Se acabó la “zona gris” para vapear en Colombia: estos lugares podrían traerle fuertes multas

Con la aplicación de nuevas normas, vapear en espacios públicos, restaurantes, colegios o sistemas de transporte podría derivar en sanciones económicas de hasta $759.200

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La regulación del vapeo en Colombia prohíbe el uso de cigarrillos electrónicos en espacios públicos y lugares cerrados de acceso colectivo - crédito Colprensa

A diferencia de años anteriores, cuando los cigarrillos electrónicos se movían en una especie de zona gris regulatoria, hoy vapear en Colombia ya tiene límites mucho más claros. Quienes usan estos dispositivos en espacios públicos o lugares cerrados de acceso colectivo podrían exponerse no solo a llamados de atención, sino también a sanciones económicas contempladas en la normatividad vigente.

La discusión alrededor del vapeo tomó fuerza en colegios, universidades, restaurantes, estaciones de transporte y centros médicos, lugares donde durante los últimos meses se han intensificado campañas de control y pedagogía. Las autoridades insisten en que el uso de estos dispositivos dejó de ser un asunto de libre interpretación y ahora está sujeto a reglas específicas de convivencia y salud pública.

Las campañas pedagógicas sobre vapeo en Colombia se intensifican en colegios, universidades, estaciones de transporte y restaurantes para fortalecer el control y la prevención - crédito Jesús Avilés/Infobae

En ese contexto, la regulación que comenzó a aplicarse con más fuerza durante 2026 ha cambiado el panorama para miles de consumidores en el país. Lo que antes generaba dudas jurídicas hoy tiene restricciones concretas, especialmente en escenarios donde confluyen menores de edad, pacientes, trabajadores o grandes concentraciones de personas.

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El endurecimiento de estas medidas tiene como base la Ley 2354 de 2024, una norma que equiparó buena parte de las restricciones del cigarrillo convencional con las aplicables a vapeadores y cigarrillos electrónicos. Esto significa que muchos de los lugares donde históricamente estuvo prohibido fumar ahora también restringen el uso de estos dispositivos.

Entre los espacios donde no está permitido vapear aparecen instituciones educativas, clínicas, hospitales, oficinas públicas, escenarios deportivos, estaciones de transporte masivo, restaurantes y establecimientos cerrados de acceso común. La intención, según han explicado autoridades sanitarias, es reducir la exposición involuntaria de terceros a sustancias presentes en estos productos. El incumplimiento puede salir costoso. Dependiendo del tipo de conducta y del lugar donde se cometa la infracción, las sanciones económicas pueden alcanzar los 759.200 pesos, de acuerdo con disposiciones asociadas al Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.

La Ley 2354 de 2024 equipara en Colombia las restricciones de los cigarrillos convencionales a los dispositivos de vapeo a nivel nacional - crédiro Colprensa

Más allá de las multas, el debate de fondo está relacionado con el impacto que estos dispositivos pueden tener sobre la salud pública. Durante años, parte de la industria promovió los vapeadores como una alternativa menos nociva frente al tabaco tradicional. Sin embargo, la postura oficial de las autoridades sanitarias colombianas sigue siendo cautelosa. El Ministerio de Salud reitera que, hasta ahora, no existe evidencia concluyente que permita catalogar estos productos como completamente seguros. La preocupación se centra en la exposición a nicotina, aerosoles y otras sustancias químicas que podrían afectar el sistema respiratorio y cardiovascular.

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La regulación también comenzó a intervenir la manera en que estos productos se promocionan y venden. Uno de los cambios más importantes está relacionado con la publicidad dirigida a menores de edad, una práctica que ahora enfrenta mayores restricciones. Asimismo, varios establecimientos comerciales deben cumplir nuevas condiciones para exhibir estos productos, evitando estrategias visuales o promocionales que puedan incentivar el consumo en niños y adolescentes.

Otro cambio importante llegó desde 2025, cuando algunos productos de vapeo empezaron a incorporar advertencias sanitarias similares a las de los cigarrillos tradicionales. En empaques y dispositivos comenzaron a aparecer mensajes preventivos e imágenes orientadas a alertar sobre los riesgos del consumo. Las restricciones también alcanzan la comercialización. La venta a menores de 18 años está prohibida y los comercios que incumplan esta disposición podrían enfrentar sanciones administrativas, investigaciones o incluso cierres temporales.

Las sanciones económicas por incumplir la normativa del vapeo en Colombia pueden llegar hasta los 759.200 pesos, según el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana - crédito Miguel Gutiérrez/EFE

Uno de los focos de mayor preocupación está precisamente en la población joven. Datos analizados por entidades sanitarias muestran un crecimiento sostenido en el uso de vapeadores dentro de entornos escolares, impulsado en parte por sabores dulces, diseños llamativos y campañas digitales que durante años circularon sin mayores controles. La Organización Mundial de la Salud advirtió repetidamente sobre esta tendencia, especialmente por la capacidad adictiva de la nicotina y por la percepción equivocada de que estos dispositivos no representan riesgos.

En varias ciudades colombianas, las administraciones locales ya comenzaron a reforzar controles en sistemas de transporte, campus universitarios y zonas de alta circulación. Allí, además de operativos, se están desarrollando campañas pedagógicas para recordar que las restricciones no distinguen entre vapeadores recargables, desechables o dispositivos con diferentes concentraciones de nicotina.