El candidato presidencial Iván Cepeda y su fórmula vicepresidencial Aida Quilcué recibieron en Bogotá una camiseta de la selección Colombia como gesto de respaldo de 32 barras y 18 colectivos de equipos del fútbol profesional colombiano.
En el acto, el aspirante del Pacto Histórico y la Alianza por la Vida planteó que ese símbolo “no le pertenece a nadie, nos pertenece a todas y a todos y por eso no podemos permitir que nos la roben”.
El encuentro se realizó el 5 de junio de 2026 en la cancha del Club Ferroviario de Puente Aranda, donde hinchas de diferentes equipos asistieron con la camiseta de la selección y entregaron una a Cepeda y Quilcué. La actividad se presentó como una señal de apoyo desde sectores juveniles vinculados al barrismo social.
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Ante los asistentes, Cepeda sostuvo que la prenda no debe usarse como bandera partidista y rechazó que alguien pretenda apropiarse de su significado: “Este no es un mero objeto mercantil, esto nos representa como nación, es un símbolo que nos une”.
Según lo expuesto en el evento, el respaldo de barras y colectivos se produce en medio de agendas de defensa de derechos de la juventud, equidad de género, inclusión, diversidad y paz, puntos que los organizadores asociaron con el proyecto político de la coalición.
En ese contexto, el candidato dijo que mantendrá su compromiso con el programa de barrismo social impulsado por el Gobierno nacional del presidente Gustavo Petro. También volvió sobre la idea de que la camiseta de la selección “pertenece a todo el pueblo colombiano”.
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Cepeda dirigió una mención directa al abogado y contendor, Abelardo De la Espriella y lo interpeló durante el acto: “Así que señor De la Espriella, vengo aquí hoy rodeado de la juventud, del barrismo social, de los grupos que están haciendo del deporte una verdadera actividad fundamental en el país a decirle: no sea ladrón, no se nos robe la camiseta a todas y todos nosotros”.
Juez le prohibió a Abelardo de la Espriella usar la camiseta de la selección Colombia
El Juzgado 120 Penal Municipal de Bogotá ordenó una prohibición inmediata sobre el uso de la camiseta de la selección Colombia en la campaña presidencial de Abelardo de la Espriella. La decisión judicial generó un impacto inmediato en el entorno político, al impedir que el candidato y su partido, Defensores de la Patria, empleen este símbolo en eventos públicos, redes sociales o cualquier material relacionado con la contienda electoral.
La resolución judicial sostiene que asociar símbolos nacionales con campañas políticas puede afectar derechos fundamentales. El juzgado destacó que estos emblemas, al ser utilizados en la esfera electoral, podrían vulnerar el derecho a la igualdad, la no discriminación y el derecho a elegir y ser elegido. Por ese motivo, la medida exige que el candidato y su movimiento se abstengan de inmediato de exhibir la camiseta oficial de la selección Colombia en cualquier instancia de su campaña.
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La medida se origina en la tutela presentada por Wilman Ramiro Bocanegra Calderón, que solicitó protección frente al posible uso indebido de símbolos deportivos como parte de la imagen y mensaje de la candidatura del abogado. El tribunal aceptó la acción y dictó una medida provisional que prohíbe la asociación de colores y emblemas de la Selección Colombia con la aspiración presidencial del abogado.
En términos legales, el documento enfatiza que la finalidad es resguardar derechos fundamentales, como lo explica el fallo:
“La finalidad es resguardar el derecho a la igualdad, la no discriminación y el derecho de elegir y ser elegido”. Además, la resolución establece una prohibición tajante: deben “cesar inmediata y definitivamente la utilización de la camiseta, colores o emblemas de la selección Colombia como símbolo identificador de su partido político, su campaña o su imagen personal en plaza pública o cualquier medio”.
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La decisión del juzgado deja en claro que tampoco se permite vincular la pertenencia nacional o deportiva a la adhesión a una candidatura, ni usar estos símbolos para estigmatizar o atacar a quienes piensan diferente. El tribunal precisa que la medida cautelar es válida siempre que se demuestre una afectación a un derecho o garantía fundamental constitucional, bajo los criterios de necesidad y urgencia.