
Tres años después del feminicidio de Cecilia Monzón, el tribunal de Puebla dictó una sentencia contra Javier López Zavala.
El ex miembro de la Cámara de Diputados de México fue declarado culpable del feminicidio de la madre de su hijo, junto con otros dos autores materiales del crimen.
El tribunal fijó su decisión tras un proceso que duró cerca de un año y que estuvo marcado por tácticas dilatorias, numerosos aplazamientos y una presión social constante.
Cuánto tiempo estará Javier López Zavala
La familia de la víctima reclamó ante los jueces la condena máxima de 60 años de prisión, acorde a lo previsto en el Código Penal, mientras que la cuantía exacta de la pena todavía está por definirse.

El feminicidio se cometió en mayo de 2022 en San Pedro Cholula, donde dos sicarios a bordo de una motocicleta dispararon contra Monzón mientras ella conducía su camioneta.
El tribunal consideró probado que López Zavala, ex secretario de Gobernación de Puebla y figura destacada del PRI, planeó el asesinato como represalia por las demandas legales que pesaban sobre él.
Junto a Zavala, fueron considerados culpables su sobrino Jair N y Silvestre N, identificados como autores materiales del crimen.
Qué es la Ley Monzón

El asesinato de la abogada y activista Cecilia Monzón Pérez derivó en la aprobación de una reforma legislativa de gran impacto en México: la llamada “Ley Monzón”, que retira la patria potestad a los padres condenados por feminicidio en contra de la madre de sus hijos.
La ley, que surgió tras una amplia conmoción social y política por el caso, ha inspirado iniciativas y modificaciones en diversos estados del país, consolidándose como un instrumento jurídico orientado a proteger los derechos de niñas, niños y adolescentes ante situaciones de violencia extrema.
Tras el feminicidio de Monzón Pérez ocurrido el 21 de mayo de 2022, se planteó una cuestión crucial respecto al futuro del hijo menor de la víctima, dado que su padre fue imputado como presunto autor intelectual del asesinato y estaba involucrado en un proceso legal por pensión alimenticia iniciado por la abogada.
Este interrogante aceleró el debate público y legislativo sobre la urgencia de impedir que quienes cometan feminicidio continúen ejerciendo derechos parentales sobre sus descendientes, como lo señaló la diputada Mónica Silva en Puebla al presentar la iniciativa:

“Son ellos quienes quedan en una situación aún más vulnerable de la que se encontraban, ya que les han arrebatado a su madre y en muchos casos, quedan al cuidado del criminal que se dice su padre”.
La Ley Monzón fue aprobada en el Congreso de Puebla y rápidamente captó la atención nacional, extendiéndose su influencia legislativa a otros territorios.
Hasta la fecha, la reforma está vigente en:
- Sinaloa
- Colima
- Ciudad de México
En el caso sinaloense, la normatividad fue impulsada por las diputadas Concepción Zazueta Castro (PRI), Almendra Ernestina Negrete Sánchez y Felicita Pompa Robles (Morena), y el Pleno del Congreso la aprobó en julio de dos mil veintitrés.
El Decreto número 530, publicado en el Periódico Oficial El Estado de Sinaloa el once de agosto de 2023, reformó tanto el Código Familiar como el Código Penal locales.
Estas modificaciones contemplan como nueva causal de pérdida de patria potestad el recibir condena por feminicidio contra la madre de hijas o hijos menores, conforme al artículo 134 Bis del Código Penal.
Además, en el artículo 380 del Código Familiar de Sinaloa se estableció que “cuando el que la ejerza incurra y sea condenado por delito de feminicidio según lo dispone el artículo 134 Bis del Código Penal para el Estado de Sinaloa, en contra de la madre de niñas, niños y adolescentes”, perderá este derecho.
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