, cualesquiera que sean las acusaciones que otros puedan dirigirle, confundiendo el número de justificaciones de su conducta con el valor de sus razones.

Es por ello que el arrepentimiento no se satisface en una internalidad emotiva, simbólica ni verbalizaciones, porque todo ello es representación que no obliga a nada per se, siendo un mero sentimiento que surge de la comparación contrafáctica de decisiones que hemos tomado voluntariamente, cuando no una simulación formalmente correcta. Más bien resulta necesario un instrumento que exteriorice y haga participar al otro poniendo las cosas en común, y por ello demanda un cumplimiento efectivo, una conducta que repare y no reitere el anterior accionar ante las mismas circunstancias, no dejando espacio a la simulación. Saadia Gaón, Bahya ibn Pakuda y Maimónides resumieron en cuatro los elementos esenciales para el arrepentimiento: la admisión y contrición; pedido de perdón; compromiso de corazón y conciencia a no repetirlos; enmienda del error y ante las mismas circunstancias obrar diferente a como lo hizo previamente. En otras palabras, para que el arrepentimiento sea genuino y no meramente superficial, la persona debe indagar en sus hábitos, actitudes y disposiciones que, si no se modifican, probablemente lo llevarán a seguir transgrediendo. La filosofía occidental ha secularizado este concepto pero manteniendo la importancia de la demanda por el cambio en la praxis, en la conducta, como manifestación de compunción por lo hecho, influyendo dicho accionar luego en el espíritu. Y así, eticistas de la talla de Max Scheler relacionan inescindiblemente el arrepentimiento con la praxis, concibiéndolo incluso como la capacidad de un nuevo inicio, la posibilidad de imprimir un fragmento de nuestra vida pasada, volviéndonos sobre él y otorgando un nuevo sentido. Un renacimiento espiritual y moral, una forma de autocuración no reducido a un fenómeno psicológico o mero remordimiento, sino como un existir de otro modo. El arrepentimiento, así, implica una determinación de la voluntad más que una condición intencional.

Es por ello que en la reparación del acto o en la actualización del “si pudiera hacerlo de nuevo, haría lo contrario”, existe una interacción con la culpa como precursora del arrepentimiento. Culpa, según la cual, la acción propia y respecto de la cual uno se reconoce responsable, es incompatible con la exigencia deóntica hacia este sujeto, y sin la cual se produce la muerte de su humanidad. Ahora, esta culpa asociada con la responsabilidad tiene como presupuesto y última línea de la individualidad, la vergüenza. Pero el rutinario accionar falto de rectitud, mostrando o imponiendo un convencimiento sobre algo indebido, hace cada vez más indoloro e insensible la escisión respeto del deber fundamental, hasta suprimirlo. Luego, se crea una nueva realidad donde la responsabilidad está erosionada comenzando a corroer su suelo, la vergüenza. Ya desde el Talmud el judaísmo enfatiza que la intensa vergüenza que uno siente por sus propios actos transgresores posee carácter expiatorio, y esto es debido a que señala un límite en el sujeto que lo fuerza a no repetir aquel acto e incluso reparándolo, arrepintiéndose, y por ello constituyendo un prístino sentido de responsabilidad hacia sí mismo y hacia el otro. Responsabilidad que luego permite construir un sistema de justicia. Y esto es porque la vergüenza tiene como particularidad el hecho de ser auto-referencial y de la cual uno no puede escaparse, dada la imposibilidad del sujeto que la siente para desdoblarse, incomodándolo intensamente por corroer su conciencia, y por eso demandándole en principio la toma de responsabilidad por él mismo, para luego extenderla hacia un tercero. Es por ello que lo esperado de una persona avergonzada es que pueda retractarse con una consideración genuina reparando su error sobreponiéndose a su egoísmo y no volverlo a cometer. Y así, si la vergüenza precede al sentido de responsabilidad para luego llegar al arrepentimiento y justicia, se debe tomar nota de la actual peligrosa devastación de esta vergüenza, explicando así la cancelación de la ejemplaridad, del sentido de la responsabilidad y culpabilidad en las funciones sociales y políticas, en la inoperancia, la incompetencia, la corrupción y falsedad.

Hoy ya se acepta cotidianamente esta desvergüenza e incluso tácitamente es considerada innata a la función dirigencial. Por ende, no hay siquiera demanda por responsabilidades, ni reconocimiento de culpas, y menos arrepentimiento ni justicia. Sólo hay autoindulgentes comentadores de una realidad indexada, cómplices y una sociedad espectadora de su propia expoliación, entretenida con emociones vulgares y banalidades, poses, mentiras y discursos acomodaticios, cuando no frustración y envidia por no ser quien se ha favorecido por la corrupción y el engaño. Desconozco si ya pasamos el punto de no retorno, pero el precipitado circulo vicioso de descarados acontecimientos en múltiples ámbitos y sin enmienda por falta de arrepentimiento, indica al menos que estamos muy cerca.

El autor es rabino y doctor en Filosofía. “Mención de Honor Domingo F. Sarmiento” 2018. Senado de la Nación Argentina. “Personalidad Destacada de CABA en el Ámbito de la Cultura” 2019. Legislatura Porteña.

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