El jueves 7 de diciembre se define el futuro de billonaria demanda de Hidroituango contra EPM

El proyecto hidroeléctrico sufrió una emergencia en abril de 2018 que provocó millonarias pérdidas y retrasos en las fechas pactadas de entrega

El jueves 7 de diciembre la Cámara de Comercio de Medellín dará respuesta a la demanda de Hidroituango a EPM - crédito Luisa González / REUTERS

La exministra de justicia y exconsejera de Estado Ruth Stella Correa y los abogados Jaime Humberto Tobar Ordóñez y Fernando Pabón Santander, serán los árbitros de la Cámara de Comercio de Medellín que darán el veredicto final de la demanda por 1.123.476′754.237 de la Sociedad de Hidroituango contra Empresas Públicas de Medellín (EPM).

Así lo conoció El Tiempo, que además confirmó que la audiencia virtual se llevará a cabo el jueves 7 de diciembre, y en esta se determinará si hubo o no incumplimiento de EPM en las fechas de entrega de hitos del proyecto.

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Igualmente, el alegato radica en el incidente ocurrido en abril de 2018, en el que se tapó el tercer túnel de desviación del río Cauca, por lo que finalmente se tuvo que desviar el agua a través de la casa de máquinas, lo que generó pérdidas millonarias y retrasos en el desarrollo del megaproyecto hidroeléctrico.

La demanda de Hidroituango a EPM

Según el medio citado, los pleitos legales entre la sociedad de Hidroituango y EPM surgieron a raíz de las demoras en los tiempos de ejecución generadas por la contingencia ocurrida en abril de 2018, específicamente por incumplimiento en las fechas establecidas de los hitos 7, 8 y 9 en el contrato Boomt, que se firmó en marzo del 2011, dejando a EPM como accionista, constructor y operador del megaproyecto.

Es preciso señalar que la Sociedad Hidroeléctrica de Ituango tiene una composición accionaria que incluye un 50,7% del Instituto para el Desarrollo de Antioquia (Idea), un 2,14% de la Gobernación de Antioquia, y un 46,3% de EPM. Así las cosas, EPM, la entidad demandada, es también socia de la misma empresa a la que se enfrenta legalmente.

Para Hidroituango, la responsabilidad de EPM recae en que habría ordenado “iniciar y ejecutar la construcción de unas obras de desviación del río Cauca sin estructuras de control para acelerar el proceso, cuando podía acordar con Hidroituango las modificaciones al Cronograma Director, y nuevas fechas de cumplimiento, sin asumir un riesgo altamente perjudicial para el proyecto, y excesivamente costoso, que Hidroituango no está obligada legal ni contractualmente a asumir”.

En su respuesta, EPM alega que al momento de firmar el contrato Boomt, el proyecto ya enfrentaba significativos retrasos atribuibles a Hidroituango, impidiendo el desvío del río Cauca antes de enero de 2013, como estaba proyectado. En respuesta a las críticas, la empresa sostiene que se vio obligada a buscar alternativas y que la Galería Auxiliar de Desviación (GAD), parte del Sistema Auxiliar de Desviación (SAD), fue la opción más óptima. Aunque reconocen que esta galería era inusual, argumentando que no era “antitécnica”.

“Desde el inicio mismo de la concepción de la alternativa del tercer túnel, EPM informó, socializó, compartió, anunció y solicitó aprobación de las inversiones a la sociedad (...) Si bien Hidroituango manifestó que no era necesaria la modificación del contrato Boomt para incorporar el SAD, sí puso de presente la necesidad de revisar la asignación de riesgos, pero nunca presentó propuesta alguna a EPM sobre el particular y esta actividad nunca se llevó a cabo”, sostuvo EPM.

La emergencia ocurrida en abril de 2018 habría generado serios retrasos en la ejecución del proyecto - crédito Luisa González /REUTERS

EPM también se enfrentaría a otra demanda por parte de la Gobernación de Antioquia, en esta ocasión por el incumplimiento del hito 10 del contrato, pues la entrada en operación de la unidad 8 de generación debía iniciar a “más tardar el 24 de junio de 2022″, objetivo que no se cumplió.

En el contrato Boomt se establecieron 10 hitos con fechas de ejecución del proyecto hidroeléctrico, por lo que su incumplimiento recaía principalmente al contratista de la obra, EPM, que tendría que responder ante las demandas por incumplimiento de sus socios.

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