El Gobierno aseguró que luego del fin de la triangulación, las prepagas no aumentaron las cuotas

“Tras los cinco días que las empresas tienen para confirmar sus subas luego de la publicación del IPC, las entidades de medicina prepaga más importantes del país no aumentaron sus cuotas, por primera vez en años”, explicaron fuentes oficiales

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(Imagen Ilustrativa Infobae)

Este mes se concretó la eliminación de la intermediación entre obras sociales y empresas de medicina prepaga, lo que permitió que los aportes de los afiliados sean transferidos en su totalidad a las prestadoras, en el sector están terminando de definir un esquema de precios de sus cuotas.

En ese contexto, fuentes oficiales le aseguraron a Infobae que las empresas de medicina privada no aumentaron las cuotas de sus planes.

“Tras los cinco días que las empresas tienen para confirmar sus subas luego de la publicación del IPC, las entidades de medicina prepaga más importantes del país no aumentaron sus cuotas, por primera vez en años”, explicaron.

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Así, siempre según datos del Gobierno, algunas de las principales empresas de medicina privada, como OSDE, Swiss Medical, Omint, Galeno y Medifé, “ya confirmaron aumento cero para aquellos beneficiarios que, antes de la medida, triangulaban con una obra social”.

Con todo, como adelantó Infobae la semana pasada, hay algunas empresas que incluso aplicaron bajas en algunos de sus planes, sobre todo a los que involucran a clientes corporativos y los que derivaban aportes de las obras sociales. En esos casos, en promedio y según los casos, se registraron bajas de entre 2 y 3 por ciento.

La Resolución 1/2025 publicada el 31 de enero pasado estableció que unos 1,4 millones de afiliados a estas empresas podían comenzar a enviar de manera directa sus aportes a su Agente del Seguro de Salud. De esta manera, “se puso fin al negocio de la intermediación, una caja de más de 30 mil millones de pesos por mes”, de acuerdo a lo que explicaron desde fuentes del Gobierno.

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Esta semana, el Gobierno oficializó este lunes la medida que trae nuevos cambios en la reglamentación de las prepagas

“Es importante resaltar que las Obras Sociales ‘fantasma’ con las que los beneficiarios triangulaban para poder contar con los servicios de salud de una Prepaga se quedaba con entre el 3% y el 10% de los aportes de cada titular y ahora ese monto se transparenta y la empresa con la que cada beneficiario cuenta recibe el total de los aportes y contribuciones”, se explicó.

“De esta manera, el Ministerio de Salud de la Nación y la Superintendencia de Servicios de Salud terminaron con décadas de irregularidades y negociados en las triangulaciones entre Obras Sociales fantasmas y las Empresas de Medicina Prepaga, generando al beneficiario un ahorro y un mercado más transparente para que tenga la información disponible para elegir la prepaga u obra social que prefiera”, agregaron.

El Gobierno aseguró que el fin de la intermediación tuvo un doble impacto positivo, ya que “terminó con un negocio millonario de la casta” y permitió un ahorro para los beneficiarios.

“La desregulación del sistema impulsó la libre competencia entre las empresas. Ahora las prepagas compiten por mejores prestaciones y valores de cuotas más accesibles y los beneficiarios pueden elegir en libertad cuál es su mejor opción”, dijeron.

“Estamos reordenando el sistema de salud para, entre otras cosas, terminar con la asimetría de la información, luego de gobiernos que lo único que hicieron fue ponerle parches y hacer negocios con la salud de millones de argentinos”, cerraron desde Casa Rosada.

Aumentos diferenciales

A través del Decreto 102/2025, el Gobierno oficializó este lunes la medida que trae nuevos cambios en la reglamentación de las prepagas.

a resolución estableció que las empresas de medicina privada podrán actualizar las cuotas de sus planes en forma diferenciada, en lugar de aplicar un único porcentaje para todos sus afiliados, tal como viene ocurriendo en la actualidad.

Con el cambio en el artículo 17 del decreto N° 1993 de 2011, se estableció que “los sujetos comprendidos en el artículo 1º de la Ley N° 26.682 y sus modificaciones podrán establecer libremente los valores de las cuotas de los planes de salud ofrecidos durante toda la vigencia del contrato. El porcentaje de ajuste podrá variar según las características específicas de cada plan de salud que comercialicen”.

}Además, la medida agrega: “El valor de la cuota de la última franja etaria no podrá superar el triple del valor de la cuota de la primera franja etaria. Los planes de cobertura para la última franja etaria deben estar disponibles sin límites de edad máxima, ya sea para la admisibilidad de nuevos usuarios o la permanencia de los existentes”.

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