Las profesiones de alto riesgo en España a las que se pueden unir los militares: lo son artistas o toreros pero no los policías y guardias civiles

El Ministerio de Defensa ha asegurado que inicia este miércoles los trámites para añadir a las Fuerzas Armadas

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En España, hay profesiones que permiten jubilarse antes de la edad habitual por ser trabajos duros, peligrosos o insalubres. La ley de la Seguridad Social marca quiénes pueden pedir esta jubilación anticipada y qué condiciones deben cumplir. Los militares están cerca de unirse a esta lista tras el anuncio del Ministerio de Defensa, que ha asegurado que este miércoles iniciará los trámites necesarios.

En la lista aparecen artistas, toreros o bomberos, pero no los policías nacionales ni los miembros de la Guardia Civil. Sí están, en cambio, otros cuerpos de seguridad locales y autonómicos. Las razones son diferentes para cada profesional, que se han ido añadiendo con el paso de los años y con distintas aprobaciones, como la que ahora afrontan las Fuerzas Armadas.

Las organizaciones de agentes de la Guardia Civil y la Policía Nacional demandan desde hace años que se les incluya en esta categoría. El asesinato de dos guardias civiles en Barbate en 2024 provocó una ola de indignación por no figurar todavía en esta lista. En los últimos meses han incrementado sus protestas, convirtiéndose esta demanda, junto a la denuncia de lo que consideran un bajo salario, su principal petición en comunicados y manifestaciones.

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Profesiones con jubilación anticipada

El Estado permite a ciertos trabajadores retirarse antes si han trabajado muchos años en empleos que suponen un riesgo para la salud, tienen una alta mortalidad o son trabajos de “naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre”. Para conseguirlo, deben haber estado dados de alta en la Seguridad Social y cumplir un tiempo mínimo en esa ocupación. Entre los grupos incluidos están los mineros, el personal de vuelo de trabajos aéreos o los trabajadores ferroviarios.

En el caso de los artistas, los cantantes, bailarines y trapecistas pueden jubilarse a los 60 años si suman al menos ocho años en la especialidad durante los 21 anteriores. El resto de artistas también puede hacerlo desde los 60 años, aunque con una reducción del 8% en la pensión por cada año que falte para la edad habitual. Los toreros pueden acceder a la jubilación a los 55 años si demuestran que han actuado en un número mínimo de festejos.

En el caso de los bomberos, el adelanto puede ser de hasta cinco o seis años, según los años cotizados, y siempre con un tipo de cotización adicional que pagan tanto el trabajador como la administración. También tienen derecho a adelantar su jubilación los agentes forestales y medioambientales de las administraciones públicas, siempre que cumplan los años de cotización exigidos y hayan trabajado en puestos de vigilancia, custodia o seguridad ambiental.

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Cuerpos policiales y otras exclusiones

La ley no reconoce este derecho a los policías nacionales ni a los miembros de la Guardia Civil. En cambio, sí lo permite para la Ertzaintza, la Policía Foral de Navarra, los Mossos d’Esquadra y las policías locales. En estos casos, pueden adelantar su jubilación aplicando un coeficiente reductor del 0,20 por año completo trabajado, siempre que tengan una cotización mínima, que va subiendo según el año.

Así, pueden retirarse cinco o seis años antes de lo normal si han trabajado suficiente tiempo en el cuerpo. Para todas estas profesiones, el tiempo de adelanto solo se cuenta para calcular la pensión y siempre es necesario que la persona esté dada de alta en la Seguridad Social en el momento de la jubilación. Además, se exige que se hayan hecho estudios previos sobre el riesgo y la penosidad del empleo antes de aprobar el beneficio.

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