Daniel Quintero podría salir de la Superintendencia de Salud: admiten demanda de nulidad contra su nombramiento

El caso quedó en manos del Consejo de Estado, que deberá evaluar si el acto de nombramiento cumple con los requisitos legales o si, por el contrario, procede su anulación mientras avanza el proceso judicial

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El Consejo de Estado decidió no suspender de forma provisional el nombramiento de Daniel Quintero como superintendente de Salud - crédito Colprensa

El Consejo de Estado negó la suspensión provisional del nombramiento de Daniel Quintero como superintendente Nacional de Salud, una decisión que le permite permanecer en el cargo mientras avanza el proceso de nulidad electoral que busca anular su designación.

Con esta determinación, el alto tribunal rechazó la medida cautelar solicitada por los demandantes, quienes pedían apartarlo de manera inmediata mientras se resolvía de fondo la legalidad del Decreto 433 del 23 de abril de 2026, mediante el cual el presidente de la República lo nombró oficialmente en el cargo.

En la práctica, la decisión mantiene vigente su designación y le permite seguir ejerciendo funciones de inspección, vigilancia y control sobre el sistema de salud, incluyendo la supervisión de la entrega de medicamentos y el seguimiento a la operación de EPS y hospitales. El proceso judicial continúa y será definido en una sentencia posterior.

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El propio Daniel Quintero ha señalado en su cuenta de X que la solicitud de medida cautelar fue promovida por el alcalde de Medellín, Federico Gutiérrez, y el representante a la Cámara Andrés Forero, quienes buscaban impedir su permanencia en un cargo clave del sistema de salud.

El Consejo de Estado negó la suspensión provisional del nombramiento de Daniel Quintero como superintendente de Salud, mientras avanza el proceso que define la legalidad de su designación - crédito @Horadelaverdad/X

Requisitos del cargo y formación académica

Uno de los principales argumentos de la demanda estaba relacionado con el cumplimiento de los requisitos académicos exigidos para el cargo. Los demandantes sostenían que Quintero no tenía formación en el área de la salud, lo que, a su juicio, lo inhabilitaba para ejercer el puesto.

Sin embargo, el Consejo de Estado precisó que la norma vigente no exige estudios específicos en salud, sino un título profesional en cualquier disciplina, posgrado y experiencia relacionada con las funciones del cargo.

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En el análisis preliminar, el} tribunal verificó que Quintero es ingeniero electrónico, tiene especialización en Finanzas, un MBA y matrícula profesional vigente. Con base en esto, concluyó de manera provisional que cumple con el requisito formal de formación académica.

El alto tribunal consideró, en una evaluación preliminar, que Quintero cumple los requisitos académicos y de experiencia exigidos para el cargo, al no encontrar elementos suficientes para apartarlo en esta etapa del proceso - crédito @Supersalud/X

Otro punto cuestionado fue la experiencia del funcionario. El Consejo de Estado revisó su trayectoria como alcalde de Medellín, viceministro de TIC, y su experiencia como asesor y directivo en el sector público y privado.

El tribunal consideró que varias de esas funciones pueden relacionarse con las competencias de la Superintendencia Nacional de Salud, especialmente en dirección administrativa, gestión institucional, control, formulación de políticas públicas y manejo de sistemas de información.

Con base en ese análisis preliminar, la Sala concluyó que no hay elementos suficientes en esta etapa del proceso para afirmar que Quintero carece de experiencia relacionada con el cargo. Esta valoración fue clave para negar la suspensión provisional.

Presuntas irregularidades y desviación de poder

La demanda también planteó supuestas irregularidades en el proceso de nombramiento, relacionadas con la omisión de documentos como antecedentes disciplinarios, fiscales y penales, así como evaluaciones de competencias.

El Consejo de Estado señaló que, aunque estos documentos deben ser remitidos a la Presidencia, no es claro que exista obligación de publicarlos junto con la hoja de vida, por lo que no encontró una irregularidad evidente que justificara la suspensión del acto.

También se alegó desviación de poder, argumentando que el nombramiento tendría fines distintos al interés público y que existían declaraciones del funcionario sobre el sistema de salud, además de procesos disciplinarios en su contra.

Sin embargo, el tribunal indicó que no hay pruebas suficientes en esta etapa para demostrar que el presidente actuó con fines distintos a los legales. Además, precisó que las declaraciones públicas no constituyen por sí solas evidencia de desviación de poder.

El expediente seguirá su curso en la jurisdicción contenciosa y será la sentencia final la que determine si el nombramiento de Daniel Quintero se mantiene o es anulado - crédito @Supersalud/X

Respecto a los procesos disciplinarios, el Consejo de Estado señaló que algunos no fueron debidamente acreditados y recordó que una sanción previa está suspendida mientras se revisa en sede judicial.

El proceso continúa

Con la negativa de la medida cautelar, el caso entra en etapa probatoria. Allí se recaudarán más pruebas para que el Consejo de Estado tome una decisión definitiva sobre la legalidad del nombramiento.

La sentencia final determinará si el Decreto 433 de 2026 es válido o si debe ser anulado, lo que implicaría la salida de Quintero del cargo.

Mientras tanto, el funcionario seguirá al frente de la Superintendencia Nacional de Salud, en medio de un proceso judicial abierto que mantiene el debate sobre los requisitos e idoneidad para ocupar una de las entidades más importantes del sistema de salud colombiano.