Motociclista pidió ayuda al gremio porque la Policía lo detuvo con material pesado: “El señor me dice que no puedo transitar con esto”

Según explicó, transportaba “tan solo” algunas boquilleras que, por lo general, miden tres metros de largo

Guardar

Nuevo

Las dimensiones de carga superan ampliamente las de su vehículo - crédito @colombiaoscura_ / Instagram
Las dimensiones de carga superan ampliamente las de su vehículo - crédito @colombiaoscura_ / Instagram

En ridículo habría quedado el conductor de una motocicleta, tras su intento por “exponer” a dos agentes de tránsito que lo detuvieron en Bogotá, mientras transportaba vigas de metal en la parte trasera de su vehículo.

Al ser requerido por las autoridades, el infractor creyó que lograría salvarse de ser multado amenazando a ambos agentes con grabarlos y subir el video a redes, para solicitar ayuda del gremio motero, ignorando por completo que estaba cometiendo una infracción.

Ahora puede seguirnos en nuestro WhatsApp Channel.

“Buenos días, muchachos, aquí me encuentro en la calle 100 con dos agentes de tránsito (...) El señor me dice que no puedo transitar con esto, que porque es sobrecarga. Llevo, en sí, unas boquilleras con su señalización en rojo y su cinta, y solicito apoyo para que vengan y me colaboren, por favor”, se escucha decir al hombre.

Pese a incumplir la normativa, intentó intimidar a dos agentes de Tránsito - crédito @colombiaoscura_

Su actitud le habría jugado una mala pasada, pues no solo trató de evadir su responsabilidad, sino también, se negó a enseñar los documentos del vehículo, argumentando que necesitaba ver la placa de ambos agentes, cuando su número de identificación se encontraba a la vista. Un error que, en redes sociales, otros actores viales y miembros de la comunidad motera no dejaron pasar por alto:

“Estoy cometiendo una infracción, me detienen, grabo para comprobar y evidenciar que sí estoy infringiendo la norma. Entonces es para ver si por favor vienen a burlarse de mí todos juntos. Gracias y buena tarde”, “Pero si los agentes de tránsito tienen la razón, no entiendo cuál es su molestia”, “Como se pone en ridículo el solo”, “Siento mucho que te hayan inmovilizado el camión... es una moto, úsala como tal”, “Carga sobredimensionada. Es una moto, no un furgón”, “Ahora se las saben todas. Igual está en el Código de tránsito, supera las dimensiones del chasis”, “Carga sobredimensionada, así se llama el comparendo”.

En un pronunciamiento del 2019, la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Transporte señaló que, según la normativa colombiana “los vehículos que transiten en el territorio colombiano, indistintamente la clase de los mismos, por las vías públicas o privadas abiertas al público, deben cumplir las condiciones de homologación con las que fueron comercializados y registrados, e consecuencia, las trasformaciones o adaptaciones a vehículos que alteren sus condiciones técnicas de homologación no son permitidas”.

Normativa establece ciertas limitaciones para el transporte en moto - crédito Colprensa
Normativa establece ciertas limitaciones para el transporte en moto - crédito Colprensa

Es decir, los vehículos importados o de fabricación nacional que cumplan con dichas condiciones podrán ser utilizados para el transporte de carga, según sus limitaciones y características asignadas en el proceso de ensamblaje. Sin embargo, los vehículos que no estén destinados a este propósito tendrán que ajustarse a ciertas condiciones, que para el caso de las motos son:

Las motocicletas no pueden ser utilizadas como vehículos de transporte de carga toda vez que no han sido homologadas para tal fin, sin embargo y aunque no existe normatividad al respecto, se debe resaltar que en estas el conductor puede transportar equipajes, elementos o cosas, siempre y cuando con los mismos no se afecte la maniobrabilidad del vehículo, incomoden al conductor o acompañante, afecten el campo de visión de los retrovisores o que obstaculicen la identificación de la placa que va adherida en el casco de protección, conforme a lo dispuesto en el Manual de Infracciones al Tránsito adoptado mediante Resolución 3027 de 2010 del Ministerio de Transporte, en el código de infracción C.24, literales c), e) y f), en los que se establece”:

C.24. Conducir motocicleta sin observar las siguientes normas:

C). “Deberán usar de acuerdo con lo estipulado para vehículos automotores, las luces direccionales. De igual forma utilizar, los espejos retrovisores”.

E). “Los conductores y acompañantes cuando hubieren, deberán utilizar casco de seguridad y en él, conforme a la reglamentación que expida el Ministerio de Transporte, el número de la placa del vehículo en que transite...”.

F). “No se podrán transportar objetos que disminuyan la visibilidad, que incomoden al conductor o acompañante o que ofrezcan peligro para los demás usuarios de la vía”.

El objeto, denuncian otros conductores, fácilmente pudo haber causado un accidente en la vía, de ahí su insistencia en que “el denunciante” estaba cometiendo una infracción que, en Colombia, se conoce bajo el nombre de carga sobredimensionada:

“Finalmente, se debe indicar que no existe normatividad que reglamente las dimensiones para el uso de maleteros, alforjas o porta paquetes, que se pueden instalar en las motocicletas, sin perjuicio, que actualmente ya ingresan al país vehículos con estos aditamentos, que cuentan con homologación automática”.

Guardar

Nuevo