Los documentos que necesitas para jubilarte anticipadamente en México en 2026, según el IMSS y el ISSSTE, varían según la institución a la que cotizas. Reunirlos con anticipación reduce el riesgo de retrasos o rechazos en la solicitud.
Para quienes cotizan al IMSS bajo la Ley del Seguro Social de 1997, el artículo 158 de esa ley regula el retiro anticipado. El trámite se inicia en las ventanillas de Control de Prestaciones de la Unidad de Medicina Familiar correspondiente al domicilio del solicitante.
Mientras que en el ISSSTE es en el área de Recursos Humanos de tu dependencia, donde debes obtener la Hoja única de servicios, el Aviso oficial de baja afiliatoria y el CFDI de la última quincena de nómina.
Dónde y cómo iniciar el trámite ante el IMSS
Antes de acudir a ventanilla, el IMSS recomienda realizar una presolicitud en línea en imss.gob.mx/pensiones. En ese portal puedes consultar el simulador de pensiones, comparar tus datos con los de tu AFORE y verificar tus semanas cotizadas antes de iniciar el proceso formal.
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Una vez completada la presolicitud, acude a la ventanilla de Control de Prestaciones de tu Unidad de Medicina Familiar con el expediente completo. El horario de atención es de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas. El personal de Servicios de Prestaciones Económicas registra tu solicitud, valida tu información y te comunica el estimado de tu pensión.
Dónde y cómo iniciar el trámite ante el ISSSTE
El trámite del ISSSTE se desarrolla en dos etapas. Como se mencionó anteriormente la primera es en el área de Recursos Humanos de tu dependencia, donde debes obtener la Hoja única de servicios, el Aviso oficial de baja afiliatoria y el CFDI de la última quincena de nómina, documentos que solo esa área puede expedir.
La segunda etapa es en el Departamento de Pensiones de la Delegación del ISSSTE que corresponda a los dos primeros dígitos del código postal de tu domicilio. Ahí se presenta el expediente completo y se resuelve la pensión. Para dudas o aclaraciones puedes llamar al 55 4000 1000 o escribir a atencionciudadana@issste.gob.mx.
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Documentos para el trámite ante el IMSS
Según la información publicada por el IMSS, estos son los documentos que debes llevar:
Identificación oficial con fotografía vigente (credencial del INE, pasaporte o cédula profesional)
Copia certificada del acta de nacimiento, expedida por el Registro Civil, o el acta en línea impresa desde el portal oficial
Estado de cuenta de tu AFORE con una antigüedad no mayor a seis meses, obtenido desde la página de internet de la administradora
Documento de institución bancaria que incluya el número de cuenta y la CLABE interbancaria a nombre del solicitante
Constancia de Semanas Cotizadas en el IMSS, tramitable con la homoclave IMSS-02-025 Modalidad A, disponible en línea o de forma presencial
El solicitante debe haber causado baja en el Régimen Obligatorio del IMSS antes de iniciar el proceso. Si el sistema detecta que sigues activo con un patrón, rechaza la solicitud de forma automática.
Documentos para el trámite ante el ISSSTE
Para trabajadores del Estado bajo el régimen Décimo Transitorio, el proceso inicia en el área de Recursos Humanos de la dependencia donde laboras, y puede comenzarse tres meses antes de cumplir la edad mínima requerida.
Los documentos que debes presentar ante el Departamento de Pensiones de la delegación del ISSSTE que te corresponda son:
- Identificación oficial vigente (INE o pasaporte)
- CURP
- Acta de nacimiento
- RFC con homoclave
- Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses
- Hoja única de servicios
- Aviso oficial de baja afiliatoria del ISSSTE, proporcionado por el área de Recursos Humanos de tu dependencia aproximadamente 30 días después de tu fecha de baja
- CFDI de la última quincena de nómina
- Estado de cuenta bancario con CLABE interbancaria de 18 dígitos
Estos datos deacuerdo con guías publicadas por la UAM y otras fuentes el procedimiento puede variar de acuerdo a las disposiciones oficiales y del Instituto.
Para trámites específicos ante PensionISSSTE (retiro de cuenta individual y AFORE):
- CDMX: 55 5062 0555
- Interior de la República (sin costo): 800 400 1000 y 800 400 2000
- Correo: atencion@pensionissste.gob.mx
- Horario: lunes a viernes de 8:00 a 20:00 h / sábados de 8:00 a 16:00 h (hora del centro)
Paso a paso: cómo avanzar en cada institución
Si cotizas al IMSS:
1. Verifica tu número de semanas cotizadas mediante la constancia con homoclave IMSS-02-025 Modalidad A
2. Solicita tu estado de cuenta actualizado directamente en el portal de tu AFORE
3. Obtén el documento bancario con tu CLABE interbancaria
4. Reúne tu acta de nacimiento certificada y tu identificación oficial vigente
5. Acude a la ventanilla de Control de Prestaciones de tu Unidad de Medicina Familiar con el expediente completo
6. El IMSS calcula el monto y, una vez autorizado, eliges la aseguradora privada para tu renta vitalicia
Si cotizas al ISSSTE:
1. Confirma que perteneces al régimen Décimo Transitorio y que no migraste al sistema de cuentas individuales tras la reforma de 2007
2. Solicita tu Constancia de Años de Servicio en el área de Recursos Humanos de tu dependencia
3. Obtén tu certificado médico en una unidad del ISSSTE
4. Reúne INE, CURP, RFC, acta de nacimiento, estado de cuenta y constancia de baja
5. Presenta el expediente completo en la Subdelegación de Prestaciones del ISSSTE que te corresponda
6. Espera el dictamen; una vez autorizado, la pensión se activa de forma retroactiva al cierre de tu último mes de trabajo
La condición financiera que puede frenar tu solicitud
Para quienes tramitan ante el IMSS, cumplir con los documentos no es suficiente. El artículo 158 de la Ley del Seguro Social establece que la pensión calculada en el Sistema de Rentas Vitalicias debe ser superior en más del 30% a la Pensión Mínima Garantizada del Gobierno de México.
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Además, el saldo de la cuenta individual debe cubrir la prima del Seguro de Sobrevivencia para los beneficiarios. Sin este componente, el IMSS no autoriza el retiro aunque el solicitante cumpla todos los demás requisitos.
Quién puede solicitarla y bajo qué condiciones
El IMSS permite el retiro anticipado a trabajadores menores de 60 años que cotizaron a partir del 1 de julio de 1997. En 2026 se requieren 875 semanas cotizadas para solicitar el retiro anticipado. Esta cifra aumenta en bloques de 25 semanas cada año —conforme al Artículo Cuarto Transitorio del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de diciembre de 2020— hasta llegar a 1,000 semanas en 2031, que es el mínimo definitivo establecido en la Ley del Seguro Social para este tipo de pensión.
El ISSSTE restringe la jubilación anticipada a quienes permanecen en el régimen Décimo Transitorio: trabajadoras con al menos 28 años de servicio y trabajadores con al menos 30 años. Quienes migraron al sistema de cuentas individuales tras la reforma de 2007 no tienen acceso a este beneficio.
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El decreto que cambió las reglas en 2026
El 24 de junio de 2025, la presidenta Claudia Sheinbaum publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto que detuvo el aumento progresivo de la edad mínima de jubilación en el ISSSTE e inició una reducción escalonada.
En 2026, las mujeres pueden jubilarse desde los 56 años y los hombres desde los 58 años. El calendario desciende cada tres años hasta alcanzar, en 2034, los 53 años para mujeres y 55 para hombres. La reforma no modifica los años de cotización requeridos: solo ajusta la edad mínima de retiro.