
Los depósitos en efectivo son transacciones financieras mediante las cuales una persona entrega dinero en efectivo a una institución bancaria para ingresarlo en una cuenta. Pueden realizarse en ventanilla, cajeros automáticos o a través de corresponsales bancarios.
En México, los usuarios de cuentas bancarias utilizan estas transacciones con el fin de ahorrar, pagar servicios o transferir fondos a otras personas. Sin embargo, durante el gobierno del expresidente Felipe Calderón se decretó la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, mediante la cual se establece que todas las personas físicas y morales que realicen depósitos en efectivo, ya sea en moneda nacional o extranjera, deberán pagar una cantidad relativa, de acuerdo a lo que el mismo decreto dicta.
Dicho lo anterior, la ley, decretada en julio de 2008, también hace mención de que no se consideran como depósitos en efectivo a las transacciones que se realizan por transferencias bancarias, traspasos de cuenta, títulos de crédito o cualquier otro documento o sistema pactado con bancos, lo que significa que este tipo de acciones estarán exentas de dicho impuesto.

No todos los depósitos están obligados a pagar impuestos
A pesar de lo que dicta la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en su portal web, detalló que no todos los depósitos en efectivo están sujetos al pago de esta obligación, pues aclaró que solo están comprometidas las personas físicas o morales que realicen depósitos inferiores a 15 mil pesos mensuales en moneda nacional o su equivalente en moneda extranjera.
Dicho eso, la institución explicó que para calcular cuánto se debe pagar de IDE por una acción monetaria, se debe multiplicar la cantidad superior a los 15 mil pesos establecidos por el valor de la tasa del tres por ciento.
“Las instituciones del sistema financiero efectuarán directamente el cobro del IDE de cualquiera de las cuentas que tenga abiertas el contribuyente”, agregó.

¿Cómo realizar el pago del IDE?
De acuerdo con lo publicado por el SAT, el pago del impuesto por depósitos en efectivo no se debe realizar por los contribuyentes, sino que serán los bancos quienes recaudarán la cantidad equivalente del impuesto al titular de la cuenta, al corte del fin de mes.
“Las instituciones de crédito pueden recaudar el IDE hasta el día hábil siguiente a la fecha de corte de la cuenta en la que se hayan realizado los depósitos o, a falta de fondos, indistintamente de cualquiera de las cuentas que tenga abiertas el contribuyente en la institución de que se trate”, explicó la autoridad financiera.
En caso de que la cuenta del contribuyente no cuente con fondos suficientes, el SAT detalló que las instituciones financieras podrán recaudar lo equivalente en cuanto las cuentas del titular perciban un depósito suficiente para cubrir dicho pago.

¿El SAT puede monitorear mis cuentas?
De acuerdo con lo que el SAT detalló en sus redes, las cuentas de los usuarios pueden ser monitoreadas si se detectan operaciones riesgosas o sospechosas, ya que generalmente estas pueden estar relacionadas con actividades ilícitas como el lavado de dinero. Sin embargo, aclaró que dicho monitoreo no afectará a los contribuyentes que cumplan con sus obligaciones fiscales.
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