Casación habilitó revisar una causa por presuntas maniobras para quedarse con bienes y una pensión de un ex policía

La decisión permite que otra sala del tribunal analice la investigación por supuestos artilugios vinculados con la venta de vehículos del fallecido y la presentación de un certificado de convivencia para obtener la paga

La Cámara de Casación habilitó revisar una causa vinculada a presuntas maniobras para disponer de bienes y obtener una pensión previsional tras la muerte de un ex integrante de la Policía Federal Argentina

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional habilitó este viernes la revisión de una causa penal vinculada a una disputa patrimonial y familiar tras la muerte de un ex integrante de la Policía Federal Argentina, en la que se investigan presuntas maniobras para disponer de bienes del fallecido y obtener de manera irregular una pensión.

La decisión fue adoptada por los jueces Gustavo Bruzzone y Pablo Jantus, quienes hicieron lugar a un recurso de queja presentado por la querellante María Josefa Saig -heredera universal de Giuliano Edgardo Tierro- y ordenaron conceder el recurso de casación contra una resolución de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional que había confirmado el sobreseimiento de tres imputados.

De este modo, el máximo tribunal penal porteño habilitó que otra sala de Casación analice si fue correcto cerrar la investigación contra Yanina Susana Scotti, Malvina Edith Córdoba y Walter Daniel García, acusados de participar en presuntas maniobras para disponer de bienes del causante y obtener una pensión previsional tras su fallecimiento.

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El expediente se originó luego de la muerte del ex oficial, ocurrida el 30 de marzo de 2022. Tras el fallecimiento, Saig -reconocida judicialmente como heredera- denunció que Scotti, quien había sido pareja del hombre, habría realizado distintas operaciones que afectaban el patrimonio sucesorio.

Según la imputación analizada en la causa, una de las maniobras atribuidas a Scotti consistió en la presunta disposición irregular de tres vehículos pertenecientes al fallecido: un Volkswagen Bora, una camioneta Ford Ranger y un Ford Falcon.

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, con votos de los jueces Gustavo Bruzzone y Pablo Jantus, habilitó revisar el sobreseimiento en una causa vinculada a presuntas maniobras sobre bienes y una pensión de un ex integrante de la Policía Federal Argentina

De acuerdo con la acusación, el Volkswagen Bora habría sido vendido en enero de 2022, cuando el ex policía aún estaba con vida, por un valor inferior al de mercado y sin contar con la documentación necesaria para formalizar la transferencia, como el formulario 08 firmado por el titular.

En el caso de la Ford Ranger, la querella señaló que Scotti habría ofrecido el bien en venta a través de la red social Facebook por un precio cercano a los 1,3 millones de pesos, aunque posteriormente la unidad habría sido transferida a un tercero por apenas 80.000 pesos.

El tercer auto, un Ford Falcon, se encuentra actualmente en poder de otra persona y no registra transferencia formal en los registros automotores.

Los tres bienes integran el patrimonio que forma parte del proceso sucesorio de Tierro, que tramita ante el Juzgado Nacional en lo Civil N°91. Según la tesis acusatoria, Scotti no habría informado esas operaciones en ese expediente civil.

Además de esas supuestas maniobras patrimoniales, la causa investiga otro hecho vinculado con la obtención de una pensión del agente federal fallecido.

De acuerdo con la denuncia, el 7 de mayo de 2022, Scotti habría presentado ante la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina un certificado de convivencia destinado a comprobar que había mantenido una relación con Tierro desde julio de 2020, en plena pandemia, hasta su muerte.

Ese documento fue emitido por una comisaría de Concepción de Tucumán y contó con la participación de Walter García y Malvina Córdoba como testigos del supuesto vínculo convivencial.

La querella sostiene que esa certificación contenía declaraciones falsas y que fue utilizada para intentar acceder al beneficio previsional. Sin embargo, el organismo a cargo finalmente rechazó el otorgamiento de la pensión tras considerar que el período de convivencia acreditado no alcanzaba el mínimo exigido por la normativa.

En primera instancia, el juez de la causa dispuso los sobreseimientos de los tres imputados. Esa decisión fue confirmada luego por la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional.

Los jueces de la alzada entendieron entonces que las conductas atribuidas no configuraban delitos. Y en relación con los vehículos, sostuvieron que el conflicto debía resolverse en el ámbito civil del proceso sucesorio, recordando que los autos siguen registrados a nombre del fallecido y que incluso se ordenó su secuestro para incorporarlos al acervo hereditario.

Respecto del certificado de convivencia, los camaristas advirtieron que no se pudo acreditar que Scotti y los testigos hubieran mentido sobre la relación con Tierro y que, además, la pensión finalmente no fue otorgada, lo que descartaría la existencia de un perjuicio concreto.

Frente a esa resolución, la querella intentó recurrir ante Casación, argumentando que los jueces habían incurrido en un error de derecho al descartar la posible configuración de delitos.

Según planteó, la existencia de un proceso sucesorio no excluye la eventual comisión de ilícitos vinculados con la administración o disposición del patrimonio del fallecido y, por lo tanto, la investigación penal debía seguir adelante.

La Cámara de Apelaciones porteña rechazó inicialmente el recurso tras evaluar que se trataba de una mera discrepancia con la valoración de la prueba ya realizada por dos instancias judiciales.

Ante esa negativa, la querella presentó un recurso de queja ante la Cámara Nacional de Casación. Ahora, al estudiar ese planteo, los jueces Bruzzone y Jantus concluyeron que correspondía admitirlo y habilitar la revisión del caso.

En su resolución explicaron que los agravios presentados por la querella encuadraban dentro de los motivos previstos por el Código Procesal Penal para el recurso de casación y que la decisión impugnada era una de las resoluciones que pueden ser revisadas por esa vía.

Por ese motivo resolvieron hacer lugar a la queja, conceder el recurso de casación y remitir el expediente a la Oficina Judicial del tribunal para que se designe la sala que deberá revisar el caso.

Esa sala será ahora la encargada de determinar si los sobreseimientos confirmados por la Cámara de Apelaciones deben mantenerse o si corresponde continuar con la investigación penal.

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