Cepyme valora un nuevo paso del reglamento europeo sobre morosidad pero lamenta su retraso

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Madrid, 23 abr (EFECOM).- La patronal de las pymes (Cepyme) valora que el Parlamento Europeo haya aprobado su posición sobre el proyecto de reglamento europeo contra la morosidad, pero lamenta la demora sufrida en la tramitación que ha impedido que su aprobación definitiva se produzca antes de las elecciones europeas.

En un comunicado, Cepyme se ha referido a la aprobación este martes en Estrasburgo de este proyecto de reglamento, que considera necesario porque es "fundamental una homogeneización de las regulaciones nacionales sobre morosidad para que las empresas puedan competir en igualdad de condiciones".

Para Cepyme, es urgente contar con una reglamentación clara y unificada a nivel europeo, que no discrimine a las empresas españolas frente a sus homólogas europeas.

Para ello, ha añadido, es fundamental que la norma tenga en cuenta la realidad de la empresa y que su aplicación tenga resultados eficientes en la práctica, reduciendo los plazos medios de pago, que ocasionan graves problemas de liquidez y de financiación a las pymes.

El pleno del Parlamento Europeo dio este martes su visto bueno a la normativa sobre morosidad, que fija en 30 días el plazo de pago de facturas tanto entre empresas como de la administración al sector privado, aunque introduciendo cierta flexibilidad.

Los eurodiputados, en particular, son partidarios de permitir que el periodo de pago se extienda a 60 días si así es acordado en el contrato entre ambas partes, según informó la Eurocámara en un comunicado.

También apuestan por permitir pagos hasta 120 días después del acuerdo para modelos de negocio "específicos" que requieren periodos más largos por razones de estacionalidad o disponibilidad de productos, entre los que citan la juguetería, la joyería o los equipos deportivos.

En casos de retraso en el pago, los eurodiputados propone establecer compensaciones de entre 50 y 150 euros por cada transacción, en función del valor de la misma, para cubrir los costes de recuperación del acreedor. EFECOM

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