Quedan menos de 110 días para que culmine el 2023, y con la llegada de la temporada de fin de año muchos están al pendiente del incremento que tendrá el salario mínimo para el 2024, como también de la prima que se paga en el mes de la Navidad y cuánto dinero deben recibir. Esta será la segunda prima del año, ya que en generalmente en junio se hace el primer pago.
Según la ley en el país, a este tipo de prestaciones pueden acceder los trabajadores que cuentan con un contrato laboral regular. Este dinero es obligatorio, como indica el Código Sustantivo del Trabajo, dependiendo de los días que el trabajador haya laborado en el segundo semestre del año, por lo que debe estar pendiente de la liquidación de los días que haga el empleador. Diferente al caso de los trabajadores por prestación de servicios, quienes no tienen derecho a recibir este beneficio
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¿Cómo se hace el cálculo de la prima?
Los empleados deben recibir dos pagos por año en los meses de junio y diciembre, que consisten en 30 días de salario adicional dividido en partes iguales o en medio salario. Tenga en cuenta que el valor consignado depende del tiempo laborado en los seis meses anteriores a la fecha de corte.
El cálculo que se debe hacer es: el salario base, multiplicarlo por el tiempo servido 180 (en número de días) y dividirlo en 360 (días del año, según la ley). En caso de que el trabajador no cumpla un semestre completo y fuera contratado durante el último semestre, el cálculo se hace con la misma fórmula y se cambia el número de 180 días por la cantidad que laboró bajo este contrato.
Si devenga un salario mínimo, que equivale actualmente a $1′160.000, el cálculo de la prima navideña se hace sumando los $140.606 por el subsidio de transporte, que es de $140.606, lo que daría como resultado $605.303.
Si quiere realizar los cálculos sin tener inconvenientes en el proceso, puede usar la herramienta ‘Mi Calculadora’ que destinó el Ministerio de Trabajo, teniendo en cuenta la cantidad de días trabajados y dinero del salario.
“El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios, que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado”, según argumenta el Código Sustantivo del Trabajo.
También menciona que a los “trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas y en general, a los trabajadores contemplados en el Título III del presente código o quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente”.
Fecha límite para el pago de la primera navideña
Conforme a la Ley 1788 de 2016, en diciembre este pago debe efectuarse a más tardar el 20 del último mes del año.
En caso de que no se haga el pago durante este tiempo, tiene derecho a presentar un derecho de petición ante la empresa para exigir el pago y los intereses moratorios correspondientes. Si luego de 15 días de presentar el derecho de petición, el empleador no ha pagado la prima, el trabajador puede presentar una queja ante el Ministerio de Trabajo, entidad que podrá realizar una investigación y, si encuentra que el empleador incumplió la ley, podrá imponerle una sanción.