
La iniciativa de reforma enviada al Congreso de la Unión por la presidenta Claudia Sheinbaum. contra el nepotismo electoral y la reelección consecutiva, ya es constitucional. Durante la primera sesión ordinaria de este martes 11 de marzo de 2025 en la Cámara de Diputados se dio a conocer la declaración de constitucionalidad del proyecto después de haber recibido el aval de más de la mitad de los Congresos locales.
Al inicio de la sesión ordinaria, el presidente de la mesa directiva en San Lázaro, Sergio Gutiérrez Luna comunicó que el proyecto redactado por la presidenta de México recibió el visto bueno de 20 Congresos locales en la República. De igual manera, el secretario José Luis Montalvo Luna declaró haber los votos aprobatorios.
“El Congreso de la Unión, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y previa aprobación de la mayoría de las honorables legislaturas de los estados y la Ciudad de México, declara reformados y adicionados los artículos 55, 59, 82,115, 116 y 122 de la Constitución Política en materia de no reelección y nepotismo electoral”, declaró el presidente de la mesa directiva.

El siguiente paso consiste en el envío de la iniciativa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. De igual manera, los estados que brindaron su voto probatorio a la reforma son:
- Baja California.
- Campeche.
- Colima.
- Chiapas.
- Durango.
- Hidalgo.
- Estado de México.
- Michoacán de Ocampo.
- Morelos.
- Nayarit.
- Oaxaca.
- Quintana Roo.
- San Luis Potosí.
- Sinaloa.
- Sonora.
- Tabasco.
- Tamaulipas.
- Veracruz de Ignacio de la Llave.
- Zacatecas.
- Ciudad de México.
En qué consiste la reforma contra el nepotismo electoral y la no reelección
Después de una amplia discusión, en la Cámara de Senadores resolvieron modificar el proyecto original de la reforma. De esa manera, en lugar de su entrada en vigor en el año 2027, como lo propuso Claudia Sheinbaum, retrasaron su aplicación y comenzará a ser efectivo desde las elecciones de 2030, situación que fue avalada en San Lázaro.

De acuerdo con lo estipulado en la reforma, los funcionarios que actualmente ocupen cargos como diputaciones, senadurías, la Presidencia de la República, gubernaturas, diputaciones locales, presidencias municipales, regidurías, sindicaturas, la jefatura de gobierno, alcaldías y concejalías no podrán postularse para un periodo consecutivo en las elecciones de 2030. Esta medida, que modifica la Constitución Política de México, tiene como objetivo limitar la continuidad inmediata en el poder y fomentar la renovación en los puestos de elección popular.
Además de la prohibición de la reelección inmediata, la reforma incluye disposiciones específicas para combatir el nepotismo electoral, un problema que ha sido señalado como una de las prácticas que afectan la transparencia y equidad en los procesos democráticos. Las personas que aspiren a un cargo de elección popular deberán cumplir con un requisito clave: no tener vínculos de parentesco o relaciones personales cercanas con otros funcionarios públicos en los tres años previos al día de la elección.
En términos concretos, la reforma establece que no podrán participar quienes tengan lazos de matrimonio, concubinato, unión de hecho o parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado, en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado. Estas restricciones buscan evitar que las relaciones familiares o personales influyan en la selección de candidatos y en el ejercicio del poder, promoviendo así una mayor imparcialidad en los procesos electorales.
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