Cuotas de administración y vivienda VIS: el Gobierno aclara si las cuotas subirán con el salario mínimo

Desde el Ministerio de Vivienda explicó por qué estos cobros no deben aumentar de forma automática y qué derechos tienen los compradores y copropietarios

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El Gobierno aseguró que las cuotas de administración no están indexadas al salario mínimo y deben definirse según el presupuesto de cada copropiedad - crédito iStock

El incremento del salario mínimo para 2025, fijado en un 23,7%, ha encendido las alertas entre millones de colombianos por su posible impacto en el costo de vida, especialmente en el sector vivienda.

El temor se concentra tanto en el precio de los inmuebles de interés social como en el valor de las cuotas de administración que pagan quienes viven en propiedad horizontal. No obstante, desde el Ministerio de Vivienda aseguran que este aumento no puede trasladarse de forma automática a estos cobros.

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Así lo afirmó la viceministra de Vivienda, Aydeé Marsiglia Bello, en entrevista con Blu Radio, donde explicó que el salario mínimo es solo uno de los múltiples factores que influyen en los costos de construcción y administración, y que su incremento no puede convertirse en una justificación generalizada para elevar precios en perjuicio de los consumidores.

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Cuotas de administración: no están indexadas al salario mínimo

La viceministra de Vivienda, Aydeé Marsiglia, explicó que el aumento del salario mínimo no se traslada automáticamente al precio de la vivienda - crédito Freepik

Uno de los temas que más inquietud genera entre los hogares es el aumento de las cuotas de administración en edificios y conjuntos residenciales. Al respecto, la viceministra fue enfática en señalar que estas cuotas no están atadas legalmente al salario mínimo y que su ajuste debe responder exclusivamente al presupuesto real de cada copropiedad.

“Las cuotas de administración dependen de los costos que tenga el edificio o conjunto: salarios del personal, servicios públicos, insumos, mantenimiento y otros gastos operativos. No existe una obligación de subirlas en el mismo porcentaje del salario mínimo”, explicó Marsiglia.

La funcionaria recordó que la definición del aumento corresponde a la asamblea de copropietarios, que es una instancia autónoma. Además, aclaró que factores como el tamaño del conjunto y el número de viviendas influyen en la distribución de los costos.

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“No es lo mismo un edificio de 20 apartamentos que un conjunto de 800. La forma de repartir los gastos cambia y eso incide en el valor final de la cuota”, señaló.

El impacto del salario mínimo en el precio de la vivienda

Las asambleas de copropietarios son las encargadas de aprobar los incrementos en las cuotas de administración, según recordó el Ministerio de Viviendas - crédito Freepik

Durante la entrevista, Marsiglia también abordó el debate sobre el impacto del aumento del salario mínimo en el precio de la vivienda, especialmente en la Vivienda de Interés Social (VIS). Según explicó, aunque la mano de obra sí tiene incidencia en los costos, representa cerca del 20% del total de la construcción.

“El resto corresponde a insumos, materiales, transporte y otros factores. Los indicadores muestran que el aumento promedio en costos de construcción está alrededor del 9,5 %, no del 23%”, afirmó. Por ello, consideró un error atribuir al salario mínimo un aumento desproporcionado en el valor de los inmuebles.

Desde el Ministerio insisten en que los precios deben responder a presupuestos técnicos y justificados, y no a una simple indexación automática al salario mínimo. “El consumidor tiene derecho a saber cuánto le va a costar su vivienda desde el inicio”, agregó la viceministra.

Pactar precios en salarios mínimos: una práctica ilegal

El Ministerio de Vivienda advirtió que pactar viviendas de interés social en salarios mínimos es una práctica ilegal que puede ser sancionada- Crédito: Freepik

Otro punto clave de la entrevista fue la advertencia sobre una práctica que el Gobierno considera ilegal: pactar el precio de la vivienda VIS en salarios mínimos y no en pesos. Marsiglia explicó que la ley solo establece topes máximos en salarios mínimos para definir qué es vivienda de interés social, pero no autoriza que el precio de venta se fije bajo esa unidad.

Esta modalidad, advirtió, ha generado abusos contra los compradores, como incrementos inesperados o exigencias de firmar otrosíes bajo amenaza de perder el inmueble y pagar cláusulas penales.

Frente a estos casos, recordó que los ciudadanos pueden acudir a la Superintendencia de Industria y Comercio, que tiene facultades para investigar y sancionar prácticas contrarias al Estatuto del Consumidor.

Finalmente, la viceministra hizo un llamado a constructores, administradores y copropietarios a actuar con transparencia y responsabilidad. “El aumento del salario mínimo busca mejorar el poder adquisitivo de las familias, no convertirse en una excusa para elevar precios sin justificación”, concluyó.

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