La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) reactivó desde el 30 de marzo de 2026 el sistema de agendamiento para atención presencial y virtual, orientado a trámites tributarios y aduaneros. La iniciativa busca optimizar el acceso a servicios y ofrecer una atención más organizada y eficiente en las sedes físicas y mediante canales digitales.
El nuevo sistema permite reservar atención presencial en oficinas o acceder a servicios mediante video-atención, con la posibilidad de consultar horarios y disponibilidad actualizada para el mes en curso. De igual forma, explicó que el sistema de agendamiento responde a la necesidad de gestionar una alta demanda de servicios. Los usuarios pueden reservar las citas por medio del portal web oficial o comunicándose con el centro de contacto, el cual brinda orientación y confirma la fecha y oficina correspondientes.
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“A partir de hoy 30 de marzo, se reactiva el servicio de agendamiento para la gestión de trámites y servicios a través de los canales de atención presencial y de video atención”, informó la entidad que dirige Carlos Betancourt.
Cómo funciona el agendamiento de la Dian
El sistema de agendamiento se gestiona en el portal oficial de la Dian. Quienes ingresan al sitio web pueden seleccionar el tipo de servicio, oficina y modalidad, y recibir una confirmación oficial con los detalles de su cita.
Además, el centro de contacto (número (601) 489 9000) está disponible para resolver dudas y guiar sobre los trámites y servicios abiertos a la ciudadanía. El sistema permite observar la disponibilidad mensual de turnos y elegir la modalidad más conveniente para cada contribuyente.
Según la misma, “el sistema de agendamiento permite el registro de citas del mes en curso y muestra los servicios disponibles con su respectiva ciudad, fecha y oficina”.
Beneficios del sistema y recomendaciones clave
La entidad destacó que la reactivación del agendamiento ayuda a organizar el flujo de usuarios y a evitar congestiones en los puntos de atención física. El modelo “facilita el acceso de los usuarios a los servicios de la entidad garantizando una atención organizada, segura y eficiente”, señaló.
El sistema impulsa el uso de herramientas digitales, de modo que los trámites puedan hacerse con mayor previsión y sin aglomeraciones en los plazos límite. La entidad invitó a la ciudadanía a aprovechar estos canales, señalando: “La Dian agradece a los ciudadanos su comprensión e invita a utilizar estos canales para realizar sus trámites y consultas de manera oportuna”.
Asimismo, recomendó consultar de manera frecuente a página web para revisar el calendario tributario vigente y los plazos respectivos de cada trámite. Así, se busca evitar sanciones económicas derivadas de incumplimientos o demoras.
Cifras fundamentales para la declaración de renta 2026
Para el año gravable 2025, la declaración de renta 2026 será obligatoria para quienes tengan ingresos iguales o superiores a $73.323.600 o un patrimonio no inferior a $235.683.000 al 31 de diciembre de 2025, de acuerdo con la resolución 000238 de 2025.
Las cifras corresponden a 1.400 unidades de valor tributario (UVT), cuyo valor para 2026 fue fijado en $52.374, lo que representa un aumento del 5,17% respecto al año anterior.
La obligación de declarar afecta a quienes tengan ingresos mensuales promedio de $6.110.300 o más, mientras que quienes recibieron únicamente dos salarios mínimos mensuales –equivalentes a $1.623.500 en 2025– no deben presentar la declaración. El cálculo incluye salario, ingresos adicionales y patrimonio, así como propiedades, vehículos, inversiones y cuentas bancarias.
El calendario tributario oficial dispone que la declaración de renta para personas naturales debe efectuarse entre el 12 de agosto y el 26 de octubre, y para jurídicas, desde el 12 de mayo hasta el 23 de julio. Las fechas específicas varían según los dos últimos dígitos del NIT o la cédula.
La entidad recomienda planificar con antelación la entrega de documentos y consultar el calendario tributario actualizado en el portal oficial de la Dian.