La herencia que recibe el cónyuge viudo: una parte obligatoria y otra que varía

La situación puede cambiar en función del régimen económico del matrimonio, pero la pareja que sobrevive siempre tiene derecho al usufructo

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La pensión de viudedad corresponde con una pensión contributiva que otorga la Seguridad Social. (Freepik)
La pensión de viudedad corresponde con una pensión contributiva que otorga la Seguridad Social. (Freepik)

Las herencias son, muchas veces, motivo de discordia. Por norma general, los bienes y derechos de la persona causante se reparten entre sus herederos. Lo más habitual es seguir la partición dispuesta el testamento, pero cuando tal escrito no existe, los familiares tienen que recurrir a la legislación sucesoria. La pareja del difunto, si está legalmente casada, suele heredar parte de los bienes. Los problemas llegan cuando son varios los descendientes y ascendientes llamados a recibir la herencia. La falta de claridad y los intereses cruzados pueden generar conflictos legales entre el cónyuge viudo, los hijos y el resto de herederos. Las deudas, los impuestos sucesorios y las reclamaciones también están al orden del día.

Los usuarios se preguntan, en este contexto, cómo funciona el reparto de una herencia cuando chocan los intereses del cónyuge viudo y el resto de familiares de la persona causante. En primer lugar, para identificar los bienes que forman parte de la herencia, hace falta ver si el régimen económico del matrimonio era de gananciales o separación de bienes. El primero de los casos establece que cada uno de los miembros de la pareja tiene sus bienes personales en propiedad, también los que derivan del propio enlace matrimonial. El 50% que le corresponde al cónyuge fallecido será, por lo tanto, lo que constituya la herencia.

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El cónyuge viudo, en cualquier caso, tiene derecho al usufructo de la herencia, es decir, la parte legítima, que supone un tercio del total de los bienes y derechos que conforman el reparto. El porcentaje, no obstante, puede cambiar en función del número y el grado de los familiares que estén llamados a recibir el legado. El testamento también puede ser determinante para esclarecer los derechos de la persona viuda, de hecho, este documento puede mejorar la posición del cónyuge superviviente a través del tercio de libre disposición, siempre que el reparto no tenga repercusiones sobre la legítima de los herederos forzosos.

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¿Cómo se reparte la legítima entre el viudo y los hijos?

El usufructo al que tiene derecho el cónyuge viudo puede cambiar en función del número y la posición del resto de herederos. En primer lugar, cuando el fallecido tiene hijos y/o descendientes, la pareja superviviente puede recibir el usufructo del tercio de mejora. Cuando la persona causante no tiene descendientes, pero viven sus ascendientes —padres y/o abuelos— el cónyuge viudo tiene derecho al usufructo de la mitad de la herencia. En caso que concurrir sin hijos ni ascendientes, la pareja superviviente podrá exigir las dos terceras partes de la herencia.

Estas legítimas tienen que respetarse independientemente de lo que disponga el testamento, de hecho, también se aplican cuando el testamento no se ha emitido. Cuando reclaman la herencia el cónyuge viudo y los hijos —únicamente— de la persona causante, la pareja superviviente podrá exigir que le paguen el usufructo con la entrega de un capital en efectivo y un lote de bienes hereditarios. Los hijos del fallecido son los que deciden qué hacer, es decir, entregar el dinero o dejar en manos del cónyuge viudo los bienes hereditarios. La posibilidad de alcanzar un acuerdo y conmutar el derecho de usufructo vitalicio por una cantidad de dinero tampoco se puede pasar por alto.