Caso Álvaro Uribe: niegan recusación contra magistrado encargado de revisar apelación de la Fiscalía

El recurso buscaba que el togado Carlos Andrés Guzmán Díaz no resolviera la apelación interpuesta por la Fiscalía, tras la negativa de una jueza de precluir el proceso en contra del exmandatario

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El senador Iván Cepeda presentó la recusación en contra del magistrado Carlos Andrés Guzmán Díaz, en el caso del expresidente Álvaro Uribe Vélez.
El senador Iván Cepeda presentó la recusación en contra del magistrado Carlos Andrés Guzmán Díaz, en el caso del expresidente Álvaro Uribe Vélez.

La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá rechazó el martes 4 de julio la solicitud de recusación en contra de Carlos Andrés Guzmán Díaz, magistrado de esta dependencia, que es el que tendrá que resolver el recurso de apelación radicado por la Fiscalía General, ante la decisión de una jueza de la República de precluir el caso en contra del exmandatario Álvaro Uribe Vélez.

En la decisión, firmada por Hermens Lara Acuña y Dagoberto Hernández Peña, miembros del alto tribunal, declararon infundadas las pretensiones de los reclamantes, al considerar que existen “demasiadas especulaciones detrás del planteamiento de la recusación”.

El recurso había sido presentado el 21 de junio de 2023 por el senador Iván Cepeda, el exfiscal Eduardo Montealegre y Deyanira Gómez, exesposa del exparamilitar Juan Guillermo Monsalve: testigo estrella en este proceso, en el que se acusa a Uribe Vélez de fraude procesal y soborno a testigos.

El expresidente Álvaro Uribe Vélez, en una de las diligencias del caso en el que fue acusado por fraude procesal y soborno a testigos. Foto Diego Pineda/Colprensa
El expresidente Álvaro Uribe Vélez, en una de las diligencias del caso en el que fue acusado por fraude procesal y soborno a testigos. Foto Diego Pineda/Colprensa

Entre los argumentos de Cepeda, Montealegre y Gómez para presentar esta recusación se destacaba que el magistrado Guzmán Díaz, en una actuación anterior, había tomado una decisión en la que los desconocía como víctimas en este proceso; motivo por el cual no podía ser quien resolviera la petición del ente investigador.

“Intervino como juez constitucional dentro de un asunto íntimamente vinculado con el presente caso penal y tomó decisiones asociadas con el proceso penal, contexto en el que favoreció las pretensiones de la Fiscalía”, alegaron los reclamantes.

Cabe destacar que la Fiscalía, a través del profesional de justicia Javier Cárdenas, apeló la determinación de la jueza 41 de control de garantías de Bogotá, Laura Barrera, quien el 23 de mayo de 2023 negó la solicitud de preclusión del caso en contra del expresidente.

A este primer argumento para buscar la recusación de Guzmán Díaz, la parte accionante mencionó que la esposa del togado trabaja en el despacho de la vicefiscal Martha Mancera, en su papel de asesora; en lo que sería un claro conflicto de intereses.

Concurren circunstancias personales e interinstitucionales que derivan en la configuración de un interés intelectual o moral, en su caso, que puede afectar la integridad de la decisión que debe tomar la magistratura”, recalcaron en la petición.

Panorámica del Tribunal Superior de Bogotá.
Panorámica del Tribunal Superior de Bogotá.

¿Qué argumentó el Tribunal Superior de Bogotá para negar la recusación?

Sin embargo, los magistrados Lara Acuña y Hernández Peña desestimaron la solicitud, al alegar que en el planteamiento de la recusación existen demasiadas especulaciones, tanto en las actuaciones del magistrado, designado por reparto, como en su vínculo sentimental con una de las asesoras de la vicefiscal Mancera.

No se ha demostrado que la compañera sentimental del magistrado ponente tenga influencia en el diseño y éxito de la estrategia de la Fiscalía, encaminada a darle orientación y manejo al proceso 2020-00276, y mucho menos que por la sola vinculación con dicha entidad, tenga interés en favorecer a su empleador, ejerciendo influencia sobre la decisión que finalmente tendrá que adoptar este tribunal”, sentenciaron.

A su vez, dejaron en claro que el haber aceptado la recusación sería equivalente a anular la distribución de cargas del sistema, “y partiría de una presunción inexistente de mala fe”, que no tiene en cuenta el ordenamiento jurídico.

“Se insiste, con esta clase de planteamientos, lo que se esconde es una presunción de mala fe, que no encuentra respaldo en la ley; y que en lugar de contribuir al buen ejercicio de la labor jurisdiccional, la torpedean con peticiones manifestante, improcedentes e infundadas”, agregaron.

Por último, en lo que respecta a la actuación de Guzmán Díaz en el marco del caso, manifestaron que “el criterio del magistrado ponente no se encuentra comprometido por ninguna opinión previa (sustancial o trascendente), porque esta no ha existido aún, sobre el tema particular que tendrá de abordar la Sala Penal como juez natural de la causa”.