A qué se expone el Gobierno Petro tras retirarse de la junta directiva del Banco de la República: el ministro de Hacienda podría ir a la cárcel

La Constitución Política ordena que el titular de la cartera económica forme parte obligatoria de la junta directiva del Banco de la República, por lo que su retiro podría implicar consecuencias graves como la pérdida del cargo

- crédito Banco de la República

El Gobierno colombiano, liderado por el presidente Gustavo Petro, anunció su retiro de la junta directiva del Banco de la República, luego de que la autoridad monetaria elevara la tasa de interés al 11,25% el 31 de marzo de 2026.

Así lo comunicó el ministro de Hacienda y Crédito Público, Germán Ávila, que calificó la medida como “irresponsable” y anunció públicamente que no asistirá a próximas sesiones de la junta directiva, aun cuando la Constitución exige su presencia.

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La decisión más reciente del Banco de la República eleva la tasa de referencia en 100 puntos básicos, pasando del 10,25 % al 11,25 %, un nivel que no se veía desde octubre de 2022, cuando la cifra alcanzó el 11%.

Germán Avila, ministro de Hacienda, anunció su retiro de la junta directiva del Banco de la República luego de que cuatro codirectores propusieron aumentar la tasa de interés en 100 puntos básicos - crédito Banco de la República

El abandono del Ejecutivo en la junta directiva constituye un movimiento sin precedentes en Colombia, pues no solo desafía la tradición institucional, sino que plantea interrogantes de orden jurídico en torno a la legalidad de esta decisión.

Juan José Echavarría, exgerente del Banco de la República, destacó ante Caracol Radio que nunca antes un ministro de Hacienda se había retirado de la junta directiva: “Muchos ministros se han molestado, muchos miembros de la junta se molestan en las discusiones, obviamente, pero nunca se había retirado ningún ministro de la junta”.

Consecuencias para el Gobierno Petro

La participación de la administración nacional en este organismo, lejos de ser discrecional, responde a una exigencia constitucional y legal cuyo incumplimiento podría derivar en sanciones de gravedad.

De acuerdo con el artículo 372 de la Constitución Política, la junta directiva debe contar obligatoriamente con siete miembros, incluyendo al ministro de Hacienda, quien además tiene asignada la presidencia de las sesiones por mandato de la Ley 31 de 1992 (norma que rige al Banco de la República).

Este diseño normativo tiene como finalidad asegurar la coordinación entre la política monetaria y la dirección económica general del gobierno, lo que impide que la asistencia del ministro sea suplida por decisión unilateral.

Tendrá a su cargo la dirección y ejecución de las funciones del banco y estará conformada por siete miembros, entre ellos el Ministro de Hacienda, quien la presidirá (...) los miembros de la junta directiva representarán exclusivamente el interés de la Nación”, señala la Carta Magna colombiana.

Procuraduría - crédito Procuraduría

Sin embargo, el abandono del ministro de Hacienda podría enfrentarlo a consecuencias de peso. Entre los posibles escenarios contemplados por Echavarría, la Procuraduría General de la Nación podría iniciar una investigación disciplinaria por falta gravísima ante la eventual omisión de sus funciones, lo que podría derivar en la destitución e inhabilidad general para ejercer cargos públicos (entre 10 y 20 años).

La eventual ausencia del ministro en la junta también habilita a cualquier ciudadano o entidad a presentar una acción de cumplimiento, una figura legal mediante la cual se exige judicialmente que un funcionario acate obligaciones normativas expresas. La responsabilidad funcional no es negociable ni transferible.

Leonardo Villar, gobernador del Banco Central de Colombia, y Germán Ávila, ministro colombiano de Hacienda y Crédito Público, llegan a una rueda de prensa en el Banco Central de Colombia en Bogotá, Colombia, 31 de marzo de 2025. REUTERS/Luisa González

Impacto jurídico

El impacto institucional de este retiro va más allá del plano jurídico.

Según lo estipulado en el Código Penal colombiano (Ley 599 de 2000), también contempla consecuencias cuando la inasistencia del Ministro de Hacienda a la Junta se utiliza para incidir en el funcionamiento autónomo del Banco de la República.

Según la ley colombiana, el delito de prevaricato por omisión se configura cuando un servidor público rehúsa, omite o retrasa un acto propio de sus funciones. Las consecuencias incluyen penas de prisión que oscilan entre 32 y 90 meses (2 a 7 años de cárcel), así como multas económicas y la pérdida del cargo público, de acuerdo con los parámetros legales vigentes.

Del mismo modo, cualquier ciudadano tiene la potestad de activar una acción de cumplimiento ante la jurisdicción administrativa, solicitando al juez que ordene al Ministro asistir a la Junta.

Si la orden judicial es ignorada, el funcionario incurrirá en desacato, lo que puede acarrear medidas como arresto por hasta seis meses y la imposición de multas sucesivas, de acuerdo con los procedimientos contemplados por el poder judicial.

El Congreso de Colombia afronta una renovación histórica con la salida de más de 50 congresistas en 2026 - crédito Prensa Cámara de Representantes

Impacto político

El Congreso de la República también puede intervenir mediante el mecanismo de moción de censura. Aunque esta no se clasifica como sanción judicial, conlleva consecuencias institucionales de gran alcance.

Si después del debate la moción se aprueba, el ministro de Hacienda debe ser retirado de su cargo de inmediato, lo que refuerza el carácter vinculante de las obligaciones constitucionales del funcionario ante el Poder Legislativo.

El Banco de la República advirtió que el aumento de deuda de corto plazo puede generar mayores presiones de liquidez en los próximos años- crédito Banco de la República/VisualesIa

Si bien la junta puede sesionar con el quórum restante, la ausencia de Ávila rompería el canal oficial de comunicación entre el Estado y el banco emisor, generando lo que podría considerarse una obstrucción a la función pública y comprometiendo la legitimidad de las decisiones estratégicas en materia económica.

Esto podría incluso ser calificado como un riesgo de prevaricato por omisión si se demuestra que la ausencia del titular del Ministerio impide la toma de decisiones clave, como la definición de metas de inflación o las intervenciones en el mercado cambiario.

Para Alberto Carrasquilla, exministro de Hacienda, existe una “dimensión jurídica bastante delicada” tras la decisión, ya que es obligatoria la presencia del ministro en la junta directiva.

“Es imposible que el Ministro de Hacienda pueda unilateralmente violentar una de sus obligaciones. Una de sus obligaciones importantes es presidir la junta del Banco de la República, está definido constitucionalmente que él la preside […] él no tiene las atribuciones para que si no le da la gana ir, no ir, o que si tiene un desacuerdo, entonces, simplemente no asiste”, detalló el exministro en Caracol Radio.

Por su parte, el abogado penalista Francisco Bernate le explicó a Infobae Colombia que las implicaciones legales comenzarían si en las próximas sesiones de la junta directiva del Banco de la República no esté presente.

“En el primer evento, en el de haberse retirado de la reunión y demás, pues es un evento que, a mi juicio, no acarrea por sí mismo una situación disciplinaria. Sin embargo, si esto se reitera y el ministro dice simplemente: ‘Me pueden citar las veces que quieran, que yo no voy a ir’, y el presidente no designa un ministro ad hoc, de manera que queda la junta directiva del Banco de la República en imposibilidad de sesionar, de funcionar, pues eso sí tendría una consecuencia disciplinaria para el ministro de Hacienda”, aclaró el jurista a este medio de comunicación.

Bernate también especificó que “eventualmente podría tener sanciones que llegan hasta la pérdida del empleo, cargo público e incluso la inhabilidad para ejercer cargos públicos, que en Colombia tiene un límite máximo de hasta veinte años de inhabilidad. Pero insisto, es un asunto disciplinario”.

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