El CNE confirmó la fecha para resolver si Iván Cepeda y Daniel Quintero podrán o no participar en la consulta interpartidista del 8 de marzo

La decisión se registrará tras una solicitud elevada por la Registraduría, la Procuraduría y la Contraloría, en medio del calendario electoral y luego del rechazo administrativo a la inscripción de Daniel Quintero, cuyo caso, al igual que el de Iván Cepeda, fue remitido al tribunal electoral para definición de fondo

El magistrado Cristian Quiroz, presidente del CNE, confirmó que la corporación analizará la habilitación de ambos precandidatos - crédito Colprensa

La Sala Plena del Consejo Nacional Electoral (CNE) analizará el miércoles 28 de enero una solicitud elevada de manera conjunta por la Registraduría Nacional del Estado Civil, la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República, relacionada con la eventual participación de Iván Cepeda y Daniel Quintero en la consulta interpartidista prevista para el próximo 8 de marzo.

Así lo confirmó el magistrado Cristian Quiroz, presidente del CNE, que señaló que la comunicación oficial fue recibida el domingo 25 de enero. La discusión se produce en medio de decisiones administrativas recientes sobre inscripciones de precandidaturas y a pocas semanas del cierre del calendario electoral para este mecanismo de participación.

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El magistrado explicó que la carta fue suscrita por las tres entidades de control y consulta al CNE sobre la habilitación de ambos aspirantes. “Recibimos la carta que viene firmada conjunta por la Registraduría, la Procuraduría y la Contraloría, haciendo la consulta sobre la participación de Iván Cepeda y del doctor Quintero”, afirmó Quiroz en entrevista con Blu Radio, al confirmar que el tema será abordado formalmente por la Sala Plena.

El presidente del CNE indicó que la discusión se realizará en la jornada de la mañana y que corresponde a la corporación examinar el alcance de la solicitud recibida. “Mañana está como primer punto del orden del día, la discusión de la sala sobre esa carta que nos hace llegar la Registraduría”, agregó, al precisar que el análisis se centrará en la posibilidad de participación de los mencionados precandidatos.

Trámite y competencias del Consejo Nacional Electoral

Los partidos del progresismo inscribieron ante la Registraduría la consulta presidencial interpartidista del Frente por la Vida para marzo de 2026-crédito Catalina Olaya/Lina Gasca/Cristian Bayona (Colprensa)

Durante la entrevista, Quiroz explicó que la actuación del CNE se enmarca dentro de las competencias que le asigna la Constitución y la ley. Según señaló, la solicitud recibida se refiere a la participación de Iván Cepeda y Daniel Quintero en la consulta, pero aclaró que la competencia formal del Consejo se activa cuando existe un mecanismo en particular.

La actividad o la competencia del Consejo Nacional Electoral se activa una vez exista una solicitud de revocatoria a alguno de los candidatos”, sostuvo el magistrado, añadiendo que, luego de ser inscrita la consulta del denominado Frente por la Vida, en los próximos días estarían llegando formalmente las solicitudes correspondientes para su análisis.

Quiroz indicó que el CNE tiene la obligación de actuar con prontitud, dada la cercanía de las fechas del proceso electoral. “El Consejo Nacional Electoral, dentro de las competencias, tiene una obligación y es la celeridad con este tema”, afirmó, al señalar que uno de los factores determinantes es la necesidad de definir oportunamente los nombres que aparecerán en los tarjetones.

En ese sentido, explicó que la coordinación con la Registraduría resulta clave para cumplir con los tiempos establecidos. “Necesitamos definir ya las personas que pueden o no participar en el tarjetón”, dijo, al tiempo que aseguró que la corporación tiene la responsabilidad de pronunciarse antes del 7 u 8 de febrero sobre las eventuales revocatorias relacionadas con estas inscripciones.

Decisión de la Registraduría sobre Daniel Quintero e Iván Cepeda

El organismo electoral señaló que corresponde al CNE definir la participación de los inscritos en la consulta - crédito Montaje Infobae

Entre tanto, el mismo martes 27 de enero, la Registraduría Nacional del Estado Civil rechazó la inscripción de Daniel Quintero como precandidato a la consulta presidencial del 8 de marzo del Frente por la Vida.

La decisión quedó consignada en la Resolución 889 del 27 de enero de 2026, en la que la Registraduría advirtió que “aceptar la inscripción de una precandidatura de un ciudadano que participó en una consulta en la que fue derrotado y, además, pretende hacerlo por una agrupación política diferente, es contrario a la Constitución y a la ley”.

En el mismo acto administrativo, el órgano electoral remitió el caso al Consejo Nacional Electoral para que sea esta corporación la que se pronuncie de fondo sobre los candidatos inscritos en la consulta de los movimientos progresistas. La Registraduría sostuvo que dicha competencia corresponde al CNE, de conformidad con el artículo 265 de la Constitución Política y la Ley 1475 de 2011.

El CNE deberá pronunciarse antes de la impresión de los tarjetones electorales - crédito Luisa González/REUTERS

El documento explicó que, a juicio de la entidad, Daniel Quintero quedó inhabilitado tras su participación en la consulta del Pacto Histórico realizada el 26 de octubre, lo que impediría una nueva postulación en una consulta distinta y por una agrupación política diferente.

La Registraduría también recordó que el viernes 6 de febrero vence el término para la postulación de precandidatos ante la entidad, fecha en la que se espera la conformación definitiva de las candidaturas que participarán en este proceso.

En el caso de Iván Cepeda, la entidad indicó que su inscripción igualmente fue remitida al CNE. Según explicó, el proceso electoral de octubre en el que participó corresponde a una consulta interpartidista y no a una elección interna, por lo que será el Consejo Nacional Electoral el encargado de determinar si se encuentra habilitado o no para participar en la consulta del 8 de marzo.

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