¿Los trabajadores que hayan laborado por menos de un año tienen derecho al aguinaldo?

Se trata de una prestación obligatoria que, de no pagarse a tiempo, implica un delito

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Trabajadores con menos de un año laborado podrán recibir aguinaldo 
Crédito: Cuartoscuro
Trabajadores con menos de un año laborado podrán recibir aguinaldo Crédito: Cuartoscuro

Ya comenzó el mes de diciembre y con ello muchos trabajadores esperan la fecha en la que las empresas y los empleadores cubran el pago de bonos y otras prestaciones que, además de ser obligadas por la ley, son de gran utilidad para solventar gastos relacionados con las fiestas de fin de año pero, ¿Qué pasa cuando un trabajador no cumplió un año laborado? Esto es lo que sucede con el aguinaldo.

De acuerdo con lo expuesto por la Ley Federal del Trabajo (LFT), el aguinaldo es una prestación obligatoria que s debe cubrir a más tardar el 20 de diciembre del año en curso, por lo que en caso de no recibirlo, las empresas o los empleadores incurren en un delito que se castiga con una importante indemnización a los afectados, en este caso, los trabajadores que no recibieron tal recurso.

Anteriormente el pago del aguinaldo era sinónimo de una gratificación o regalo voluntario que los patrones le hacían a los trabajadores. Esto daba pie a que cupiera la incertidumbre sobre si se otorgaría este dinero o no: sin embargo, se hicieron modificaciones a la ley y con ello se convirtió en un pago obligatorio que equivale a un mínimo de 15 días laborados.

“Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos”, remarca la Ley Federal del Trabajo.
Algunos trabajadores no recibirán aguinaldo este 2023; esto dice la ley (Pixabay)
Algunos trabajadores no recibirán aguinaldo este 2023; esto dice la ley (Pixabay)

¿Qué pasa con el aguinaldo cuando no se trabaja el año completo?

En el caso de las vacaciones, los trabajadores podrán gozar de este periodo de descanso una vez que se haya cumplido un año desempeñando el mismo trabajo sin ningún contratiempo; no obstante, en el caso del pago del aguinaldo la ley hace una excepción pues, sin importar que no se tengan los 365 días trabajados, el empleador tiene la obligación de pagar la parte proporcional al tiempo que se tenga trabajando.

“Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste”.

Lo anterior se traduce en que, si es que se tiene poco tiempo en el actual trabajo o bien, antes de terminar el 2023 el trabajador fue despedido o éste renunció a su puesto anterior, se deberá pagar la parte correspondiente sin importar que no se haya cumplido un año completo en el mismo.

Los trabajadores tienen hasta esta fecha para el cobro del aguinaldo (México). Imagen de archivo. EFE/ Luis Torres
Los trabajadores tienen hasta esta fecha para el cobro del aguinaldo (México). Imagen de archivo. EFE/ Luis Torres

Bajo esa tónica, se entiende que todos los trabajadores tienen derecho al pago del aguinaldo, por lo que sin importar si se trata de un empelado de base, de confianza, eventual o sindicalizados, el pago es parejo y como mínimo será de 15 días trabajados.

“Dicha prestación laboral anual también aplica para los comisionistas, los agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes, que se rijan por la Ley Federal del Trabajo”.

¿Qué trabajadores no reciben aguinaldo?

El pago del aguinaldo es de índole obligatoria, por lo que lo recibirán los que gocen de prestaciones de ley. En ese sentido, solo no aplica para aquellos que laboren bajo el régimen de honorarios. Solo para ellos, el pago sigue quedando a rserva de la voluntad del patron a menos que " exista una subordinación laboral mediante la prestación de servicios permanentes a un solo patrón y obligatoriamente cubra un horario de trabajo con duración de la jornada máxima legal de 8 horas; reciba instrucciones de un superior inmediato y tenga un lugar fijo de trabajo dentro de la empresa o establecimiento”.

Los trabajadores que sí reciben aguinaldo antes del 20 de diciembre del año en curso son:

  • Empleados con prestaciones de ley
  • Personal de confianza
  • Trabajadoras que hayan gozado de alguna incapacidad pre y post natal
  • Trabajadores que hayan gozado de algun permiso de paternidad
  • Trabajadores y trabajadoras que hayan tenido incapacidad tras sufrir accidente de trabajo
  • Quienes renunciaron o fueron despedidos
  • Beneficiarios de trabajadores que fallecieran durante este año
Trabajadores con menos de un año laborado podrán recibir aguinaldo 
Crédito: Cuartoscuro
Trabajadores con menos de un año laborado podrán recibir aguinaldo Crédito: Cuartoscuro

Cómo se calcula el aguinaldo

Para saber cuánto es que las empresas deberán pagar de aguinaldo este año, basta tener primero en cuenta cuántos días pagan los empleadores. Como se dijo anteriormente, el mínimo según la ley son 15 días de trabajo; no obstante, hay quienes gozan de prestaciones superiores a las de a ley. Solo en este caso, cabe la posibilidad de que sean más días pagados. Ahora bien, teniendo en cuenta lo anterior, hay que seguir estos pasos:

  1. Conocer a cuánto asciende el salario neto mensual
  2. Dividir la cantidad entre 30
  3. El resultado deberá multiplicare por 15

Si un trabajador gana 10 mil pesos al mes, ya descontando impuestos, es decir, que se trata de la cantidad neta que recibe por parte del empleador, la cifra deberá dividirse por 30 y tras ello, multiplicarse por los días de aguinaldo que se pagan por ley. Ese trabajador recibiría 5 mil pesos de aguinaldo, cantidad que es independiente al:

  • Salario mensual
  • Bonos extras de la empresa (caja de ahorro, bono de productividad, etc.)
Estos son los trabajadores que no recibirán aguinaldo este 2023 (Pixabay)
Estos son los trabajadores que no recibirán aguinaldo este 2023 (Pixabay)

Si por algún motivo el pago es menos o bien, no se recibe antes de la fecha establecida por la ley, la situación deberá reportarse ante la Procuraduría Federal de Defensa del Trabajo (Profedet) al 800 911 7877 y 800 717 29 42 en un horario de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas. Las denuncias pueden ser de manera anónima pero se pedirá dar la siguiente te información:

  • Nombre de la empresa para la que se trabaja
  • Fecha de ingreso a la misma
  • Dirección de la empresa
  • Giro
  • Motivo por el cual se realiza la denuncia

De ser posible, se recomienda conservar documentos que permitan confirmar que hay o hubo una relación laboral (para el caso de los que fueron despedidos o renunciaron9 tales como credencial de la empresa, contrato laboral, recibos de nómina o algún otro documento emitido por la empresa.

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