El Congreso de Costa Rica discute prohibición de celulares y tabletas en escuelas

La propuesta legislativa, respaldada por dictamen constitucional y entidades estatales, establece excepciones para su aplicación y responde a tendencias observadas en numerosos sistemas educativos internacionales, donde ya se regula el uso de tecnología por estudiantes

Congreso prohibe el uso de celulares en los colegios. (Foto: Composición)

Un proyecto de ley impulsado por la diputada independiente Cynthia Córdoba propone restringir el uso de celulares y tabletas en las aulas de preescolar, primaria y secundaria de Costa Rica, abarcando tanto centros educativos públicos como privados.

La iniciativa, ya incluida en el orden del día del plenario legislativo, tiene como objetivo limitar el uso no pedagógico de dispositivos electrónicos durante el horario escolar, incluidos los recreos, con el argumento de priorizar el proceso educativo y el bienestar estudiantil. El respaldo de la Procuraduría General de la República de Costa Rica asegura la constitucionalidad del proyecto y refuerza el interés superior de los menores como principio rector, según informó el diario costarricense La Nación.

De acuerdo con datos incluidos en el tercio final del artículo de La Nación, 37 estados de Estados Unidos y aproximadamente 40% de los sistemas educativos del mundo —entre los que se encuentran España, Finlandia, Francia, Italia, Países Bajos, el Reino Unido, Corea y Suecia— ya regulan el uso de dispositivos móviles en entornos escolares. Esta referencia comparativa aporta un matiz central para entender el alcance y la actualidad de la propuesta costarricense, que se enmarca en una tendencia global hacia el control de la tecnología en la educación.

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El análisis internacional revela que 37 estados de Estados Unidos ya han establecido regulaciones similares, junto con cerca del 40% de los sistemas educativos en el mundo. Entre los países que han implementado estas medidas se encuentran España, Finlandia, Francia, Italia, Países Bajos, el Reino Unido, Corea y Suecia. La experiencia internacional destaca el contexto global en el que Costa Rica presenta esta iniciativa, alineándola con prácticas existentes en otros sistemas educativos.

La Procuraduría General de Costa Rica, por encargo de la Asamblea Legislativa, evaluó la constitucionalidad del texto y concluyó que la “regulación persigue un fin legítimo”, indica la publicación del medio costarricense. (Foto: Archivo)

El proyecto abarca todas las etapas escolares y detalla excepciones para usos pedagógicos y casos de fuerza mayor

El expediente 25.153, presentado por Córdoba, estipula que la prohibición sería de acatamiento obligatorio en todos los centros educativos del país, tanto públicos como privados. Quedaría prohibido utilizar celulares y tabletas en horario de clases y durante los recreos, salvo cuando su uso tenga fines estrictamente pedagógicos. El texto precisa cuatro únicas excepciones: situaciones de peligro o fuerza mayor, atención a condiciones de salud, accesibilidad para estudiantes con discapacidad y autorización específica del docente para actividades de aprendizaje concretas.

Según el texto original citado por La Nación, el empleo pedagógico de estos dispositivos debe ser “planificado, definido y supervisado por el docente en actividades de aprendizaje concretas”. La iniciativa dispone, además, que el Ministerio de Educación Pública (MEP) deberá establecer un protocolo para coordinar la aplicación de la ley y las correspondientes excepciones. Todos los centros deberán colocar información visible sobre el protocolo en sus instalaciones.

La argumentación de la iniciativa recoge informes de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y la agencia de la ONU para la educación, Unesco, que documentan la relación entre el uso desproporcionado de dispositivos electrónicos y afectaciones al rendimiento académico, la concentración, la salud mental y la convivencia escolar. Este marco conceptual refuerza la pretensión de la ley de “ordenar el uso” de la tecnología en las aulas sin excluirla del sistema educativo.

El abogado del Estado, citado por La Nación, explicó: “La regulación propuesta responde a una problemática ampliamente documentada a nivel nacional e internacional, se alinea con tendencias comparadas y adopta un modelo normativo que no excluye la tecnología del sistema educativo, sino que ordena su uso con fines de protección del proceso pedagógico y del bienestar estudiantil”.

Un estudiante saca su teléfono celular de su mochila para guardarlo en el área designada para dejar teléfonos celulares en el aula, tras la entrada en vigor de una nueva ley que prohíbe el uso de teléfonos celulares, tabletas y relojes inteligentes en las escuelas de Santiago, Chile, el 4 de marzo de 2026. REUTERS/Pablo Sanhueza

La Procuraduría General de la República de Costa Rica, por encargo de la Asamblea Legislativa, evaluó la constitucionalidad del texto y concluyó que la “regulación persigue un fin legítimo” y emplea “medios razonables y excepciones que garantizan la proporcionalidad de la prohibición”. Además, el criterio jurídico subraya que “el uso de dispositivos electrónicos personales no es un derecho fundamental del estudiantado, por tanto, su prohibición no violenta a los menores”.

Costa Rica se alinea con una regulación internacional extensa sobre dispositivos electrónicos en aulas

Ante la inminencia de la votación definitiva en la Asamblea Legislativa, el proyecto recibe respaldo institucional y se integra en una tendencia internacional de regulación. La Nación destacó que cerca del 40% de los sistemas educativos en el mundo ya aplican limitaciones similares. Según el pronunciamiento oficial: “El acceso a la tecnología puede ser legítimamente regulado cuando concurran razones objetivas de interés público”, estableció la Procuraduría General de la República de Costa Rica.

La medida, sujeta al pronunciamiento jurídico definitivo y posterior votación, representa un cambio normativo en el marco educativo costarricense, encuadrado en prácticas internacionales y apoyado en estudios de organismos multilaterales.

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