La mañana del jueves 4 de diciembre de 2025 se conoció que el general retirado Rodolfo Palomino, exdirector de la Policía Nacional de Colombia y condenado en primera instancia a siete años y un día de prisión por el delito de tráfico de influencias de servidor público, busca quedar en libertad de nuevo.
Ante esta situación, su defensa ha presentado una acción de tutela en busca de obtener la libertad inmediata del oficial (r) mientras se resuelven todas las instancias judiciales y se determina si la condena quedará en firme.
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Así lo reveló un informe especial que conoció la emisora La FM en el que se indicó que se interpuso un recurso legal por parte del abogado defensor de Palomino.
Con dicho documento se busca que al general (r) Palomino se le reconozca el derecho a permanecer en libertad hasta tanto no exista una sentencia definitiva luego de que el 24 de noviembre de 2025 se conoció el fallo de la Sala Especial de la Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, y en que se especificó que el entonces alto oficial en servicio habría usado su puesto y poder institucional con el fin de alterar la indagación penal que tenía como protagonista al empresario Luis Gonzalo Gallo Restrepo.
Gallo Restrepo a su vez fue procesado por presuntos delitos relacionados con despojo de tierras.
El texto de la tutela al que tuvo acceso el mismo medio local reseña que el momento de la entrega de Palomino a las autoridades.
“Ante la presencia de funcionarios del C.T.I. en la residencia del procesado el día 23 de noviembre del año en curso, lo que habría tenido como propósito materializar la captura del accionante, Palomino López, el 24 de noviembre pasado, una vez regresó de un viaje, este se puso a disposición de la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia y se entregó al personal del CTI. Se dice que, en consecuencia, ese día, se materializó su captura por cuenta de la condena emitida bajo el radicado 50986”.
La defensa del general (r) ha cuestionado algunas de las conclusiones de la Sala Especial de la Corte y se ha apoyado en los argumentos del magistrado Jorge Emilio Caldas Vera que, aunque fue ponente de la condena, emitió un salvamento parcial de voto.
El magistrado Caldas expuso dudas respecto a la legalidad de la captura inmediata dispuesta por la mayoría de la Sala.
“Esa decisión judicial de captura y privación de la libertad incurrió en defecto sustancial (…) porque excluyó el derecho a la libertad, el debido proceso, distorsionó el concepto de captura frente a la sentencia condenatoria en firme, confundiéndolo con una orden de captura preventiva”, puntualiza el documento que consultó la emisora local.
Uno de los puntos centrales de la defensa es que, a juicio del abogado Isnardo Gómez, la conducta de Palomino durante todo el proceso ha sido ejemplar, dado que acudió de manera puntual a todas las citaciones de la Corte Suprema de Justicia.
Además, Gómez recordó que en la audiencia del 22 de julio de 2025, cuando se comunicó el sentido del fallo condenatorio, la Sala dispuso que Palomino debería permanecer en libertad hasta que se emitiera la sentencia completa y se citó para la fecha de lectura de la providencia.
La situación está ahora en manos de la Sala Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, que tendrá que decidir sobre la tutela.
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La Corte Suprema de Justicia y su decisión en primera instancia: la condena al general (r) Rodolfo Palomino
En este sentido, la Corte ha reiterado el procedimiento aplicable: “Las acciones de tutela dirigidas contra la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a la misma Corporación y se resolverá por la Sala de Decisión, Sección o Subsección que corresponda de conformidad con el reglamento (…)”.
La principal prueba que sustentó la condena en contra del general en retiro fue una grabación hecha por Sonia Lucero Velásquez.
En este registro quedó documentado el momento en que Palomino presionó a la fiscal para que suspendiera la orden de captura contra Gallo Restrepo, añadió el informe del medio desde Bogotá.
La Corte Suprema detalló que en la reunión del 8 de febrero de 2014, el entonces director de la Policía Nacional “invocó la importancia social del empresario y sus vínculos con altos dirigentes como el expresidente Andrés Pastrana y el presidente del Banco Mundial para justificar su intervención”.
La sentencia fue contundente al considerar que la actuación de Palomino constituyó “una grave lesión al bien jurídico (…) pues en ejercicio de su función atentó contra el Estado que representaba y causó así una defraudación a la administración pública y en especial a la confianza de la funcionaria judicial indebidamente influenciada, quien nunca esperó una injerencia del procesado en asuntos de su competencia y mucho menos como máximo dirigente de la Policía Nacional”.
Los magistrados también establecieron que el exdirector de la Policía actuó a sabiendas de que su proceder era ilegal.
Por último, y a la espera de que se determina con la acción legal interpuesta por su abogado, el general (r) Rodolfo Palomino permanece recluido en la Escuela de Postgrados de Policía Miguel Antonio Lleras Pizarro, ubicada en el Centro de Estudios Superiores de la Policía Nacional (Cespo), ubicada en la localidad de Suba, noroccidente de Bogotá.
Su futuro jurídico dependerá ahora del resultado de la tutela presentada ante la Corte Suprema.