
Seguramente hayas visto que muchos vehículos tienen instalados en la parte trasera un dispositivo para remolcar otros vehículos sin motor, como caravanas, o aumentar la capacidad de carga mediante cofres o portabicicletas.
Esa especie de ‘gancho’ se conoce como ‘bola de remolque’, en parte por su extremo esférico. Las bolas de remolque pueden ser fijas, retráctiles o desmontables, y todas deben cumplir con los mismos requisitos normativos si queremos evitar multas y circular de manera segura.
La aseguradora Reale Seguros explica en una publicación en su blog que la normativa específica sobre las bolas de remolque se detalla en el Reglamento General de Vehículos (Real Decreto 2822/1998) y el Manual de Reformas de Vehículos, que regula los pasos para su homologación de acuerdo con las normativas europeas. Entre los documentos necesarios destacan el certificado de montaje, emitido por un taller autorizado, y la Ficha Técnica Reducida. Además, la instalación debe ser validada por la Inspección Técnica de Vehículos (ITV).
Multas relacionadas con el uso indebido
Si circulas con la bola de remolque homologada no habrá ningún problema. En este caso, la policía no te puede multar por llevarla instalada aunque no lleves remolque. Ahora sí, circular con ella mal equipada o sin homologar puede acarrear multas tipificadas como graves o muy graves. Por ejemplo, si el enganche dificulta la lectura de la matrícula o no cumple los estándares de señalización e iluminación conlleva una multa de hasta 200 euros. Esta misma multa se impone para todos los elementos de seguridad no homologados, como cinturones de seguridad o sistemas de retención infantil.
Asimismo, si circulamos con la bola de remolque instalada pero sin homologar conllevará otros 200 euros de sanción. Esto quiere decir que, si se dan los dos supuestos, la multa puede ascender hasta los 400 euros.
Permisos de conducción según la masa del remolque
Cabe recordar que es necesario un tipo de permiso en función de la Masa Máxima Remolcable (MMR) de nuestro coche. El Real Automóvil Club de España apunta que este dato se encuentra en la ficha técnica del vehículo.
Esta información, que distingue entre MMR sin frenos (S/F) y con frenos (C/F), indica el peso máximo que el coche puede remolcar, incluyendo tanto el remolque como su carga. Si esta información no figura en la ficha, significa que el vehículo no está homologado para llevar remolque.
El cálculo de la MMR es realizado por el fabricante con el objetivo de garantizar un transporte seguro. Exceder este límite puede comprometer las capacidades del coche, con posibles riesgos para la seguridad. Además hay que recordar que, dependiendo de qué licencia de conducción tengamos, podremos llevar un tipo de remolque.
- Permiso B: válido para remolques de hasta 750 kg o conjuntos que no superen los 3.500 kg.
- Permiso B96: permite remolques de más de 750 kg en conjuntos de hasta 4.250 kg.
- Permiso B+E: necesario para conjuntos de hasta 7.000 kg, previo examen teórico y práctico.
Reale Seguros recuerda que la última actualización de la DGT introduce el requisito de un Control de Estabilidad de Remolque (CER), un sistema electrónico que supervisa la conexión correcta de los sistemas de iluminación y señalización. Este mecanismo busca mejorar la seguridad tanto del conductor como del resto de usuarios de la vía.
Por último, es importante notificar al seguro cualquier modificación del vehículo, como la instalación de una bola de remolque. En el caso de remolques ligeros (hasta 750 kg), estos pueden incluirse en el seguro del coche. Para remolques más pesados, las aseguradoras adelantan que se requiere una póliza específica.
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