Ganancias: qué pueden hacer los contribuyentes que son intimados por ARCA debido a “gastos inflados”

El fisco nacional detectó inconsistencias en los gastos informados de indumentaria por los trabajadores. Para los tributaristas, ahora se abren diferentes alternativas de pago. Cuáles son

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ARCA activó controles sobre deducciones de indumentaria y envió intimaciones a miles de empleados.

Miles de trabajadores recibieron intimaciones de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) por inconsistencias en las deducciones informadas en el Impuesto a las Ganancias del periodo fiscal 2025, con foco principal en los gastos de indumentaria que no tienen tope.

Ante esta situación, los contribuyentes ya no pueden modificar la declaración jurada presentada, pero sí cuentan con diferentes alternativas para abonar el monto reclamado por el fisco nacional.

Según pudo saber Infobae, ARCA activó este operativo después de analizar los datos declarados por empleados y cotejarlos con registros internos, con especial atención en los gastos de indumentaria, que pueden deducirse bajo ciertas condiciones y no tienen tope.

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Fuentes del organismo informaron a Infobae que la medida surgió de una acción de fiscalización, donde el cruce de información permitió detectar una cantidad de inconsistencias superior a la habitual. Por este motivo, el organismo envió notificaciones a través del domicilio fiscal electrónico, para que los contribuyentes revisen sus declaraciones y regularicen las diferencias de impuesto antes de avanzar con otras medidas de control.

Los gastos de indumentaria pueden deducirse sin tope, pero solo si son de uso laboral exclusivo.

Es que ahora, principios de junio, los contribuyentes no cuentan con la posibilidad de rectificar la declaración jurada de Ganancias, ya que la operatoria para informar deducciones y gastos en Ganancias tiene plazos y requisitos estrictos.

Noelia Girardi, gerente de impuestos de Lisicki, Litvin & Abelovich, explicó que el empleado dispone hasta el 31 de marzo para informar deducciones, gastos y cargas de familia, mientras que el empleador cuenta con plazo hasta el 30 de abril para hacer la liquidación anual del período anterior.

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Así, los empleados pueden informar mensualmente conceptos como gastos de prepaga médica o educación de sus cargas de familia, pero el sistema permite modificar la información tantas veces como deseen hasta el 31 de marzo. Una vez pasada esa fecha, ya no es posible modificar ni agregar deducciones. Girardi detalló que, si el empleado olvidó informar algún gasto o necesita corregir datos después de vencido el plazo, no puede hacerlo directamente.

En el escenario de que el contribuyente haya recibido una intimación por parte de ARCA por las deducciones que informó, Girardi afirmó que deberá generar un volante de pago y cancelar el monto reclamado a través de la página del organismo, utilizando su CUIT y clave fiscal. O puede discurtirle al fisco y demostrarle que son gastos necesarios para llevar adelante su actividad.

Durante el verano, el fisco envió notificaciones a empleados que informaron gastos por encima de valores considerados razonables. El objetivo fue permitir que corrigieran la información antes del cierre del plazo, especialmente para quienes no cargaron datos durante el año y utilizaron el primer trimestre de 2026 para hacerlo. Pero tras el vencimiento del plazo, ARCA intensificó el control y remitió intimaciones a los contribuyentes señalados por inconsistencias, con atención prioritaria en los gastos de indumentaria.

Opciones según metodo de pago

Pero Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, hay un abanico más amplio de opciones para los contribuyentes que hayan recibido una intimación de ARCA por las deducciones que aplicaron en el impuesto a las Ganancias. “El empleado ahora no tiene la posibilidad de rectificar y que el empleador haga la liquidación del impuesto sin esos gastos, eso era hasta el 31 de marzo. Ahora tiene dos opciones: puede generar un VEP e ingresar el impuesto que adeuda antes del 27 de julio o adherir al Régimen Simplificado de Ganancias o el régimen general”, comentó en conversación con Infobae.

El plazo para corregir deducciones en el Siradig venció el 31 de marzo y ahora los empleados pueden regularizar o discutir los montos reclamados.

La adhesión al RSG o al régimen general resulta conveniente para Dominguez en el caso de que el contribuyente quiere ingresar un plan de pagos para saldar la deuda que se le generó por la incorrecta aplicación de las deducciones. “Si quiere pagar de contado lo más fácil es el VEP, pero si quiere hacerlo en cuotas deberá inscribirse en el impuesto, presentar la declaración y pagar”, agregó.

“El recaudo que tiene que tomar es que el pago que haga si presenta la declaración jurada probablemente le genere anticipos a ingresar por 2026. Debe tomar la precaución de pedir la reducción de los anticipos a cero para no tener que ingresar y le genere saldo a favor. Y ademas de pedir la cancelación de la inscripción para no tener que presentar declaración jurada por 2026 si es que no lo va a hacer por el RSG por ejemplo”, comentó.

Sin embargo, Dominguez, apuntó a que ARCA podría hacer estos controles durante el año para que el empleado que supuestamente informa gastos que no corresponden rectifiquen y el empleador haga los cálculos antes de la liquidación final. “En algún momento ha mandado ARCA de forma general para tratar que los empleados rectifiquen hasta el 31 de marzo por el año anterior y el empleador contemple la declaración anual sin las deducciones que no corresponden”, comentó.

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