200 euros de multa si pillan a tu hijo fumando: así son las sanciones de la nueva ley antitabaco

Por primera vez, será ilegal que los menores de edad fumen o consuman cualquier producto relacionado con el tabaco

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La norma prohíbe el uso de vapeadores y cigarrillos electrónicos. (Europa Press)

Que los menores de edad fumen ahora tendrá castigo. El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el proyecto de ley del tabaco, una nueva norma que, por primera vez, castigará el consumo de tabaco en menores de edad. Hasta ahora, la legislación prohibía la venta y suministro de estos productos a niños y adolescentes, pero la nueva reforma que propone el Ministerio de Sanidad va un paso más allá.

Los menores de edad tendrán prohibido no solo el consumo de tabaco, sino también cualquier otro producto con o sin nicotina que imite la acción de fumar o guarde relación con su consumo tradicional y social. El Gobierno se refiere así a artículos como los vapeadores, cigarrillos electrónicos, bolsas de nicotina, productos a base de hierbas para fumar o shishas, entre otros. Estos artículos son especialmente atractivos entre la juventud: la última encuesta ESTUDES certificó que casi la mitad de los adolescentes ha probado alguna vez los cigarrillos electrónicos. Su consumo mensual ha pasado del 14,9% en 2019 al 27,1% en 2025.

La nueva norma también actualiza el régimen de sanciones en relación con el tabaco. Para empezar, las multas por infracciones leves aumentan de precio: pasan de 30 a 200 euros, con un máximo de 600 euros. Pillar a un menor de edad fumando será una falta leve, castigada con una multa de 200 euros, que podrá ir incrementándose si se reincide. Al ser adolescentes, la sanción deberán pagarla los padres. Este castigo podrá compensarse con programas de trabajo a la comunidad.

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Multas de hasta 600.000 euros en la nueva ley del tabaco

Una mujer fuma en la calle en Londres el 16 de abril del 2024. (AP foto/Kin Cheung)

A la espera de que se publique el nuevo texto, el anteproyecto de ley difundido en 2025 ya apuntaba otras acciones que se considerarían infracciones leves, como fumar o consumir productos relacionados en lugares en los que esté prohibido, a excepción de las bolsas de nicotina. Esta falta será ahora más difícil de evitar, pues el proyecto de ley amplía los espacios sin humo, incluyendo terrazas, playas, instalaciones deportivas, parques nacionales y recintos abiertos donde se realicen espectáculos públicos, entre otros espacios.

Cuando se acumulen tres infracciones leves, la acción pasará a considerarse como infracción grave, castigada con entre 601 y 10.000 euros de multa. Vender tabaco y productos relacionados a menores o permitir a estos acceder a máquinas expendedoras también estaría entre estas faltas graves, según el anteproyecto.

Las infracciones muy graves mantienen, al igual que en 2005, sanciones de entre 10.001 y 600.000 euros. En este campo se recogerían las faltas respecto a la publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco y otros artículos relacionados, según el texto aprobado en 2025. El proyecto de ley actual prohíbe que los medios de comunicación y otros contenidos audiovisuales, incluidos los digitales, emitan programas, vídeos o imágenes donde los participantes aparezcan fumando, consumiendo o mostrando cualquier producto de tabaco o productos relacionados. Tampoco podrán mencionar marcas, nombres comerciales o mostrar logotipos y otros signos identificativos, ya sea de forma directa o indirecta.

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