Cuándo debe un inquilino notificar el fin del contrato de arrendamiento: conozca si debe pagar indemnización

Los problemas de pago de servicios y los derechos no respetados por parte del arrendador son motivos legales claves

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La indemnización equivale a tres meses de alquiler según renta vigente - crédito Colprensa

Son varios los escenarios en los que un arrendatario puede terminar un contrato, antes de lo acordado con el arrendador. El Ministerio de Justicia explicó paso a paso cómo se debe proceder.

“Esperanza arrendó un apartamento por seis meses; sin embargo, un mes después, por cuestiones de trabajo fue trasladada a otra ciudad, razón por la cual quiere entregar el inmueble que arrendó antes de cumplir el término pactado en el contrato sin tener inconvenientes con el arrendador, pero no sabe qué debe hacer”, expuso la cartera para explicar el proceso a seguir.

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En este caso, o en similares, la entidad indicó que el arrendatario podrá dar por terminado unilateralmente, es decir, por decisión propia, el contrato de arrendamiento dentro del término inicial o durante sus prórrogas, dando previo aviso al arrendador.

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Sin embargo, es crucial seguir un proceso específico para evitar complicaciones legales. Según la entidad, el arrendatario debe notificar al arrendador o a su representante legal con al menos tres meses de anticipación. Esa comunicación debe realizarse por escrito y puede enviarse a través de un servicio postal o de mensajería autorizada. En la notificación se debe especificar la fecha de finalización del contrato y, si corresponde, la intención de pagar la indemnización correspondiente.

El siguiente paso es realizar un depósito a favor del arrendador, bajo la supervisión de la autoridad competente, que en ese caso son las alcaldías municipales y distritales las encargadas de la inspección, control y vigilancia en materia de arrendamiento.

Tenga presente que la indemnización debe calcularse con base en la renta vigente al momento del preaviso y debe equivaler a tres meses de alquiler. Ese depósito se efectúa en entidades autorizadas por el Gobierno nacional, como el Banco Agrario de Colombia.

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El arrendatario debe notificar al arrendador tres meses antes de finalizar - crédito Secretaría de Hábitat

Una vez cumplidos los requisitos, el arrendador está obligado a recibir el inmueble. Si el arrendador se niega, el arrendatario tiene la opción de entregar el inmueble de manera provisional con la intervención de la autoridad competente, que será designada o ejercida por las alcaldías municipales.

Para el Ministerio de Justicia, dicho procedimiento asegura que tanto arrendadores como arrendatarios cumplan con sus obligaciones contractuales y legales, evitando así posibles conflictos. Por eso, es relevante que los arrendatarios conozcan y sigan los pasos para proteger sus derechos y cumplir con las normativas vigentes en el país.

¿Cuándo se paga indemnización?

Cuando la terminación se deba a alguna de las siguientes causales, el arrendatario no deberá pagar indemnización ni cumplir con el previo aviso:

  • La suspensión de la prestación de los servicios públicos al inmueble, por acción premeditada del arrendador o porque incurra en mora en pagos que estuvieren a su cargo. En esos casos el arrendatario podrá optar por asumir el costo del restablecimiento del servicio y descontarlo de los pagos que le corresponda hacer como arrendatario.
  • La incursión reiterada del arrendador en procederes que afecten gravemente el disfrute cabal por el arrendatario del inmueble arrendado, debidamente comprobada ante la autoridad policiva.
  • El desconocimiento por parte del arrendador de derechos reconocidos al arrendatario por la ley o contractualmente.
Causales como suspensión de servicios eximen del pago de indemnización - crédito iStock
  • Al momento de efectuar la consignación se dejará constancia de las causas de la misma como también el nombre y dirección precisa del arrendatario o su representante.
  • En caso de que el arrendador no reciba el inmueble, el arrendatario tendrá derecho a que se le devuelva la indemnización consignada.
  • En caso de que se quiera dar por terminado el contrato de arrendamiento a la fecha de vencimiento del término inicial o de sus prórrogas, se debe dar aviso escrito al arrendador con una antelación no menor de tres meses a la fecha de vencimiento.

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