
El Gobierno de España planea modificar el actual sistema de pensiones con el objetivo de conseguir un modelo económico más sostenible y estable en el tiempo. La propuesta de Ejecutivo se centra en hacer frente a los desafíos que plantea el sistema actual, reestructurar las cotizaciones y conseguir así un aumento en las jubilaciones.
En concreto, la gran novedad se da en torno a la jubilación activa y las modificaciones que introduce el Real Decreto Ley 11/2024. Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social, ha compartido las reformas más relevantes que afectan a miles de contribuyentes en nuestro país.
La jubilación activa es aquella que deriva de la posibilidad de compatibilizar el percibo de parte de la pensión con la realización de un trabajo, ya sea por cuenta propia o ajena. Este tipo “retiro” permite al contribuyente trabajar a tiempo parcial o completo y, al mismo tiempo, cobrar parte de su pensión de retiro.
El experto, que comparte todo tipo de consejos en sus redes sociales para que los contribuyentes planeen de la mejor forma posible su jubilación, ha sido claro sobre los nuevos cambios. “La nueva normativa va a eliminar un requisito y no va a ser necesario tener largas carreras de cotización”, advierte.
Quiénes podrán acceder a la jubilación activa
“Hasta la aprobación del Real Decreto, solo podían acceder a esta modalidad de jubilación aquellos trabajadores que hubieran cotizado el tiempo suficiente para alcanzar el 100% de la jubilación” explica Muñoz. Sin embargo, tras la modificación ya no va a ser necesario contar con largas carreras de cotización.
“Van a poder acceder a la jubilación activa todos los pensionistas”, asegura el experto en pensiones. Además, con la modificación del sistema también se elimina el anterior obstáculo que suponía la incompatibilidad de percibir la jubilación activa y el complemento de demora. “El nuevo decreto va a permitir compatibilizar ambas cuestiones”, explica Muñoz.
Sobre qué porcentaje de la jubilación recibirán los pensionistas que decidan acceder a este modelo, Muñoz explica que “hasta ahora solo se podía percibir el 50% de la jubilación a partir del primer año de demora. Sin embargo, la nueva normativa va a establecer un sistema progresivo en el que cada año que el pensionista continúe con la actividad, irá aumentando ese porcentaje. Comenzará con un 45% al partir del primer año y podrá alcanzarse el 100% una vez que hayan pasado cinco o más años”.
Cabe recalcar que, aunque los pensionistas mantengan su actividad, también conservan la condición de pensionistas a efectos de las prestaciones médicas y farmacéuticas. “Solo se cotizará a efectos de incapacidad temporal, contingencias profesionales y un porcentaje de solidaridad del 9%. Eso sí, estas nuevas cotizaciones no mejorarán para nada la jubilación ya reconocida”, sentencia el experto.
Muñoz advierte también de que el sistema de pensiones seguirá afrontando modificaciones en los próximos años, y recomienda a los contribuyentes y futuros contribuyentes estar al tanto de los cambios para poder beneficiarse de las ventajas y, sobre todo, “planificar la jubilación sin cometer errores”. Para muchos, la edad a la que deciden jubilarse es importante, y de ella dependerá la futura pensión que se reciba.
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