Ignacio de la Calzada, abogado, explica todo lo que debes saber sobre el periodo de prueba: “Da derecho a paro”

La información difundida en redes sociales por profesionales del derecho se ha convertido en una herramienta clave para acercar el conocimiento legal a los trabajadores

Durante este tiempo, tanto el trabajador como la empresa pueden dar por finalizada la relación laboral sin necesidad de preaviso. (Composición fotográfica/Canva)

El periodo de prueba es una de las fases más habituales al iniciar un nuevo empleo, pero también una de las más confusas para muchos trabajadores. La falta de información y la complejidad de la normativa laboral hacen que, en numerosas ocasiones, las empresas apliquen este periodo de forma incorrecta o incluso abusiva.

Despidos sin explicación, trabajos no remunerados o falsas pruebas sin contrato siguen siendo prácticas frecuentes pese a estar prohibidas por la ley. Ignacio de la Calzada, abogado laboralista, ha aprovechado para comentar el tema en su cuenta de TikTok.

Así, ha podido explicar, de manera clara y accesible, cuáles son los derechos, pero también las obligaciones a tener en cuenta durante el periodo de prueba y qué situaciones deben considerarse directamente ilegales.

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Las claves a tener en cuenta

Tal y como señala el profesional, el periodo de prueba debe estar recogido en el convenio colectivo y especificado expresamente en el contrato de trabajo. Durante este tiempo, tanto el trabajador como la empresa pueden dar por finalizada la relación laboral sin necesidad de preaviso.

Esto implica que la empresa puede comunicar de un día para otro que el trabajador no continúe, sin que pueda descontar cantidades por una supuesta falta de preaviso, una práctica que el abogado asegura que sigue siendo común y que es ilegal.

El experto recuerda, además, que el periodo de prueba siempre debe estar remunerado y que el trabajador debe estar correctamente contratado y dado de alta desde el primer día. Cualquier otra fórmula, como trabajar “a prueba” sin contrato, constituye un fraude laboral.

La prestación de desempleo

En cuanto a la prestación por desempleo, el abogado aclara que no superar el periodo de prueba sí da derecho a cobrar el paro. Sin embargo, existe una excepción importante: si el trabajador dimitió voluntariamente de su empleo anterior y no han transcurrido más de tres meses antes del nuevo contrato, no tendrá derecho a percibir la prestación.

El vídeo también advierte de que no pueden establecerse dos periodos de prueba para el mismo puesto o tipo de trabajo. Además, si un trabajador se encuentra de baja médica y la empresa comunica que no ha superado el periodo de prueba, podría tratarse de un despido nulo, al existir un claro indicio de discriminación. Según explica, muchas empresas evitan justificar el motivo, lo que refuerza ese carácter discriminatorio.

Las trabajadoras embarazadas

Especial atención merecen las trabajadoras embarazadas. En estos casos, si la empresa no comunica una causa concreta para la no superación del periodo de prueba, la extinción del contrato puede considerarse nula, lo que permitiría reclamar y recuperar el puesto de trabajo.

Por último, el abogado recuerda que si el periodo de prueba excede los límites legales, también es ilegal y el contrato debe considerarse indefinido. El mensaje final es claro: conocer la normativa es fundamental para evitar engaños y defender los derechos laborales.

La información difundida en redes sociales por profesionales del derecho se ha convertido en una herramienta clave para acercar el conocimiento legal a los trabajadores. Como recuerda Ignacio de la Calzada, el periodo de prueba no es un “tiempo sin derechos”, sino una fase plenamente regulada y con garantías.

Conocer sus límites legales, las situaciones de posible discriminación y las consecuencias de una aplicación indebida puede marcar la diferencia entre aceptar un abuso o reclamar lo que corresponde por ley.

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