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Habrá cobros adicionales a los que se excedan en el consumo de energía: la medida cambiará la factura desde septiembre

La decisión transitoria obligará a usuarios regulados a cumplir metas individuales durante seis meses, con ajustes automáticos únicamente si los registros previos de consumo lo permiten

La tarifa de la energía no subirá con la nueva medida de la Creg - crédito Colprensa

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) tomó una medida de ahorro energético que empezará el 1 de septiembre de 2026 con un programa transitorio de seis meses para que hogares y pequeños negocios reduzcan su consumo ante la llegada de la sequía generada por el fenómeno de El Niño. Desde esa fecha, los usuarios regulados tendrán una meta individual calculada con base en su historial de consumo de los últimos 12 meses.

Los que superen en más de 10% esa meta asumirán un cobro adicional solo sobre los kilovatios (kWh) excedentarios, mientras que los que reduzcan el consumo mensual en más de 10% podrán acceder a un saldo a favor en su factura al cierre del programa, aunque la primera factura será pedagógica y no tendrá cobros adicionales. La entidad expidió la Resolución CREG 101 120 de 2026 para crear el mecanismo y, mediante la Resolución CREG 101 126 de 2026, fijó su inicio para el 1 de septiembre de 2026. La duración inicial del programa será de seis meses.

Sobre la medida, la directora ejecutiva de la Creg, Adriana María Jiménez, justificó la decisión por el panorama climático previsto para el cierre del año.

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“Los pronósticos internacionales estiman una probabilidad de hasta el 81% de que el Niño alcance una intensidad muy fuerte entre octubre y diciembre de 2026, con menores aportes de agua a los embalses justo cuando la demanda de energía alcanza máximos históricos”, anotó.

El fenómeno de El Niño de 2026 sería uno de los más fuertes de las últimas tres decadas y afectaría el sistema eléctrico de Colombia - crédito Ministerio de Minas y Energía

Añadió que “actuar desde ya es la mejor forma de cuidar nuestras reservas hídricas”. También señaló que “ahorrar no es un castigo, es una invitación a que todos pongamos nuestro grano de energía” y “lo que ahorremos hoy nos ayudará a contar con la energía que necesitaremos mañana”.

Cómo operará el cobro adicional y el incentivo al ahorro

El programa parte de una meta individual por hogar o usuario y fija un umbral de tolerancia de 10%. Solo a partir de ese límite se activa el cobro adicional y únicamente sobre la energía que supere ese margen. La primera factura emitida después del 1 de septiembre tendrá carácter pedagógico e informativo. En ese primer ciclo no habrá cobros adicionales aunque el consumo supere la meta en más de 10%, pero el ahorro sí se contabilizará.

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Al respecto, la Creg aclaró que “la tarifa de energía no cambia por este programa”. También precisó que “este cobro es transitorio y propio del programa: no modifica la tarifa del servicio de energía ni forma parte de ella”.

Los recursos recaudados no ingresarán al patrimonio de las empresas. Ese dinero se destinará íntegramente a reconocer a quienes ahorren dentro de su mismo mercado.

Qué cifras definen cuándo se cobra y cuándo se reconoce ahorro

La regla práctica parte de la meta individual. Si un usuario tiene una meta de 100 kWh y consume 115 kWh, el cobro adicional recaerá sobre 5 kWh, según el tipo de usuario. Si ese mismo hogar consume 85 kWh, podrá acceder a un beneficio en su factura al cierre del programa, si los recursos recaudados lo permiten. El reconocimiento se liquidará al finalizar los seis meses.

La resolución también expone el caso de una meta de 180 kWh:

  • Menos del 90% equivale a 162 kWh y genera ahorro
  • Entre el 90% y el 110%, entre 162 y 198 kWh, no hay cobro ni beneficio.
  • Por encima del 110%, más de 198 kWh, solo se cobra el consumo que exceda ese punto.

Los porcentajes de 30%, 50% y 70% no se aplican sobre toda la factura. Se usan solo para calcular el cobro adicional sobre la energía consumida por encima del 110% de la meta en estratos uno, dos y tres; estratos cuatro, cinco y seis; y pequeños negocios, respectivamente.

Cómo se calcula la meta de consumo de cada usuario

La meta individual se define con base en el historial de consumo de los últimos doce meses. Para usar ese historial propio, se requieren ciclos completos facturados que en conjunto cubran por lo menos 180 días dentro del periodo de referencia.

Si el usuario no tiene información suficiente y tampoco acredita su meta en los términos previstos en la regulación, se le asignará una meta individual diaria de referencia. “Esa referencia corresponde a la mediana de las metas individuales diarias de usuarios de su misma categoría de comparación, al combinar categoría de usuario y tipo de área, urbana o rural, dentro del mercado correspondiente”, explicó la Creg.

Se añade en la norma un piso mínimo. La meta individual diaria nunca podrá quedar por debajo del consumo de subsistencia diario aplicable al usuario.

La entidad aclaró además que esa referencia no implica una cifra uniforme. “No es un promedio regional ni una cifra igual para todos; es el punto de partida de cada uno”, añadió. También descartó comparaciones entre regiones con condiciones distintas. Según explicó, “no es correcto afirmar que la regulación fija la meta de una casa de Santa Marta comparándolo con un usuario de una casa en Bogotá”.

Quiénes quedan por fuera y cómo se vigilará el programa

El beneficio económico no se entrega de forma automática por ahorrar más de 10%. El monto dependerá de los recursos efectivamente recaudados en la bolsa del mercado de comercialización al que pertenece cada usuario.

Cada comercializador conforma su propia bolsa por mercado de comercialización. “Al final del programa, el comercializador calculará el ahorro y la meta individual acumulada de cada usuario y distribuirá los recursos entre los beneficiarios en proporción a su índice de ahorro”, aclaró.

Por su parte, el saldo a favor se reconocerá en el periodo de facturación siguiente a la finalización del programa. Si ese valor supera la factura de ese mes, continuará en las facturas siguientes hasta agotar la bolsa.

La medida no aplicará a usuarios con medidor prepago o servicio suspendido, hospitales, colegios y organismos de emergencia y seguridad, entre otros. También quedarán por fuera los usuarios regulados ubicados en los municipios que la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd) identificó de manera oficial como afectados por el terremoto del 10 de agosto de 2026.

Abelardo de la Espriella, presidente de Colombia, busca soluciones a la crisis energética del país - crédito Fernando Vergara/AP

Los usuarios que dependan de equipos eléctricos por condiciones médicas podrán solicitar a su comercializador no hacer parte del programa. La resolución también señala que estaciones de policía, hospitales o colegios de cualquier parte del país no harán parte del esquema.

XM, operador del Sistema Interconectado Nacional y administrador del Mercado de Energía Mayorista, publicará tableros informativos sobre cómo avanza el ahorro en el consumo de energía en el país. La Creg, el Ministerio de Minas y Energía y la Superintedencia de Servicios Públicos harán seguimiento periódico al desempeño del mecanismo durante su vigencia.

Las facturas también cambiarán su contenido informativo. Cada usuario podrá consultar:

  • Meta individual.
  • Consumos excedentes o el ahorro reconocido.
  • Valor del cobro adicional o del saldo a favor.
  • Estimación de su ahorro acumulado.

Además, la factura incluirá el porcentaje de usuarios de su categoría con un ahorro menor o igual al suyo. El valor final del beneficio dependerá de cuánto logre reunir cada bolsa durante los seis meses del programa.

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