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El largo camino de una víctima de trata en Ushuaia: un municipio condenado y una reparación de más de $10 millones

Una mujer fue explotada durante 31 meses en prostíbulos habilitados por el propio municipio como clubes nocturnos. Casación confirmó que el organismo estatal y dos particulares deberán afrontar de forma conjunta el pago de la indemnización

El largo camino de una víctima de trata en Ushuaia: un municipio condenado y una reparación de más de $10 millones

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó una indemnización para una mujer que fue víctima de trata de personas con fines de explotación sexual en Ushuaia. El monto, fijado originalmente en $1.428.872,53 más intereses, supera actualmente los $10 millones.

La Sala II de Casación, integrada por los jueces Guillermo Yacobucci, Javier Carbajo y Mariano Borinsky, rechazó por mayoría el recurso presentado por la querella en representación de la víctima y confirmó la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tierra del Fuego, que había establecido la reparación económica.

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La mujer fue explotada sexualmente durante 31 meses, entre marzo de 2010 y octubre de 2012, en prostíbulos de Ushuaia que la Municipalidad había habilitado bajo la denominación de “clubes nocturnos”. Por esos hechos, tres personas fueron condenadas a penas de 8, 5 y 4 años de prisión, respectivamente. Esas condenas se encuentran firmes. La responsabilidad civil del municipio, en tanto, se fundó en la falta de servicio por no haber cumplido adecuadamente con el control de esos establecimientos.

La historia de la víctima

La mujer fue captada por primera vez en Córdoba durante la década del 90, cuando todavía era menor de edad. Sus padres la habían abandonado y ella estaba a cargo de su hermana, que entonces tenía 10 años.

En 2009 volvió a ser captada. Por entonces, estaba en pareja con un hombre que la sometía a distintas formas de violencia de género y a situaciones de extrema explotación. Además, la amenazaba con dejar de mantener a sus hijos si ella lo abandonaba. Sus captores aprovecharon ese contexto de vulnerabilidad para volver a someterla a la explotación sexual, esta vez en un prostíbulo, según relató la mujer ante la Defensoría General de la Nación.

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Fue rescatada durante un allanamiento realizado en 2012. Al recordar aquel operativo, contó que, cuando vio a los efectivos de Gendarmería por la ventana, pensó que habían llegado para detenerlas a ellas. “Tal era la distorsión de la realidad que teníamos. En ese momento no nos pensábamos víctimas, nos sentíamos como delincuentes”, relató.

El edicio de Comodoro Py, sede de la Justicia Federal

También recordó que el responsable del prostíbulo les había indicado cómo debían responder ante la llegada de la Policía: tenían que decir que eran amigas y que se habían reunido para tomar algo. Incluso les habían impuesto cambios en su forma de vestir. Debían sostener que estaban allí por voluntad propia y que nadie las obligaba a nada . “Me costó mucho empezar a verme como una víctima”, reconoció en oportunidad del juico.

“Yo nunca quise estar ahí. Vos no lo elegís, no es que decís ‘quiero hacer esto el resto de mis días’. Esa es una ficción que no existe, porque ninguna mujer que está ahí adentro y que realmente vive lo que es la noche puede quererlo”, enfatizó.

Cómo se calculó la indemnización

El Tribunal Oral Federal de Tierra del Fuego condenó a Pedro Eduardo Montoya, Ivana Claudia García y a la Municipalidad de Ushuaia a pagar, en forma solidaria, $1.428.872,53 en concepto de daños y perjuicios. La reparación se distribuyó en tres rubros: expectativa de retribución, daño moral y daño psicológico.

El primero, fijado en $507.272,53, corresponde a la expectativa de retribución: busca compensar los ingresos que la víctima debió haber percibido durante los 31 meses en los que fue explotada, entre marzo de 2010 y octubre de 2012.

El segundo rubro es el daño moral, establecido en $600.000, que contempla el sufrimiento padecido y el menoscabo a la dignidad de la mujer.

Por último, se reconocieron $321.600 por daño psicológico, destinados a cubrir el tratamiento recomendado por el Cuerpo Médico Forense, que contemplaba tres sesiones semanales. El cálculo se realizó en proporción al período durante el cual se extendió la explotación.

A esos montos se suman intereses a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina desde el 9 de octubre de 2012, cuando cesó la explotación, hasta el momento del efectivo pago. Por esa actualización, la indemnización supera actualmente los $10 millones.

El monto había sido revisado en dos oportunidades por la Sala II de Casación, en 2018 y 2023. En ambas ocasiones, el tribunal anuló las reparaciones fijadas por considerarlas insuficientes y ordenó dictar una nueva sentencia. Entre otras pautas, exigió que se contemplara la totalidad del período de victimización, de 31 meses, y que se explicara de manera detallada el cálculo de cada uno de los rubros indemnizatorios.

Los argumentos de los jueces

Al analizar el último recurso, Guillermo Yacobucci consideró que el tribunal oral había explicado de manera minuciosa los criterios utilizados para establecer cada rubro, había respetado las pautas fijadas por Casación y había aplicado el principio de reparación integral. A su entender, los cuestionamientos de la querella expresaban únicamente una discrepancia sin demostrar errores que justificaran modificarla.

Mariano Borinsky, quien en 2023 había votado a favor de anular la indemnización anterior, también rechazó el planteo. El juez señaló que la querella había solicitado la aplicación de la tasa activa en las etapas anteriores del proceso y que no había demostrado que ese mecanismo resultara insuficiente para preservar el valor de la indemnización. También sostuvo que el tribunal oral había contemplado la perspectiva de género al resolver y recordó que el Estado argentino tiene la obligación de garantizar a las víctimas de trata el acceso a una reparación efectiva.

En disidencia, Javier Carbajo consideró que la sentencia no estaba debidamente fundamentada y propuso hacer lugar al recurso de la querella.

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