Un hombre mata a su inquilina y convive con el cadáver durante un mes: la Justicia le condena a 15 años de cárcel

El jurado popular declaró al acusado culpable de asesinato con alevosía y la Audiencia de Alicante le impone además una indemnización de 30.000 euros al hijo de la víctima

Sede de la Audiencia Provincial de Alicante (Europa Press)

La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a quince años de cárcel a un hombre declarado culpable de asesinar a su inquilina, una mujer de 66 años, en el domicilio que ambos compartían en el centro de la capital alicantina. Tras el crimen, ocurrido el 29 de agosto de 2023, el acusado convivió durante casi un mes con el cadáver de la víctima antes de confesar los hechos mediante una llamada al teléfono de emergencias de la Policía Nacional.

El fallo, hecho público este lunes, se fundamenta en el veredicto unánime de un jurado popular, que declaró al procesado culpable de asesinato con alevosía y con la atenuante de confesión, pero descartó la eximente de alteración psíquica. La sentencia incluye además el pago de 30.000 euros de indemnización al hijo de la fallecida y la imposición de cinco años de libertad vigilada una vez cumplida la pena de prisión.

Ataque súbito y desproporcionado

Según el relato de hechos probados, el acusado atacó a la víctima en el pasillo de la vivienda con un cuchillo de 15 centímetros de hoja y un martillo. Lo hizo por la espalda, de forma repentina y sin que la mujer tuviera opción de defenderse. Le asestó un total de 16 puñaladas en el tórax y la parte superior de la espalda, lo que provocó la muerte inmediata o en pocos minutos.

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El jurado consideró acreditada la alevosía, ya que el ataque fue súbito, inesperado y se produjo en un contexto de clara desigualdad física. El tribunal subraya que el procesado era plenamente consciente de sus actos, a pesar de estar diagnosticado de un trastorno de personalidad clúster B y esquizofrenia. Los magistrados sostienen que tenía intactas sus facultades intelectivas y volitivas, y por tanto podía distinguir entre el bien y el mal.

Sede de la Audiencia Provincial de Alicante (Europa Press)

El jurado, sin embargo, descartó la agravante de ensañamiento. No se pudo demostrar que la reiteración de las puñaladas tuviera como objetivo causar sufrimiento innecesario a la víctima, al no quedar probado cuál de las heridas fue determinante en el desenlace fatal.

Tras perpetrar el asesinato, el acusado ató el cuerpo de la mujer de pies y manos, lo arrastró hasta una habitación y lo ocultó envuelto en bolsas de basura y un edredón. Durante casi un mes permaneció en la vivienda con el cadáver, hasta que el 24 de septiembre de 2023 telefoneó al 091 y confesó lo ocurrido.

La confesión fue tenida en cuenta por el jurado como circunstancia atenuante, lo que ha rebajado la pena de prisión impuesta. Sin embargo, no impidió que se aplicara la condena por asesinato con alevosía, considerada la calificación más grave posible en este caso.

Indemnización e implicaciones legales

Además de la pena privativa de libertad de quince años, la sentencia obliga al procesado a indemnizar con 30.000 euros al hijo de la víctima en concepto de responsabilidad civil. También se establece que, una vez cumplida la condena de prisión, deberá someterse a un régimen de libertad vigilada durante un periodo de cinco años.

Noticias del día 23 de septiembre del 2025.

La resolución judicial todavía no es firme. Puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) en el plazo de diez días desde la notificación.

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